Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/2/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 270

Santa Rosa, 7 de febrero de 2014

BOLETÍN OFICIAL N 3087

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 1279 -30-XII-13- Art. 1º.- Rescíndase el contrato de Obra Pública formalizado con la Empresa MIRO JOSÉ MARÍA Y PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ
S.H. representada por sus Socios Señores José María MIRO y Rubén José PIETRODANGELO, cuyo objeto fuera la ejecución de la obra: "REPARACIÓN CUBIERTA DE
TECHO
EN
SECTOR
INTERNACIÓN
CLÍNICA
QUIRÚRGICA E.A. DR. LUCIO MOLAS - SANTA ROSA LA PAMPA", tramitada mediante Expediente N 5032/11, por haber incurrido la Contratista en las causales de rescisión previstas en el Artículo 107 incisos a, b y e de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias con las consecuencias establecidas en el Artículo 108 de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias.Art. 2º.- Apruébase la ocupación efectuada de la obra en el estado en que se encuentra por parte de la Dirección de Inspecciones dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en un todo de acuerdo a la ESCRITURA NÚMERO CIENTO VEINTIUNO ACTA DE
CONSTATACIÓN de fecha 26 de SEPTIEMBRE DE 2013
Fojas 760 a 777.Art. 3º.- Facúltase a la Dirección General de Obras Públicas a tomar, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra de conformidad a lo normado en el artículo 108
inciso b de Ley General de Obras Públicas Nº 38 y sus modificatorias.Art. 4.- Suspéndase el pago de los créditos que pudieren existir a favor de la Empresa MIRO JOSÉ MARÍA
Y PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ S.H. representada por sus Socios Señores José María MIRO y Rubén José PIETRODANGELO, así como también la devolución Fondos de Reparo y Garantías constituidas a resultas de la liquidación final de obra sin derecho a intereses-, la que deberá contener los créditos eventuales trabajos y materiales pendientes de certificación, redeterminaciones de precios, etc y débitos multas, penalidades, anticipo financiero no reintegrado, eventuales, mediciones negativas, etc que correspondan.Art. 5.- Ratifícanse los pagos provisorios efectuados a la Empresa MIRO JOSÉMARÍA Y
PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ S.H. representada por sus Socios Señores José María MIRO y Rubén José PIETRODANGELO, por la suma de $ 96.372,92, correspondiente al Contrato aprobado mediante Resolución N 1015/12 del Ministerio de Coordinación de Gabinete, suscripto oportunamente para la obra "REPARACIÓN CUBIERTA DE TECHO EN SECTOR
INTERNACIÓN CLÍNICA QUIRÚRGICA E.A. DR. LUCIO
MOLAS - SANTA ROSA - LA PAMPA", correspondiente al período obra ejecutada entre los meses de Agosto de 2012 y Agosto de 2013, realizados en concepto de pago a cuenta del cálculo definitivo de la Redeterminación de Precios, previstos en el Decreto N 2146/2006, perdiendo la Empresa todo derecho a reclamar suma alguna en concepto de diferencia entre la redeterminación de precios
definitiva y los pagos provisorios recibidos, encuadrando legalmente el procedimiento en las Leyes N 2008 y N
2230 y en el Decreto N 1024/02.Art. 6.- Apruébase la medición final y la liquidación final de Multas y Certificaciones de la obra, elaborada por la Dirección General de Obras Públicas obrante de fojas 734 a 736 y 833 respectivamente, surgiendo un saldo a favor del Estado Provincial de $ 18.121,18 importe que la Empresa deberá depositar a favor del Estado Provincial, caso contrario se descontará oportunamente de las garantías ofrecidas por la Empresa, renunciando Ia Empresa expresamente a efectuar reclamos judicial o extrajudicial alguno.Art. 7.- Autorizase a Fiscalía de Estado a los fines de intervenir, si correspondiere, en la ejecución judicial de las garantías rendidas por la Contratista.Art. 8.- Autorizase al Señor Director General de Obras Públicas, a emitir los actos administrativos necesarios para proceder a la determinación y aplicación de las multas contractuales correspondientes, con pérdida de las garantías en el caso que la Contratista no proceda a su cancelación.Art. 9.- Comuníquese de todo lo actuado a la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia, a efectos de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponder.Art. 10.- Autorizase a la Dirección General de Obras Públicas a iniciar las actuaciones necesarias para la inmediata continuidad de las obras, encuadrando el procedimiento de selección del Contratista en la excepción prevista en el Artículo 9 inciso c de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias, mediante Compulsa de Precios.Art. 11.- El Poder Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados del presente Decreto, cumplimentando con lo establecido en el Artículo 3 de la Ley N 1980.Decreto Nº 1315 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Redeterminación de Precios que como Anexo forma parte del presente Decreto y autorízase al Ministerio de Salud a la suscripción del mismo con el señor MIGUEL ANGEL IRIARTE, D.N.I. N
18.348.851, en el marco de la Ley N 2271 y el Decreto N
91/07, correspondiente al Contrato de Prestación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento del Área General ítem1 y del Área Crítica ítem 2 del Establecimiento Asistencial "Dr. Lucio Molas" de la ciudad de Santa Rosa, dependiente de la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud de la Provincia, aprobado mediante Decreto N
2195/11 conforme la negociación colectiva homologada por Resolución N 645/13 de la Secretaría de Trabajo de la Nación.Art. 2.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la Jurisdicción "X"- Unidad de Organización 20 -Cuenta 0Función 310- Sección 01 - P.P. 011 - p.p. 02- S.P. 01- CL
00- SCL. 000 partida 566 por la suma de $ 4.058.869,41

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/2/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha07/02/2014

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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