Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 21/1/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 166

Santa Rosa, 21 de Enero de 2011

continuar ejerciendo el cargo de gerente, existiendo otro gerente designado, continuará ejerciendo la función en forma individual hasta que la próxima Asamblea lo confirme en el cargo y designe un nuevo gerente, o designe uno o dos nuevos gerentes sin confirmar en el cargo al gerente saliente. En caso de que la gerencia hubiera sido ejercida por un único gerente, la administración y representación de la sociedad será ejercida por el socio con mayor participación, quien deberá llamar a Asamblea para cubrir el cargo vacante en un plazo máximo de diez días; pudiendo durante este período realizar los actos que por su urgencia no pudieran esperar, debiendo rendir cuenta de los mismos ante la Asamblea de Socios que designe el o los nuevos gerentes. OCTAVA
VIIIReuniones y decisiones El órgano supremo de la sociedad es la Asamblea de Socios que se reunirá en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea General Ordinaria se reunirá dentro de los cuatro meses de concluido el ejercicio financiero. En ella se tratará la discusión, modificación y/o aprobación del Balance General, el Inventario, el proyecto de distribución de utilidades, el Estado de Resultados, la Memoria y el Informe del Síndico. Asimismo en la Asamblea General Ordinaria se procederá a la elección de los gerentes si correspondiere, y a la fijación de la remuneración de éstos. Las Asambleas Generales Extraordinarias se reunirán cada vez que lo considere conveniente alguno del o los gerentes o a pedido por escrito de los socios que representen el 60 % del capital social o más. En ellas se podrá tratar todos los asuntos que conciernen a la marcha de la actividad societaria, pero solamente podrán tratarse los mencionados en el orden del día de la convocatoria a Asamblea. Se debe reunir la Asamblea General Extraordinaria para tratar cualquier cesión de cuotas partes del capital social que se realicen. La Asamblea se convocará mediante comunicación fehaciente que podrá consistir en telegrama colacionado remitido al domicilio del socio o nota personal con aviso de recepción y acuse de recibo debidamente firmadas por el socio con un mínimo de quince días de anticipación a la fecha de la convocatoria. En la comunicación se hará constar el lugar, día y hora de la Asamblea, tipo de que se trata y el orden del día a debatir. El cómputo de mayorías para las asambleas se regirá por lo establecido por el Artículo 160
de la Ley de Sociedades Comerciales. Las deliberaciones y las resoluciones de la Asamblea serán transcriptas al Libro de Actas, rubricado por la autoridad competente, en el que se dejará constancia asimismo de los socios presentes y del porcentual del capital que éstos representan. Las actas serán firmadas por el o los gerentes y dos socios presentes que se designarán en la Asamblea, pudiendo ser éste el único tema a tratar en la Asamblea y que no sea expresamente mencionado en el orden del día, conjuntamente con la resolución de remoción o aceptación de la renuncia del socio gerente. La presidencia de la Asamblea será realizada por cualquiera de los socios gerentes que se hallen presentes o que se elija para ello, los gerentes no tienen voto pero si voz en las cuestiones relativas a su gestión. En caso de empate se deberá volver a votar entre las dos ponencias más votadas, luego de realizarse nuevas deliberaciones. Cada cuota social tiene derecho a un voto, no pudiendo votarse
BOLETÍN OFICIAL N 2928

en representación. Las decisiones de la Asamblea serán tomadas por la mayoría del capital social presente. Con excepción de aquellas para las que este contrato o la ley exijan un mayor porcentual. La sociedad llevará la contabilidad conforme a las disposiciones legales correspondientes, debiendo realizar el Balance General y el Cuadro de Resultados y el Inventario, conforme a sus constancias. NOVENA IXEjercicio social La sociedad cerrará su ejercicio económico el día 30 de septiembre de cada año. El/los administrador/es realizará/n a dicha fecha un balance para determinar las ganancias y pérdidas, el cual se pondrá a disposición de los socios para su consideración. De las utilidades líquidas y realizadas se destinará: a el cinco por ciento al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social; y el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, podrá ser distribuido entre los mismos en proporción al capital integrado. Si hubiere pérdidas se soportarán en la misma proporción. DÉCIMA
XDisolución Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la ley 19550, la liquidación será practicada por la gerencia o por la persona que designen los socios. Cancelado el pasivo, el remanente si lo hubiera, se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado. Una vez liquidada la sociedad la documentación deberá ser guardada durante diez años. En caso de disolución, Concurso y/o quiebra de cualquiera de los socios, se producirá de pleno derecho, la disolución de la Sociedad; en el ínterin actuarán en representación de los socios el o los administradores designados. En este estado los socios convienen en designar al Sr. Rodrigo Oscar Consiglio a fin de que administre la sociedad en el primer período, quien manifiesta en carácter de declaración jurada, que no se encuentra comprendido en las prohibiciones previstas en el Art. 157 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.
Asimismo, autorizan a la Contador Público Nacional Celia Irene Schroeder, DNI 16857568 y/o María Lis Fraire, DNI
17342382 y/o la persona que éstas designen para que actuando en forma individual y/o conjunta realicen todas las gestiones necesarias hasta la inscripción definitiva del presente contrato social, ante el Registro Público de Comercio. Se firman dos ejemplares iguales, de un mismo tenor y a un solo efecto y se entregan a los representantes de los socios NUTRIR SRL y PAMPINO SRL quiénes de conformidad lo reciben. Celebrado en Gral. M. J.
Campos, provincia de La Pampa, a los 20 días del mes de octubre del año 2010.B. Of. 2928
G.B.H. SAFARIS S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES
La sociedad denominada G.B.H. SAFARIS S.R.L. inscripta en el RPC con fecha 13/09/07, Libro Sociedades, Tomo V/07, Folio 27/30, Res 419/07, Expte. N 1620/07, hace saber que mediante instrumento privado de fecha 23/11/10, se ha aprobado la cesión de 100 cuotas sociales que tenía el Sr. Ubaldo José María Villafañe - DNI:
22.701.178, socio cedente, de la siguiente manera: 40
cuotas sociales a favor del Sr. Germán Roberto Brandazza

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 21/1/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha21/01/2011

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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