Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 22/2/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3037
TOTAL:

Santa Rosa, 22 de febrero de 2013
995.194.186

Artículo 8.- Establécese en la suma de PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES
QUINIENTOS SESENTA MIL $ 244.560.000, el monto "a detraer de los recursos provenientes de la Ley Nacional 23548, con destino específico al financiamiento del sistema educativo de acuerdo a lo dispuesto por Ley Provincial 2511.
Artículo 9.- Fíjase en 20.035 el número de cargos imputables a las partidas de Personal conforme al detalle del Cuadro N 5, que anexo, forma parte integrante de la presente Ley. Asimismo, déjanse establecidos en 37.537 y 4.164 los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria, Educación Técnico Profesional, Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y Educación Superior no Universitaria, respectivamente.Fíjase en 427 el total de personal nominal de la Ley 2343.
Fíjase en 591 el número de cargos imputables a las partidas de Personal afectado a Obras por Administración conforme al detalle del Cuadro N 6, que anexo, forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 10.- Determínase que del número de cargos y horas fijados por el primer párrafo del artículo precedente, se encuentran incrementados:
En el Poder Judicial 44 cuarenta y cuatro cargos corresponden a: Superior Tribunal de Justicia: 6 seis cargos Escribiente, 4 cuatro cargos Auxiliar de Segunda;
Secretaría Permanente de Jurado de Enjuiciamiento: 1
uno cargo Secretario .de Primera; Oficina de Violencia Doméstica: 1 uno cargo Secretario de Primera; Oficina de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos: 2
dos cargos Secretario de Segunda, 2 dos cargos Escribiente; Oficina de Mandamientos y Notificaciones: 2
dos cargos Escribiente; Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial: 1 uno cargo Secretario de Segunda; Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial:. 2 dos cargos Juez de Cámara, 1 uno cargo Secretario de Segunda, 2 dos cargos Oficial Auxiliar, 2
dos cargos Oficial; Juzgado Regional Letrado de la localidad de 25 de Mayo: 1 uno cargo Juez Regional Letrado, 1 uno cargo Secretario de Primera, 1 uno cargo Prosecretario, 3 tres cargos Escribiente; Juzgado de paz: 4 cuatro cargos Escribiente; Ministerio Público: 1
uno cargo Secretario de Tercera, 1 uno cargo Defensor, 1 uno cargo Asesor de Menores, 2 dos cargos de Escribiente para la Asesoría de Menores III
Circunscripción, 1 uno cargo de Escribiente para la Fiscalía de la III Circunscripción, 1 uno cargo de Escribiente para la Fiscalía de la II Circunscripción y 1
uno cargo de Escribiente para la Fiscalía de la I
Circunscripción.
En el Poder Legislativo 4 cuatro cargos corresponden a 2
dos cargos de Asesor Legislativo y 2 dos cargos de Auxiliar Legislativo, ambos del Escalafón Autoridades Superiores.
En el Poder Ejecutivo, Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, Jefatura de Policía, 120 ciento veinte cargos
Pág. N 251

Agente del Escalafón Policial.
En el Ministerio de Cultura y Educación, en el Escalafón Docente, 131 ciento treinta y uno cargos corresponden a:
12 doce cargos Maestro de Sección Nivel Inicial, 6 seis cargos Maestro de Especialidad Nivel Inicial, 1 uno cargo Director Núcleo de Primera, 1 uno cargo Maestro Secretario de Núcleo Nivel Inicial, 2 dos cargos Vicedirector Nivel Inicial, 3 tres cargos Fonoaudiólogo, 5
cinco cargos Asistente Social, 1 uno cargo Maestro de Grupo, 1 uno cargo Maestro Domiciliario, 6 seis cargos Maestro Integrador, 2 dos cargos Maestro Recuperador, 4 cuatro cargos Psicólogo, 3 tres cargos Psicopedagogo, 1 uno cargo Maestro Especialidad Escuela Hogar, 2 dos cargos Maestro Especialidad Jornada Completa, 6 seis cargos Maestro Especialidad Inglés Escuela Común, 9 nueve cargos Maestro Especialidad Escuela Común, 3 tres cargos Maestro de Grado Escuela Hogar, 5 cinco cargos Maestro de Grado Jornada Completa, 15 quince cargos Maestro de Grado Común, 2 dos cargos Responsable Pedagógico de Sede, 2 dos cargos Asesor Pedagógico de Tercera, 19
diecinueve cargos Auxiliar Docente, 2 dos cargos Auxiliar de Secretaría, 2 dos cargos Director de Tercera Nivel Secundario, 1 uno cargo Vicedirector de Segunda, 1 uno cargo Bibliotecario, 2 dos cargos Secretario de Primera Nivel Medio/Superior, 4 cuatro cargos Maestro Ayudante de Enseñanza Práctica, 7 siete cargos Maestro de Enseñanza Práctica, 1 uno cargo Regente Técnico.
Además, se encuentran incrementadas 4.743 cuatro mil setecientas cuarenta y tres horas cátedra en nivel Secundario y Nivel Superior, que corresponden: Nivel Secundario 3.539 tres mil quinientas treinta y nueve horas cátedra nivel de Educación Secundaria, 452
cuatrocientas cincuenta y dos horas cátedra de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, 415
cuatrocientas quince horas cátedra de Educación Técnica Profesional y 75 setenta y cinco horas cátedra Subsecretaría de Coordinación; Nivel Superior 502
quinientas dos.
Artículo 11.- Fíjase en 154 el número de cargos para el personal no docente, 663 el número de cargos para personal docente, como asimismo en 9.973 y 828 los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria y Educación Superior no Universitaria, respectivamente, a efectos de atender los servicios educativos transferidos a la Provincia en el marco de lo dispuesto en la Ley Nacional 24049 y Decretos concordantes, cuyo convenio de transferencia fuera ratificado por Ley 1460, conforme el detalle del Cuadro N
6, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ley.
Fíjase en 444 el número de cargos docentes y en 11.982 y 448 los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria y Educación Superior no Universitaria, respectivamente, a efectos de la financiación a través de la partida principal "Transferencias Corrientes", a Institutos Educativos Privados transferidos en el marco de la Ley Nacional 24049 y Decretos concordantes, cuyo convenio de transferencia fuera ratificado por Ley 1460, conforme al detalle del Cuadro N 6, que como anexo,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 22/2/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha22/02/2013

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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