Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/4/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 782

Santa Rosa, 23 de Abril de 2010

bioenergía en ambiente semiárido.- Integración y desarrollo de acciones productivas y sistemas de producción bajo una estrategia de cadena de valor que aporte al desarrollo de las comunidades locales en áreas semi áridas y de riego.- Actividades de extensión conducentes al desarrollo sustentable de la zona por medio de estrategias que respondan a las aspiraciones de las comunidades locales.- Capacitación de profesionales y productores.El listado es meramente enunciativo y no excluye otras actividades que LAS PARTES estimaren conveniente implementar.ESTABLECIMIENTO DE LA UNIDAD DE
EXPERIMENTACIÓN
ADAPTATIVA
Y EXTENSIÓN RURAL DE 25 DE MAYO.TERCERA: La Unidad se emplazará en el predio que el Ente Provincial del Río Colorado posee en el ejido urbano de la localidad de 25 de Mayo, en el que también se encuentran sus oficinas centrales. La Unidad de Experimentación Adaptativa y Extensión Rural y las viviendas planificadas ocuparán parte de las parcelas designadas catastralmente como 10, 11, 12 y 20
de la Manzana 3 del Radio d - Circunscripción I Ejido 112.COMITÉ COORDINADOR
CUARTA: A los efectos de la aplicación de la presente Carta Acuerdo, que se conformará en un plazo máximo de TREINTA 30 días contados a partir de la firma de la presente; la misma estará integrada por DOS 2 miembros titulares y DOS
2 miembros alternos, designados por LA
PROVINCIA y por EL INTA. LAS PARTES podrán reemplazar los representantes cuando así lo consideren conveniente, con obligación de comunicar por escrito en forma inmediata a la otra parte, los reemplazantes designados.ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL COMITÉ
COORDINADOR.
QUINTA: El Comité Coordinador tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
a Establecer su propio reglamento de funcionamiento, el programa de actividades y cronograma de las mismas, b Elaborar el presupuesto de las inversiones y elevarlas para su consideración a LAS PARTES, c Proceder al seguimiento de los trabajos afectados al Convenio y establecer el grado de avance del Proyecto, d Considerar todas las formulaciones, propuestas y/o recomendaciones que surjan de LAS P ARTES, e Resguardar la confidencialidad de la información cuando la misma tenga este carácter, f Lo tratado y lo resuelto en las reuniones ordinarias y extraordinarias será consignado en actas que deberán ser firmadas por los miembros titulares y suplentes presentes de cada institución y serán
BOLETÍN OFICIAL N 2889

elevadas a las autoridades superiores respectivas para conocimiento.COMPROMISO DEL INTA.
SEXTA: El INTA se compromete a hacer efectivo el establecimiento y creación de la Unidad de Experimentación Adaptativa y Extensión Rural conforme a la disponibilidad presupuestaria. El INTA proveerá la totalidad delpersonal, que constará de TRES 3 profesionales especializados en temáticas de áreas bajo riego, UN 1
administrativo, UN 1 técnico de laboratorio y UN
1 personal de campo y tareas generales. EL
INTA también proveerá DOS 2 camionetas doble tracción, equipamiento de laboratorio de última generación, muebles y equipamiento de oficina, incluyendo equipamiento informático.COMPROMISO DE LA PROVINCIA.
SÉPTIMA: LA PROVINCIA tendrá a su cargo, sujeto a disponibilidad presupuestaria, la realización de las obras que incluirán: oficinas, biblioteca, sala de reuniones, cocheras, sanitarios y dependencias menores, un laboratorio para evaluación de suelos, agua y alimentos, con sus dependencias para almacenamiento de drogas, etc., SEIS 6 viviendas de TRES 3 dormitorios y dependencias para el personal.CONFIDENCIALIDAD O DIFUSIÓN.
OCTAVA: La confidencialidad o difusión de los resultados de la investigación deberá ser determinada por LAS PARTES de acuerdo a una estrategia de transferencia de la tecnología, consistente con la naturaleza pública o privada del bien a transferir. En el marco de dicha estrategia, LAS PARTES signatarias deberán proteger los resultados de sus investigaciones. Los derechos sobre eventuales resultados científicos y/o técnicos obtenidos durante la ejecución de los proyectos propiedad intelectual o industrial se definirán conforme con los aportes intelectuales y otros de cada una de LAS PARTES en Convenios Específicos para tal fin.PROPIEDAD DE LOS BIENES.
NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de LAS PARTES afectados a la ejecución de la presente Carta Acuerdo que se destinen al desarrollo de los planes de trabajo, o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro, continuarán en el patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos, salvo determinación en contrario manifestada formalmente.ELEMENTOS INVENTARIABLES.
DÉCIMA: Los elementos inventariados entregados por una de LAS PARTES a la otra en calidad de préstamo deberán ser restituidos a la parte que los haya facilitado una vez cumplida la finalidad para

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/4/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha23/04/2010

Nro. de páginas69

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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