Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 46

Santa Rosa, 27 de octubre de 2017

3.000,00, a la Asociación Taller Protegido Corazón y Voluntad, con sede en la localidad de Rancul, en el marco de lo establecido mediante Resolución N 44/84
modificada por Resolución 55/09, de la precitada Cámara de Diputados;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución N 93/10 del Tribunal de Cuentas, las entidades beneficiarias de los aportes y/o transferencias otorgados por la Cámara de Diputados deberán rendirlos ante el Tribunal de Cuentas en forma cuatrimestral. La misma será presentada dentro de los noventa días corridos de vencido el cuatrimestre;
Que vencidos los plazos y ante la falta de presentación de la rendición, el Relator interviniente eleva a la Jefatura de Relatoría Informe Nº 2525/2017 para su consideración;
Que a fojas 5 se agrega Informe Definitivo N
2345/2017, en el que se indica que se debería dictar Sentencia conforme al detalle que sigue: -Importe Total del Subsidio: $ 3.000,00; - Importe Rendido $ 0,00; Importe que debería considerarse como No Rendido y correspondería, por lo tanto, formulación de cargo: $
3.000,00;
Que el Señor Vocal de SALA II, comparte lo actuado y eleva las actuaciones a Secretaría para el dictado de la Sentencia;
Que este Tribunal de Cuentas comparte el Informe Definitivo de fojas 5 en virtud de que, conforme surge de sus conclusiones, el análisis final se encuentra ajustado a derecho;
Que cumplidos los recaudos previstos por la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y conforme la competencia asignada por la misma en su artículo 1º, inciso d corresponde a este Cuerpo la fiscalización de la inversión del subsidio otorgado y expedirse con relación a la rendición del mismo;
POR ELLO:
LA SALA II
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
FALLA:
Artículo 1º: TÉNGASE por no presentada la rendición documentada de la inversión del Subsidio otorgado mediante Resolución Nro. 306/2016, de la Cámara de Diputados, a la Asociación Taller Protegido Corazón y Voluntad, de la localidad de Rancúl, por un total de PESOS TRES MIL QUINIENTOS $ 3.000,00.
Fecha artículo 30 del Decreto Ley Nº 513/69: 10/08/2017.
Artículo 2º: FORMÚLASE cargo a los responsables señora Lidia Myriam LEITON-DNI Nº 14.826.961, señora Iris Noemí PERALTA - DNI Nº 22.183.358 y a la señora María Sol BERNABE - DNI Nº 26.507.788, en calidad de Presidente, Secretario y Tesorero respectivamente, de la Asociación Taller Protegido Corazón y Voluntad, con sede en la localidad de Rancul, por la suma de PESOS TRES MIL $ 3.000,00, correspondiente a los subsidios otorgados mediante Resolución Nro. 306/2016, según los considerandos de la presente.Artículo 3: EMPLÁZASE a los Responsables indicados en el artículo anterior para que dentro de los DIEZ 10
días de notificados del presente fallo procedan a depositar el importe del cargo formulado en la Cuenta Corriente Nº 443/9 -Banco de La Pampa-, acreditando el mismo
BOLETÍN OFICIAL N 3281

mediante presentación de copia de los comprobantes de depósito en este Tribunal de Cuentas, o en su caso presenten Recurso de Revocatoria en los términos de los art. 31 y 32 del Decreto Ley Nº 513/69, encontrándose a su disposición en este Tribunal la documentación a que se hace referencia, bajo apercibimiento de dar intervención al Fiscal de Estado a los fines previstos en el artículo 33 de la mencionada norma legal.
Artículo 4º: REGÍSTRESE por Secretaría, notifíquese a los Responsables, a la Sala y Relator/es interviniente/s y publíquese en el Boletín Oficial.
DADO en SANTA ROSA, Provincia de La Pampa en el día de la fecha.
Presidente C.P.N. María Alejandra MAC ALLISTER Vocal Dr. Francisco GARCÍA POR ANTE MÍ: Secretaria Dra. Patricia PRIMUCCI, Tribunal de Cuentas Provincia de La Pampa.SENTENCIA Nº 2233/2017
SANTA ROSA, 4 de septiembre de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 2077/2017 -TdeCcaratulado CLUB DEPORTIVO CHE GUEVARA - PERIODO MAYOAGOSTO/2016 -Rendición de Subsidios - Cámara de Diputados; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 178/2016 y 179/2016, la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa otorgó subsidios por la suma total de PESOS SEIS MIL $
6.000,00, a la Entidad Club Deportivo Che Guevara, con sede en la ciudad de Santa Rosa, en el marco de lo establecido mediante Resolución N 44/84 modificada por Resolución 55/09, de la precitada Cámara de Diputados;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución N 93/10 del Tribunal de Cuentas, las entidades beneficiarias de los aportes y/o transferencias otorgados por la Cámara de Diputados deberán rendirlos ante el Tribunal de Cuentas en forma cuatrimestral. La misma será presentada dentro de los noventa días corridos de vencido el cuatrimestre;
Que vencidos los plazos y ante la falta de presentación de la rendición, el Relator interviniente eleva a la Jefatura de Relatoría Informe Nº 2509/2017 para su consideración;
Que a fojas 6 se agrega Informe Definitivo N
2354/2017, en el que se indica que se debería dictar Sentencia conforme al detalle que sigue: -Importe Total del Subsidio: $ 6.000,00; - Importe Rendido $ 0,00; Importe que debería considerarse como No Rendido y correspondería, por lo tanto, formulación de cargo: $
6.000,00;
Que el Señor Vocal de SALA II, comparte lo actuado y eleva las actuaciones a Secretaría para el dictado de la Sentencia;
Que este Tribunal de Cuentas comparte el Informe Definitivo de fojas 6 en virtud de que, conforme surge de sus conclusiones, el análisis final se encuentra ajustado a derecho;
Que cumplidos los recaudos previstos por la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y conforme la competencia asignada por la misma en su artículo 1º, inciso d corresponde a este Cuerpo la fiscalización de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha27/10/2017

Nro. de páginas90

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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