Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 1786

Santa Rosa, 29 de Diciembre de 2000

BOLETIN OFICIAL N 2403

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N 1892 -17-XII-00- Art. 1.Mientras dure la ausencia del suscripto, encomiéndase la atención del Gobierno de la Provincia, al señor Vicegobernador, Doctor Heriberto Eloy MEDIZA.-

Decreto N 1894 -18-XII-00- Art. 1.Reasumir, a partir de la fecha, el Gobierno de la Provincia.Decreto N 1896 -19-XII-00- Art. 1.Prorrógase el Programa Provincial ENTRE
NOSOTROS para el mes de Diciembre del corriente año, en el que cada beneficiario interviniente en los proyectos del referido programa, percibirá la suma de $
200,00, en concepto de Ayuda Económica No Remunerativa durante el lapso indicado.
Art. 2.- Facúltase al Director General de Relaciones Laborales a disponer la transferencia de los fondos a las Municipalidades, Comisiones de Fomento y Entidades Intermedias, de acuerdo a las planillas que se eleven y sujetas a rendición para el mes de Diciembre de 2000 por la suma total de $
1.093.240,00.Art. 3.- La Habilitación del Ministerio de Gobierno y Justicia, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, dará cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior.Art. 4.- El gasto que demande lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con cargo a la Jur.
D, UO. 25, Cta. 0, F.F. 490, S. 1, PP. 30, pp. 02, SP.
01, CL. 00 S.C. 00, C. 1 - TRANSFERENCIA
ENTRE NOSOTROS $ 670.640,00; y Jur. D, UO.
25, Cta. 0, F:F. 490, SS. 1, PP. 30, pp. 06, SP. 04, CL.
00, SC. 00, C. 4, TRANSFERENCIA ENTRE
NOSOTROS A O.N.G. $ 167.600,00 - Jur. D, U.O.
25, Cta. 0, F. y F. 490 - S. 1 - P.P. 30 - pp. 06 - Sp. 01 CL. 00 - SC. 00 - C. 3 DEPARTAMENTO SERVICIO PROVINCIAL DE EMPLEO $ 255.000,00, del Presupuesto vigente.Decreto N 1897 -19-XII-00- Art. 1.Establécese que cada beneficiario interviniente en los proyectos del Programa P.E.L. Programa de Emergencia Laboral del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación, llevados a cabo por los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales de nuestra Provincia, percibirá la suma de $ 80,00 y $ 40,00 mensuales, según sea la modalidad del mismo Comunitario o Productivo, en concepto de Bonificación por Capacitación durante el lapso de duración del mencionado programa.Art. 2.- Facúltase al Director General de Relaciones Laborales a disponer la transferencia de los fondos correspondientes a los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales
sujetos a rendición por el mes de Diciembre de 2000
por la suma total de $ 10.280,00.Art. 3.- La Habilitación del Ministerio de Gobierno y Justicia, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, dará cumplimiento a lo que se disponga en referencia al artículo 2.Art. 4.- El gasto que demande lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con cargo a la Jur.
D, UO. 25, Cta. 0, F.F. 490, S. 1, PP. 30, pp. 02, SP.
01, CL. 00 S.C. 00, C. 1 - TRANSFERENCIA
ENTRE NOSOTROS $ 10.280,00 del Presupuesto vigente.-

Decreto N 1898 -19-XII-00- Art. 1.Establécese que cada beneficiario interviniente en los proyectos del Programa TRABAJAR III del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación, llevados a cabo por los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales de nuestra Provincia, percibirá la suma de $ 40,00, en concepto de Bonificación por Capacitación durante el lapso de duración del mencionado programa.
Art. 2.- Facúltase al Director General de Relaciones Laborales a disponer la transferencia de los fondos correspondientes a los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales sujetos a rendición por el mes de Diciembre de 2000
por la suma total de $ 6.920,00.Art. 3.- La Habilitación del Ministerio de Gobierno y Justicia, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, dará cumplimiento a lo que se disponga en referencia al artículo 2.Art. 4.- El gasto que demande lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con cargo a la Jur.
D, UO. 25, Cta. 0, F.F. 490, S. 1, PP. 30, pp. 02, SP.
01, CL. 00 S.C. 00, C. 1 - TRANSFERENCIA
ENTRE NOSOTROS $ 6.920,00 del Presupuesto vigente.Decreto N 1901 -20-XII-00- Art. 1.Apruébase la Licitación Pública N 6/00, tramitada por el Departamento Compras y Suministros, y consecuentemente, adjudícase la misma a la firma SUPERMERCADOS LUCERO S.R.L., por la provisión de veintiún mil ciento ochenta y dos 21.182
cajas conteniendo alimentos destinados a beneficiarios del Programa de Apoyo Familiar - UNIDOS, en la suma total de $ 326.181,61.Art. 2.- Habilitación de Bienestar Social, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a la firma indicada en el artículo primero el importe que en el mismo se menciona, de acuerdo a la forma de pago establecida en el pliego y contra presentación de la documentación respectiva debidamente conformada.
Art. 3.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a las Jurisdicción E - Unidad de Organización 10 -

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha29/12/2000

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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