Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/7/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 888

Santa Rosa, 11 de Julio de 2003

contrato.- CUARTA: La duración de la sociedad será de 30
Treinta años, prorrogándose automáticamente dicha duración por un período igual luego de su vencimiento, si ninguno de los socios manifestare su oposición con una antelación no menor de seis meses a dicha fecha.- QUINTA: La dirección y administración estará cargo del Señor LOVISOLO Néstor Jorge, por el termino de 30 años, calidad de gerente administrativo, pudiendo realizar en
BOLETIN OFICIAL N 2535

Boletín Oficial N 2533 - Página N 827 - Renglón N 11, donde dice: 2 FECHA DE INSTRUMENTO DE
CONSTI-TUCION:, debe decir: 2 FECHA DE
INSTRUMENTO DE CONSTITUCION: - Renglón N 13, donde dice: 3 DENOMINACION SOCIAL: EL PAMPEANAZO debe decir: 3 DENOMINACION SOCIAL: EL
PAMPEANAZO.

Subsecretaría de Medios de Comunicación JAVIER ALEJANDRO URBAN
Director de Prensa Departamento Imprenta y Boletín Oficial nombre de la sociedad, los contratos y operaciones que hagan al objeto de la sociedad, presentarse ante autoridades nacionales, provinciales, bancarias, mixtas o privadas, instituciones de créditos, cajas de jubilaciones, Instituto Nacional de Previsión Social, etc, para realizar cuantos trámites sean necesarios para el logro del objeto social siendo estas enumeraciones tan solo enunciativas y no limitativas.SEXTA : El ejercicio financiero se cerrará el día treinta de Junio de cada año en cuya fecha se realizará un Inventario y Balance General.- Participando en la utilidad neta en la siguiente proporción, el señor MORAN Néstor Hugo el 40%, y el señor LOVISOLO Néstor Jorge el 60%.- SEPTIMA:
Salvo decisión de los socios, en el sentido de que el plazo de duración de la sociedad se prorrogue a su vencimiento, en dicha oportunidad la sociedad entrará en liquidación.- Si la sociedad perdiese la totalidad del capital social, la misma de hecho entrará en liquidación. En todos los casos la liquidación será efectuada por los socios con sujeción a las disposiciones del código de comercio, la Ley 19550 y sus modificatorias.- En caso de fallecimiento o incapacidad de uno de los socios, los derechos habientes podrán optar entre incorporarse a la sociedad, unificando representación, con los mismos derechos y obligaciones del socio fallecido o incapacitado, o en su derecho disolver la sociedad o transferir las cuotas de capital, siempre que para ello presten su conformidad los demás socios.- OCTAVA: Si uno de los socios resolviera ceder sus cuotas de capital, deberá tener el consentimiento expreso de los otros socios.- NOVENA: Se llevará un libro de Actas en el que se insertará bajo firma de los socios toda resolución que se considera necesaria a los fines de la sociedad.- DÉCIMA: Cualquier divergencia o duda que se suscitare entre los socios durante la vigencia o en oportunidad de la disolución o liquidación de esta sociedad, será resuelto por árbitro o amigables componedores designados uno por cada parte, pudiendo éstos a su vez en caso de desacuerdo, designar un tercero, cuyo fallo será inapelable.- En lo demás no previsto en este contrato se aplicará las disposiciones de la Ley 19550, sus modificaciones y el Código de Comercio.- DECIMA
PRIMERA: Para todos los efectos relativos a éste contrato, las partes constituyen sus domicilios en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, bajo tales cláusulas y condiciones, las partes dejan constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada a cuyo fiel cumplimiento se obligan de acuerdo a derecho, firmándose de conformidad 3 tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a los Dos días del mes de Julio de Dos mil tres.- Estudio Rubio, Contable Impositivo - Cr. José Rubio.B. Of. 2535
FE DE ERRATA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/7/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha11/07/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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