Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/6/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 2896

Santa Rosa, 11 de Junio de 2010

obrantes de fojas 3 a 326 del Expediente N
3510/10.Art. 2º.- Déjase establecido que la "Solicitud de Reestructuración N 174261" adjunta a fojas 147, se autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos específicos.Art. 3º.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros.Decreto Nº 762 30-IV-10- Art. 1º.Dispónese la habilitación de créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de mayo del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas anexas de fojas 419 a 434 del Expediente Nº 15011/09, de acuerdo al presupuesto aprobado por Ley N 2549.Decreto Nº 896 21-V-10- Art. 1º.Acéptase la cesión de derechos y acciones posesorias efectuada por la Municipalidad de Guatraché mediante la Ordenanza 423/09 del Honorable Concejo Deliberante de dicho Municipio, sobre el bien inmueble designado catastralmente como: Ejido 060, Circunscripción I, Radio d, Quinta 003, Parcela 5, Partida Catastral N 719.137, en virtud del Boleto de Compra - Venta celebrado con la Asociación Civil "Club Atlético Pampero Biblioteca Popular Florentino Ameghino" el día 12
de enero del año 1989.Art. 2º.- Autorizase al Señor Ministro de Cultura y Educación a suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio con intervención de la Escribanía General de Gobierno, en nombre y representación de la Provincia de La Pampa, respecto del inmueble citado en el artículo precedente.Decreto Nº 897 21-V-10- Art. 1º.Rescíndase elp Contrato de Obra Pública formalizado con la Empresa HÉCTOR OSCAR
ZUCCARI, para la ejecución de la Obra: "DIEZ 10
VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE CONHELLO
PROGRAMA
FEDERAL
PLURIANUAL
DE
CONSTRUCCIÓN
DE
3600
VIVIENDASEXTRACUPO DE 469 VIVIENDAS- 6 ETAPA", tramitada por Expediente N 12825/2008, por fallecimiento del Contratista, encuadrando dicha causal en el Artículo 60 del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación y en el Artículo 106 de la Ley General de Obras Públicas N 38.Art. 2º.- Reténganse todos los créditos que pudieran existir a favor de la Empresa HÉCTOR OSCAR ZUCCARI, así como también los Fondos de Reparo y Depósitos de Garantía a las resultas de las liquidaciones finales de Obra, sin derecho a intereses y serán imputados a cuenta del monto de los daños v perjuicios generales si estos fueran mayores.-

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Art. 3º.- Procédase a través de la Dirección de Inspecciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a confeccionar un inventario de equipos y materiales existentes en la obra y efectuar la medición final de los trabajos efectuados, previa citación de los Representantes Legal y Técnico de la Empresa contratista, bajo apercibimiento de hacerla sin su presencia y con la participación de un Escribano Público, asimismo, se le autoriza a realizar todos los actos necesarios para proceder a la inmediata toma de posesión de la Obra ejecutada hasta el presente, de los obradores, de las maquinarias y equipos, de los acopios y demás elementos existente en el predio de la Obra.Art. 4º.- Autorízase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a emitir los actos administrativos necesarios para proceder a la liquidación final de los trabajos efectuados, abonando los materiales existentes en obra a valores reales en caso de utilización en la continuidad de la Obra o su devolución a los herederos del titular y a la ejecución de las garantías pertinentes Artículo 62 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.Art. 5º.- Autorízase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a iniciar las actuaciones necesarias para la inmediata continuidad de las obras, con sustento en las probadas razones de urgencia atento al tiempo transcurrido, al poco avance de Obra, a la imposibilidad de su continuidad por la falta de dirección de la Empresa Contratista y a la imperante necesidad de culminar la construcción de las unidades habitacionales, encuadrando el procedimiento de selección del contratista en la excepción prevista en el Artículo 9, inciso c, de la Ley General de Obras Públicas Nº 38, previa compulsa de precios.Art. 6.- Comuníquese todo lo actuado al Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de La Pampa a efectos de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponder.Decreto Nº 898 21-V-10- Art. 1º.Apruébase lo actuado por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y en consecuencia otórgase a la Empresa CONSTRUCTORA
BERTONE, de Domingo Jorge BERTONE, una Ampliación del Plazo Contractual para la ejecución de la Obra: "CIEN 100 VIVIENDAS EN LA
CIUDAD DE SANTA ROSA "C" - ITEM 42 - DOS
MIL 2.000 VIVIENDAS 1 ETAPA - PROGRAMA
FEDERAL PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN
DE
6.000
VIVIENDAS
EN
DISTINTAS
LOCALIDADES
DE
LA
PROVINCIA", correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA N
01/09 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, por el término de 60 días corridos, contados a partir del vencimiento del Plazo Contractual establecido por Decreto N 2372/2009,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/6/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha11/06/2010

Nro. de páginas59

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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