Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/3/2008

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2778

Santa Rosa, 7 de Marzo de 2008

Pág. N 319

Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad
Policía
Subsecretaría de Justicia y Registros Públicos
Dirección General de Defensa Civil
Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas
Subdirección General de Defensa Civil
Dirección General de Superintendencia de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio
Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble
Subdirección General de Superintendencia de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio
Dirección de Coordinación Técnica
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 118 -11-XII-07- Art. 1º.Dispónese la habilitación de créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de diciembre del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas de fojas 513 a 521 del Expediente Nº 17279/06, de acuerdo al presupuesto aprobado por Ley Nº 2315.Decreto Nº 435 -28-XII-07- Art. 1º.Autorízase a la Dirección General de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a convocar un llamado a CONCURSO DE PRECIOS para la ejecución de la obra: "ERRADICACIÓN DE PALOMAS EN EL
EDIFICIO DEL AREA DE DESARROLLO DEL
CE.SI.DA.SANTA
ROSA"
conforme al Presupuesto Oficial que asciende a la suma de $
69.800,00 con valores al mes de Agosto de 2007 y un plazo de ejecución de 30 días corridos, encuadrando el procedimiento en las disposiciones del Artículo 9 inciso a de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias.Art. 2º.- El gasto que demande la ejecución de la obra será imputado a: Carácter 0Jurisdicción RUnidad de Organización 12- Cuenta 0- Finalidad y Función 190- Sección 02- P.P. 051p.p. 02- Subparcial 01- Clase 00- Subclase 0004588- OBRA VS. CENTRO CÍVICO del presupuesto del año 2008, para lo cual deberá darse cuenta a la Cámara de Diputados, según lo establecido en el Artículo 10 de la Ley Nº 3 de Contabilidad.Decreto Nº 22 -14-I-08- Art. 1º.Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 274 del Expediente Nº 566/08.-

Art. 2º.- Establécese que las Solicitudes de Reestructuración Nros. 150896, 150893, 150894, 150895, 150897, 150898, 150891, 146627, 146626, 150892, 150881, 150882, 150879, 150880, 150883, 150884, 150888, 150889, 150887, 150886, 150885, 950890, 146630, 146634, 146633, 146635, adjuntas a fojas 31 a 37, 67, 68, 147, 148, 150, 151, 153 a 160, 165, 186, 228, 229, y 269, respectivamente, se autorizan para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes, con el efectivo ingreso de los fondos afectados a la Dirección Provincial de Vialidad.Decreto Nº 161 -31-I-08- Art. 1º.- La Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería deberá remitir a Tesorería General de la Provincia, hasta el último día hábil de cada mes, el detalle de los Municipios en cuyo ejido se realicen Actividades Hidrocarburíferas con el porcentaje de coparticipación que les corresponda, de acuerdo al volumen de producción extraído en cada uno de ello.
Art. 2.- Tesorería General de la Provincia tendrá a su cargo la confección de las planillas de distribución requeridas para efectuar las transferencias de los fondos previstos en el artículo 1 de la Ley N 2392, las que serán remitidas a la Cuenta Bancaria Especial a la que se refiere el artículo 5 del presente, hasta el quinto día hábil del mes siguiente al del ingreso de las regalías o participaciones.
Art. 3.- En cumplimiento de lo establecido por el artículo 3 de la Ley N 2392, los Municipios deberán presentar ante la Secretaría de Asuntos Municipales, al 31 de agosto y al 15 de marzo de cada año, la rendición de la inversión realizada durante el primer y segundo semestre del año, res-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/3/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha07/03/2008

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2008>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031