Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/4/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 604

Santa Rosa, 10 de abril de 2015

BOLETÍN OFICIAL N 3148

Artículo 11.- Sin reglamentar.
Artículo 12.- Sin reglamentar.

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 836 -30-XII-14- Art. 1º.- Otórganse aportes no reintegrables por la suma de $ 170.300,21, a favor de las Municipalidades y Comisiones de Fomento LOCALIDAD:
053-9-SANTA ISABEL
071-1-ALG.DEL AGUILA
143-8-LIMA Y MAHUIDA
142-0-LA REFORMA
092-7 -PUELCHES
072-9-LA HUMADA
223-8-CHACHARRAMENDI
162-8- PUELEN
091-9 GOBERNADOR DUVAL

40%
$ 13.624,02
$ 13.624,02
$ 13.624,02
$ 13.624,01
$ 13.624,01

Art. 2º.- Los fondos que se transfieren por el Artículo anterior, serán utilizados con ajuste a las previsiones del Artículo 5 de la Ley N 1729 y sus modificatorias Leyes N 1784 y 1889.Decreto Nº 64 -6-III-15- Art. 1º.- Autorízase en virtud a lo establecido en el artículo 34 inciso C, subinciso 5 apartado b de la Ley N 3 de Contabilidad - texto según Norma Jurídica de Facto N 930, a contratar en forma directa el arrendamiento de un inmueble ubicado en calle San Jorge N 162, perteneciente al Obispado de Santa Rosa - Parroquia de Fátima-, representada por el Párroco Aleksander PISZCKEK, D.N.I. Nº 92.443.708.- S/Expte.
Nº 15523/2014
Decreto Nº 65 -6-III-15- Art. 1º.- Autorizar a la Municipalidad de Santa Rosa a celebrar un Convenio con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; obrante a fojas 4 a 27 del expediente Nº 1067/15, para la implementación de los proyectos Centros de Desarrollo Infantil de la Municipalidad de Santa Rosa en los Barrios VILLA GERMINAL, AEROPUERTO Y ZONA
OESTE QUINTAS.Decreto Nº 66 -6-III-15- Autorízase a la Municipalidad de Santa Rosa a celebrar un Convenio con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, para la puesta en marcha del ex Molino Werner, cuyo modelo se adjunta al Expediente Nº 14297/14.Decreto Nº 74 -19-III-15- Art. 1º.- AutorÍzase la creación de una Caja Chica en el Comité de Vigilancia Zona Franca La Pampa por la suma de $ 8.000,00, para atender erogaciones por Bienes y Servicios en la sede de la ciudad de General Pico con cargo en las Partidas:
Jurisdicción "G", Unidad de Organización 01- Cuenta 0- F
y F 790, 01-011-02-02-00-000- SERVICIOS NO
PERSONALES 1139 $ 4.500,00 y Jurisdicción "G, Unidad de Organización 01 - Cuenta 0 - FyF 790, 01-011-

que se detallan, por los montos y porcentajes que se indican a continuación, correspondiente a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2014:
60%
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,34
$ 11.353,34

TOTAL
$ 24.977,37
$ 24.977,37
$ 24.977,37
$ 24.977,36
$ 24.977,36
$ 11.353,35
$ 11.353,35
$ 11.353,34
$ 11.353,34

01-01-00-000 - BIENES DE CONSUMO 3171 $ 3.500,00
del Presupuesto vigente.Art. 2º.- Será responsable de la Caja Chica establecida en el artículo anterior el Señor Presidente del Comité de Vigilancia Zona Franca La Pampa.
Art. 3º.- La Caja Chica requerida estará sujeta a rendición de cuentas mensual y su reintegro se efectuará al haberse invertido el 70% del monto total. Con anticipación no menor a 5 días del 31 de Diciembre del corriente año, se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo al ejercicio y depositar los saldos no erogados.Decreto Nº 75 -19-III-15- Art. 1º.- Autorízase la creación de una Caja Chica en la Tesorería General de la Provincia por la suma de $ 3.000,00, para atender erogaciones de bienes y servicios originadas en comisiones de transferencias, giros y otros gastos bancarios, como así también en bienes y servicios que hay que abonar en el momento de la realización del gasto.
Art. 2º.- Los responsables del manejo de la Caja Chica creada por el artículo primero serán el Tesorero General y Subtesorero General.
Art. 3º.- A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación del Ministerio de Hacienda y Finanzas, entregará la suma indicada en el artículo primero.
Art. 4º.- La Caja Chica referida estará sujeta a rendición de cuentas en forma mensual y/o al haberse invertido el 70% del monto total. Al 31 de Diciembre se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo al ejercicio y depositar el saldo no invertido.
Decreto Nº 76 -19-III-15- Art. 1º.- Asignar a Casa Central de la Dirección General de Rentas una "Caja Chica" por la suma de $2.000,00, con imputación a la Jurisdicción "H" Unidad de Organización 11 - F. y F. 110 1.11.1.-Bienes de Consumo: $500,00 y F. y F. 110 1.11.2.-Servicios no Personales: $1.500,00.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/4/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha10/04/2015

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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