Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/7/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 05 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 74
38

confección de la cédula ordenada precedentemente, el que deberá ser presentado como diligencia colaborativa en el S.I.G.J. para control y firma.- Notifíquese por cédula.- Firmado por Dr. Jorge Daniel Alsina - Juez. Ante mi Dra. María Florencia Fiad Prosecretario Técnico Administrativo.01/03/05 JUL. LIQ. Nº 36540 $2.250,00.De acuerdo a la Resolución Nº 160/2024-SBDS. Expediente Nº 1102-156-2022.- Se informa a la comunidad en general que: de acuerdo a ley N 5063/98 y decreto N 9067/07, se presenta la Publicación de Inclusión en el procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental en el Ministerio de Ambiente de: Plan de Manejo Sustentable de Bosques Nativos c/ ganadería integrada y Plan de Conservación; REFERIDO A. EXPTE. N: 1102-156-2022. Iniciado por: TOLEDO
CESAR RUFO DNI N: 23.625.656. Corresponde a Resolución Nº: 160 /2024-SBDS de Finca LA RONDA, superficie total 67 Has 8929,11 m2,Con Contrato de Adjudicación por Regularización Posesoria individualizado Lote Fiscal N: 968, Padrón F-5210 ubicada en el Distrito Palma Sola, del Departamento: Santa Bárbara, de la Provincia de Jujuy.- Dicho EIA Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en las oficinas centrales del Ministerio de Ambiente, sita en calle Republica de Siria N 149 de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- Publíquese por Edictos en el Boletín Oficial por tres 3 veces en cinco 5 días.03/05/08 JUL. LIQ. Nº 36541 $2.250,00.La Dra. Lis Marcela Valdecantos Bernal jueza en Juzgado de Primera Instancia Nº 7 - Secretaría 13, en el expediente B-283418/2012, caratulado: "DIVISIÓN
DE CONDOMINIO: CORRALES COUSIÑO, MARCOS FABRICIO y COUSIÑO, NORA MARGARITA c/ ZALAZAR, CIRILA LAURA y otros, notifica a los presuntos herederos del Sr. Claudio Zalazar, LE 3.978.128, el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 14 de mayo de 2024.- 1 El informe actuarial que antecede, téngase presente. 2 Atento a lo informado, procédase a la recaratulación de las presentes actuaciones como División De Condominio: Marcos Fabricio Corrales Cousiño y Nora Margarita Cousiño C/ Cirila Laura Zalazar; Elsa Rufina Choque Vilca ahora su sucesión; y Claudio Zalazar ahora su sucesión. 3 Proveyendo la presentación 1186458, agréguese la documental que acompaña y téngase presente lo manifestado. 4 5 6 Proveyendo la presentación 1203971, toda vez que los presuntos herederos de Claudio Zalazar no han concurrido a contestar el traslado conferido y estando vencido el plazo para hacerlo. Déseles por decaído el derecho que han dejado de usar a los presuntos herederos de Claudio Zalazar que no se encuentren presentados en autos y hágase efectivo el apercibimiento bajo el que fueran intimados, en consecuencia, notifíquese la presente providencia por edictos a los presuntos herederos de Claudio Zalazar. 7 Asimismo, atento a lo informado y al estado de autos, dese intervención al Defensor Oficial de Ausentes que por turno corresponda, a tal efecto, remítanse las actuaciones a la Defensoría de Ausentes. 8 Se hace saber que existen diligencias disponibles. 9 Notifíquese por cédula." Firmado por Valdecantos, Lis - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, ante mi Zarate, María Valeria Prosecretario Técnico de Juzgado. Publíquese en el Boletín Oficial por un día Art. 2340 CCC y en un diario local por tres veces en el término de cinco días Art. 436 CPC. San Salvador de Jujuy, 06 de junio de 2024. Prosecretaria: Dra. María Valeria Zárate.05 JUL. LIQ. Nº 36557 $2.250,00.Dr. Diego Armando Puca Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº C-203827/2022 caratulado: "EJECUTIVO:
AGOSTINI, LAURA CECILIA c/ ORTIZ, GABRIELA NOELIA ha dispuesto que se notifica por este medio a la demandada, Sra. ORTIZ GABRIELA
NOELIA. los siguientes PROVEIDOS: "San Salvador de Jujuy, 28 de Junio del 2023.- 1- - 2.- Atento a las constancias de autos, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado el proveído de fecha 04/10/2022 y el presente decreto, debiéndose publicar en un diario local y en el Boletín Oficial TRES VECES EN
CINCO DIAS. Se hace saber al accionado que los términos comenzaran a correr a partir del décimo día de la última publicación, conforme lo dispuesto por el art. 162 del CPC. 3.- A modo de colaboración impóngase al Dr. Leandro Joaquín Ledesma Matorras, la carga del diligenciamiento de la notificación pertinente a título de colaboración art. 50 y 72 del CPC. 5.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.. Firmado: Dr. Diego Armando Puca -Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz -Secretario Habilitado-. San Salvador de Jujuy, 26 de Noviembre de 2021: Autos y Vistos: " San Salvador de Jujuy, 04 de Octubre de 2.022. 1.Proveyéndose los escritos Nº 408649 Y 411241 del DR. LEDESMA MATORRAS, LEANDRO JOAQUIN y habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado en fecha 02-08-2022 tasa de justicia y aporte de ley, líbrese en contra de la demandada ORTIZ GABRIELA NOELIA, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON /00/100 CTVOS. $ 210.000,00 en concepto de capital reclamado, con más la de PESOS
CIENTO CINCO MIL CON/00/100 CTVOS.$ 105.000,00 calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes e mbargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y CÍTESELO DE REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere en el término de CINCO 5 DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución. 3.- Al efecto comisionase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la ley todas las posteriores resoluciones que se dicten art. 52 del C.P.C.. Fdo. Dr. Diego Armando Puca, Juez, ante mi, SR. Enzo Ruiz, Procurador. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se hace saber al accionado que la resolución se tendrá por notificada diez días después de la última publicación art.
162 CPC . 2º p.- San Salvador de Jujuy, 06 de Julio del 2023.05/08/10 JUL. LIQ. Nº 36578 $2.250,00.La Dra. Alejandra M.L. Caballero juez de la Cámara en lo Civil y Comercial - Sala III - Vocalía 8, en el expediente C-188800/2021, caratulado: "DAÑOS Y
PERJUICIOS: CACTUS S.R.L c/ LÓPEZ SCHEDAN, ESTEBAN PATRICIO JAVIER y VILLALOBOS, RAMÓN", notifica a LÓPEZ SCHEDAN, ESTEBAN PATRICIO JAVIER, DNI 28.073.720, y a VILLALOBOS, RAMÓN, DNI 11.951.724 la providencia que a continuación se transcribe: "San Salvador de Jujuy, 29 de octubre de 2021. 1. Por presentado el Dr. GUILLERMO LUIS AGUIRRE por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la razón social CACTUS S.R.L., conforme acredita con instrumento de poder general para juicios agregado en autos y por promovida demanda por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito ocurrido el 15 de diciembre del año 2019, la que tramitará en conformidad al procedimiento ordinario oral art. 294 y ss. del C.P.C.. 2. Confiérese traslado de la demanda instaurada a los accionados ESTEBAN PATRICIO JAVIER
LÓPEZ SCHEDAN y RAMÓN VILLALOBOS para que la contesten en el plazo de QUINCE 15 DÍAS y bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo en los términos del art. 298 del C.P.C. 3. Intímaselos para que en igual término constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Cámara, bajo apercibimiento de considerarlos notificados por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores art. 52 del C. P. C.. 4 5. Notifíquese art. 155/6 del C. P. C. Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero - Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque - Secretaria Asimismo, se notifica de la siguiente providencia: "San Salvador de Jujuy, 09 de septiembre de 2022 1. Atento el estado de la causa y cumplido los recaudos del Art. 162 del C.P.C., notifíquese al demandado ESTEBAN PATRICIO JAVIER LÓPEZ SHEDAN del proveído de fs. 36 mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días. Hágase constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/7/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha05/07/2024

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1245

Primera edición10/01/2018

Ultima edición05/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031