Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/7/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 12 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 77
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Ejercicio 2024.- Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6371, para la U. de O. :
"F4" Secretaria de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran Lomando Créditos de la Partida prevista en Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley N 5502"
ARTÍCULO 3º.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100
bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.ARTÍCULO 6.- Previa toma razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese, sintéticamente íntegramente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Hecho, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR GOBERNADOR
DECRETO Nº 873-MS/2024.EXPTE. Nº 1414-2245/2023.AGREG. Nº 100-213/2021 y Nº 1401-200/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUN. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-2245/23 y sus agregados N 1400-213/21, N 1401-200/2021, caratulado: CRIO. GRAL. HÉCTOR HORACIO HERBAS MEJÍAS, D.N.I. N 22.777.197, Legajo N 12.634, solicita se le abone las Licencias Anuales correspondiente a los años 2018, 2019, 2020 y la Licencia Excepcional que no fueron usufructuadas, a la Partida "L DEUDA
PUBLICA" 03- 10-15-01-26-0 para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2024 Ley N 6,371/23, Informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia cumplir con la autorización, aprobación y ejecución del gasto de acuerdo a las disposiciones vigentes."
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva Ministerio de Seguridad.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR GOBERNADOR
DECRETO Nº 880-MS/2024.EXPTE. Nº 1400-10/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUN. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modifíquese el artículo 1º del Decreto N 359-MS/24, de fecha 07 de Marzo de 2024, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º.- Modifíquese parcialmente el Decreto N 11.843-MS/23, de fecha 01 de Noviembre de 2023, en cuanto al grado que ostenta el Comisario Mayor Marcelo Adrián Chorolque, D.N.I. N 21.846.118, Legajo N 13.142, debiendo consignarse de forma correcta el mismo como COMISARIO
GENERAL MARCELO ADRIÁN CHOROLQUE..
ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1.886/48.ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a la Policía de la Provincia de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR GOBERNADOR
DECRETO Nº 890-E/2024.EXPTE. Nº 1056-16755/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUN. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N 1056-16755-21, caratulado: "SRA
TAPIA MARTINA DNI 13696455 JUBILADA S/ RECATEGORIZACION", en concepto de reconocimiento de diferencias salariales por recategorización en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2020 y el 31 de agosto de 2020, cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-1-26-0 "P/Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Publica, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley N
6371, debiendo el organismo cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia.
Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/7/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha12/07/2024

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1245

Primera edición10/01/2018

Ultima edición05/08/2024

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