Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/6/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2690

Santa Rosa, 30 de Junio de 2006

cuya situación se considere, y el Director General de Personal, cuando se trate de casos correspondientes a la esfera del Poder Ejecutivo, o el Director General de Administración cuando se consideren casos correspondientes al Poder Legislativo.
En caso de ausencia, impedimento o vacancia, los titulares serán reemplazados automáticamente por los subrogantes legales o los suplentes que designe la autoridad competente.
Artículo 7: Antes de integrar las distintas Comisiones de recategorización, el Contador General y las Autoridades competentes en la materia de personal de los dos 2 Poderes, resolverán sobre la organización del trabajo, las modalidades a que ajustarán su accionar las Comisiones con sus distintas integraciones, y el orden en que se habrán de considerar los casos. Sobre la base de tal organización se constituirán las Comisiones con los tres 3 miembros que correspondan según la jurisdicción con la que se comience.
Todas las dependencias de la Administración Pública, en los ámbitos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, suministrarán sin demoras la información que las Autoridades de Aplicación requieran y facilitarán las tareas que suponen el cumplimiento de la presente Ley, en cuanto sea de su competencia.La totalidad de los ascensos que correspondan deberá estar resuelta y las promociones efectivizadas dentro de los doscientos setenta 270 días corridos contados desde el 1 de enero de 2006.
Artículo 8: Excepto que la Autoridad de Aplicación disponga una notificación especial, se considerará notificación suficiente de la asignación de la nueva categoría, la publicación del acto administrativo pertinente en el Boletín Oficial de la Provincia de la Pampa.
Artículo 9: Las impugnaciones serán deducidas por los agentes comprendidos en la presente Ley, tramitándose por el sistema que establece su régimen laboral y por las disposiciones contenidas en la Norma Jurídica de Facto Nº 951/79.

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Artículo 10: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas específicas del presupuesto correspondiente.
Artículo 11: Invítase a las Municipalidades a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
Artículo 12: Determínase la aplicación, de la presente Ley para las Comisiones de Fomento.
Artículo 13: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los ocho días del mes de junio de dos mil seis.
Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa.EXPEDIENTE Nº 6788/06.SANTA ROSA, 16 de Junio de 2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 1113/06
Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION: 16 de Junio de 2006.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO
2.264.Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 2905 -29-XII-05- Art. 1º.Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 426 del Expediente Nº 15869/05.Art. 2º.- Déjase establecido que las Solicitudes de Reestructuración Nros. 109960,
109961, 109963, 109964, 109965, 109966, 109968, 109969, 109970, 109971, 109972, 109812, 109813, 123312, 117534 y 109817, adjuntas a fs. 365, 367, 369, 371, 373, 375, 377, 379, 381, 383, 385, 387, 389, 391, 397 y 398, se autorizan a los efectos de reflejar el real financiamiento de la obra Acueducto Río

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/6/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha30/06/2006

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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