Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 1298

Santa Rosa, 27 de julio de 2012

BOLETÍN OFICIAL N 3007

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 585 -3-VII-12- Art. 1º.- Apruébase el Acta de Paralización con Suspensión del Plazo Contractual de fojas 701.Art. 2.- Autorízase a la Dirección General de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a realizar una modificación al contrato original aprobado por Decreto N 3013/10 - LICITACIÓN
PUBLICA N 27/10 - para la ejecución de la Obra:
"REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN EN HOSPITAL GUATRACHE - LA PAMPA" suscripto con la Empresa AMULEN S.H. representada por sus Socios Arquitectos Eduardo MARCIO y Daniel MAURINO, que consiste en trabajos adicionales que se incorporarán a la obra, los cuales representan una demasía de $ 302.110,00 y una deducción por un importe de $ 10.250,66, resultando la contratación de los trabajos a ejecutarse de un importe de $ 291.859.34, lo que implica un 10,81% de aumento respecto al monto de Contrato rubricado para la presente obra, con valores al mes de AGOSTO de 2010, de conformidad a lo normado en los Artículos 64 inciso b, 65
y 66 de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias, dejando constancia que la Empresa Contratista renuncia a efectuar cualquier reclamo por compensación financiera, redeterminación de precios, gastos generales, gastos improductivos y por todo otro concepto, por los plazos de obra que excedan al originario.Art. 3º.- Otórgase a la Empresa antes mencionada una ampliación del plazo contractual de 120
días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Reinicio de los Trabajos.Art. 4º.- Instrúyase a la Inspección de Obra actuante, a disponer el reinicio del plazo contractual suspendido en virtud del Acta que se aprueba en el Artículo 1º.Decreto Nº 591 -13-VII-12- Art. 1º.- Reasumir a partir de la fecha, el Gobierno de la Provincia.Decreto Nº 592 -13-VII-12 Art. 1º.- Autorízase, a partir de la fecha, a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del viático móvil para comisiones de servicios de más de un día, que se realicen fuera de la Provincia en la suma de $ 380,00, el valor del viático móvil para comisiones de servicios de más de un día, que se realicen dentro de Provincia en la suma de $ 256,00, el valor del viático fijo para el personal que pernocte en casillas que provee la Repartición y se encuentren a más de 20 km. de su asiento habitual en la suma de $ 256,00 y el valor del viático fijo para el personal que pernocte en dependencias de la Repartición o en Casa habitación para el personal de Inspección de Obras en $ 179,00.Art. 2º.- Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del desarraigo en $ 32,00.Art. 3º.- Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar los restante valores de viáticos dentro y fuera de la Provincia de acuerdo a Ia reglamentación vigente en esa Repartición, conforme los valores fijados en
los artículos precedentes.Art. 4º.- Derógase el Decreto Nº 1355/10.Decreto Nº 594 -13-VII-12- Art. 1º.- Sustitúyase el apartado pertinente al inmueble denominado, Parcela 12
-Lote 17- FRACCIÓN A - SECCIÓN XXV. Partida 637657
de la Planilla Anexa deI Decreto N 135/97, el que quedará redactado de la siguiente manera: Parcela 12 Lote 17:
FRACCIÓN A -. SECCIÓN XXV, Plano Registrado Nº 31246 Protocolizado Tomo 330 Folio 24 - Partida 637657".Decreto Nº 596 -13-VII-12- Art. 1º.- Exonérase de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo, por aplicación del inciso b del articulo 278 de la Ley Nº 643. a la agente Mirta Isabel RODRIGUEZ. D.N.I. Nº 10.852.342, Legajo Nº 3154, quien prestare funciones en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, y por los motivos expuestos en los precedentes considerandos.
Art. 2º.- Déjanse sin efecto los Decretos N
708/09 y Nº 2912/09, por los cuales se aceptó la renuncia condicionada a la resulta del Sumario Administrativo y se dispuso la baja condicionada, de la agente Mirta Isabel RODRIGUEZ, por los motivos referenciados, por incurrir en la causal prevista en el Artículo 278 inciso b de la Ley N 643.Art. 3º.- Autorizase a Fiscalía de Estado de la Provincia, a iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieren haberse ocasionado por la agente exonerada.Decreto Nº 597 -13-VII-12- Art. 1º.- Exonérase de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo, por aplicación del inciso b del artículo 278 de la Ley N 643, al agente Walter Raúl GARCÍA D.N.I.
13.328.419, Legajo Nº 3977, quien prestare funciones en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, y por los motivos expuestos en los precedentes considerandos.Art. 2º.- Autorízase a Fiscalía de Estado de la Provincia, a iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieren haberse ocasionado por el agente exonerado.Decreto Nº 598 -13-VII-12- Art. 1º.-Exonérase de Ia Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo, por aplicación del inciso b del artículo 278 de la Ley N 643, al agente Juan Cono D AMICO, D.N.I. N
5.267.311, Legajo N 2633, quien prestare funciones en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, y por los motivos expuestos en los precedentes considerandos.Art. 2º.- Déjanse sin efecto los Decretos N
940/09 y N 3146/09, por los cuales se aceptó la renuncia condicionada a la resulta del Sumario Administrativo y se dispuso la baja condicionada, del agente Juan Cono D
AMICO, por los motivos referenciados, por incurrir en la causal prevista en el Artículo 278 inciso b de la Ley N
643.Art. 3º.- Autorízase a Fiscalía de Estado de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha27/07/2012

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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