Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/9/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 2910

Santa Rosa, 17 de Septiembre de 2010

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral de Minería N TRES de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia de La Pampa, con asiento en calle 22 N 405, de la ciudad de General Pico, a cargo del Dr. Oscar MELLONI, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Mabel Elvira COLLA, hace saber que en autos caratulados "FERNANDEZ, OSVALDO DIEGO
S/CONCURSO PREVENTIVO", expte. No. B
35827, se ha dictado la siguiente resolución, que en sus partes pertinentes dice: neral Pico, 13 de agosto de 2010. RESUELVO: II.- Declarar abierto el concurso preventivo de Osvaldo Diego FERNANDEZ, D.N.I. N 21.704.291, comerciante, casado, con domicilio real en calle Peatonal 2 de Abril, Tira 2, Dpto. 12 y comercial en calle Lagioiosa N 92; ambos de esta ciudad.- III.Disponer que el presente se tramite según el régimen aplicable a los "pequeños concursos"
arts. 288/289 Ley 24.522.- V.- Establecer que los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el día 20 del mes de octubre de 2.010 art.
14 inc. 3 Ley 24.522.- VI.- Fijar como fecha de presentación de los Informes Individuales de Créditos el día 07 del mes de diciembre de 2.010 y para la presentación del Informe General el día 25
del mes de febrero de 2.011 art. 14 inc. 9 Ley 24.522.- VII.- Diferir la fijación de la audiencia informativa para el momento del dictado de la resolución sobre categorización de acreedores prevista por el art. 42 L.C.Q..- VIII.- Ordenar la publicación de edictos que dispone el art. 27 Ley 24.522. Dicha publicación se efectuará en la oportunidad indicada en la presentación de fs. 118
art. 14 inc. 4 Ley 24.522.- IX.- Disponer la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado, por causa o título anterior a su presentación y ordenar su radicación ante el juzgado del concurso art. 21 L.C.Q.. X.Disponer que, en las ejecuciones de garantías reales, no se admitirá el remate de la cosa gravada ni la adopción de medidas precautorias que impidan su uso por el deudor, si no se acredita haber presentado el pedido de verificación del crédito y su privilegio art. 21, último párrafo, L.C.Q..- XI.- Prohibir se deduzcan nuevas acciones de contenido patrimonial contra la concursada por causa o título anterior a la presentación art. 21, primer párrafo, L.C.Q..- XlI.Decretar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor - XlII.Disponer, respecto de medidas cautelares contra el concursado se observe el procedimiento previsto por el arto 21, anteúltimo párrafo, Ley 24.522 Asimismo se hace saber que se ha designado Síndico al C.P.N. Rubén Marcelo TOSSO, con domicilio en calle 24 No. 826 de General Pico, La Pampa.- Profesionales intervinientes: ESTUDIO
JURIDICO MARRERO, Dres. Gustavo Andrés MARRERO y Alejandro Luís MARRERO, con
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domicilio constituido en calle 11 nº 1050 de Gral.
Pico L.P..- Secretaría 06 septiembre de 2010.Dra. Mabel Elvira COLLA. Secretaria.B. Of. 2910
El Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras Secretaria de Ejecución N UNO, de la Primer Circunscripción Judicial de la provincia de La Pampa, con asiento en la ciudad de Santa Rosa en los autos caratulados "BANCO DE LA PAMPA
SEM C/MANCINI MARIO S/EJECUTIVO y MEDIDA CAUTELAR"Expte. N Y66805, cita al demandado Sr. Mario MANCINI para que dentro del plazo de cinco días comparezca a este Tribunal, sito en, Intersección de las Avenidas Perón y Uruguay de esta ciudad Centro Judicial Edificios Fueros - Sector Civil - Tercer Piso Bloque de Escaleras N 1, a los fines que se indica en la resolución que se transcribe a continuación en lo pertinente: "Santa Rosa, 27 de agosto de 2010. citase por edictos a la parte ejecutada Mario MANCINI, para que dentro del plazo de cinco días a partir de la última publicación, se presente a estar a derecho y constituya domicilio, bajo apercibimiento de designarle defensor de ausentes, en turno, para que asuma su representación. publíquese edictos por una vez en el Boletín Oficial y un día en el Diario La ArenaFdo. Dr. Evelio J. E.
SANTAMARINAJuez".- Prof. Interviniente:
Santiago María COLL - B. Mitre Nº 274 P.A.. Santa Rosa, 8 de Septiembre de 2010. Santiago María COLL. Abogado.
B. Of. 2910
El Juzgado de 1º Instancia en lo Civ. Com. Lab. y Min. Nº Uno de la 2º Circ. Jud. En autos:
"GIRAUDO Y BARRIO JUAN AGUSTIN C/
GIRAUDO Y BARRIO ALBERTO JUAN Y OTROS
S/ POSESIÓN VEINTEAÑAL". Expte. Nº E
30723/07
cita y emplaza a Héctor Oscar GIRAUDO Y BARRIO para que en el plazo de cinco días comparezca a juicio, bajo prevención de designarse al Defensor General que lo represente, conforme a la siguiente Resolución: "General Pico, 30 de junio de 2010. Habiéndose efectuado la manifestación establecida por el art. 137 C.Pr.
cítese a Héctor Oscar GIRAUDO y BARRIO
mediante edictos a publicarse en el boletín Oficial 1 publicación y diario La Reforma 2
publicaciones art. 325 C .Pr. -Dra. Mariana OPORTO Juez Sustituta" Prof. ínt. Dra. María G.
NAZER, CALLE Nº 4 1265 Secretaría, General Pico, 7 Septiembre de 2010.- Dr. Guillermo Horacio PASCUAL. Secretario.B. Of. 2910
El Juzgado Regional Letrado, a cargo del Dr.
Carlos Roberto ESPINOLA, Secretaría Única a cargo de la Dra. Carina COLANERI, de la Cuarta Circunscripción Judicial de la localidad de Victorica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/9/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha17/09/2010

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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