Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 3/12/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. Nº 2678

Santa Rosa, 3 de diciembre de 2010

BOLETIN OFICIAL Nº 2921

Asimismo se obliga a permitir las inspecciones que EL MINISTERIO considere necesarias, como a aportar documentación relacionada con el proyecto, a efectos de verificar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones asumidas.TERCERA: El capital prestado en concepto de crédito no generará interés, otorgándose un período de gracia de .. meses.- Las cuotas se abonarán entre los días..y .hábiles del mes correspondiente, mediante depósito en la Cuenta Nº 1095/7 del Banco de La Pampa, correspondiente al Gobierno de la Provincia de La Pampa
Rentas Generales.CUARTA: Las partes dejan establecido que en caso de mora en el cumplimiento de las obligaciones de pago asumidas a cargo de EL BENEFICIARIO, la misma se producirá en forma automática y sin necesidad de interpelación alguna, y generará la obligación de pago de un interés moratorio del SEIS POR CIENTO 6% nominal anual, calculado sobre el Capital en mora.QUINTA: A fin de garantizar el cumplimiento del presente acuerdo, EL BENEFICIARIO constituirá garantía con aforo del CIEN POR CIENTO 100% del crédito otorgado.
SEXTA: El incumplimiento por parte de EL BENEFICIARIO de cualquiera de las obligaciones asumidas, podrá originar la inmediata caducidad de los beneficios acordados, el vencimiento de los plazos de pago otorgados y la exigibilidad de pleno derecho de las sumas prestadas, con más los intereses moratorios fijados.
SEPTIMA: Para todos los efectos derivados de la interpretación y ejecución del presente, las partes se someterán a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, con renuncia a cualquier otro Fuero o Jurisdicción, fijando los siguientes domicilios legales: EL MINISTERIO en el 3º Piso de Casa de Gobierno y EL BENEFICIARIO
en
Leído y ratificado en su totalidad, se firman TRES 3 Ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en La Pampa, a los.días del mes de.. de dos mil -

FE DE ERRATAS
Boletín Oficial Nº 2920 de fecha 26 de noviembre de 2010 a partir de la página nº 2572, en el encabezado y en todas las páginas con numeración par donde dice: Boletín Oficial Nº 2918 debe decir: Boletín Oficial Nº 2920
Boletín Oficial Nº 2915 de fecha 22 de octubre de 2010, Pág. Nº 2192, 1 columna, Decreto Nº 2451 renglón nº 49 donde dice: Desarrollo de la Economía Social. S/Expte. Nº 8695/10, debe decir: Desarrollo de la Economía Social. S/Expte.
Nº 9685/10.-

Lic. BRUNO CAZENAVE
Director de Prensa IMPRENTA OFICIAL BOLETÍN OFICIAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 3/12/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha03/12/2010

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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