Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 06 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 50
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contrato se adoptarán por Mayoría simple de Capital. Las resoluciones que no conciernan a la modificación del contrato, la designación y revocación de los socios Gerentes se adoptarán por Mayoría del Capital presente en la respectiva reunión. Cada cuota dará derecho a Un 1 Voto. Las resoluciones sociales se asentarán en el Libro de Actas a que se refiere el artículo 162 de la Ley General de Sociedades 19.550, t.o. 1984 - ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO
Fiscalización: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada por cualquiera de los socios, en cualquier momento, pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentación, como así también exigir en su caso la realización de balances y rendiciones de cuentas especiales.- ARTICULO
DÉCIMO TERCERO Balance-Inventario: El ejercicio social finaliza el Treinta y uno de Diciembre de cada año.-A tal fecha los Gerentes deberán confeccionar un inventario y balance general, para establecer las pérdidas y ganancias, documentación que se pondrá a disposición de los socios con no menos de Quince 15 días de anticipación para su consideración y posterior tratamiento.- El tratamiento y aprobación -Mayoría Simplede los mismos se realizará dentro de los Sesenta 60 días de la fecha antes mencionada y se tendrá por automáticamente aprobada por los socios, si no fuere impugnado por alguno de ellos dentro del término acordado.- Cuando la sociedad alcance el capital social fijado por el art. 299 inciso 2 de la Ley General de Sociedades 19.550, t.o.
1984, los socios reunidos en asamblea resolverán sobre los estados contables del ejercicio para cuya consideración serán convocados dentro de los cuatro meses de su cierre.- ARTICULO DÉCIMO CUARTO Disolución: Las causales de disolución serán las previstas en el artículo 94 de la Ley General de Sociedades 19.550, t.o. 1984.- ARTICULO DÉCIMO QUINTO Liquidación. Balance Final. Provecto de Distribución: Disuelta la sociedad, la liquidación estará a cargo de los administradores o de quien designen los socios.- Extinguido el pasivo social, se elaborará el balance final, el cual un vez aprobado, deberá ser ejecutado.- El activo que resultare repartible lo será en proporción a los aportes efectivizados.- II.- INTEGRACIÓN DEL APORTE: Los socios integrarán el ciento por ciento 100% de sus respectivas suscripciones, o sea un total de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000, mediante: a el aporte de las siguientes sumas de dinero: la socia Cristina Silvia Armella la suma de $2.000.000, el socio Abel Efraín Vilte la suma de $4.000.000 y la socia Micaela Cristina Edith Vilte la suma de $4.000.000.- III.- Designación de Gerentes: Los constituyentes deciden que las socias Cristina Silvia Armella, D.N.I.N24.648.881 y Micaela Cristina Edith Vilte, D.N.IN40.330.954, actuaran como socias gerentes, quienes en éste acto aceptan el cargo que les ha sido conferido, constituyendo domicilio especial en la sede social y manifiestan bajo forma de declaración jurada: -que, conocen el contenido de la Resolución de la UIF N11/11; -que, no están incluidas y/o alcanzadas por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; -que, el origen de los fondos utilizados para conformar el capital social es lícito y que provinieron de los ahorros de los socios; y -que, NO se encuentran comprometidas en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 206 y 264 de la Ley General de Sociedades 19.550 t.o. 1984.- IV.- Fijación de domicilio fiscal, legal y de sede social: La sociedad contará con domicilio fiscal, legal y como sede social en calle Necochea N225, Primer Piso, Barrio Centro, San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República ArgentinaV.- Correo electrónico: Establecen como correo electrónico a los fines de cumplimentar la exigencia establecida por el Registro Público de Jujuy, el siguiente: alpaquitatours07@gmail.com.- VI.- Apoderamiento: Se confiere PODER ESPECIAL a favor del C.P.N. Diego Zeballos y/o Enrique René Rivas y/o Fransisco Barrau y/o Micaela Cruz, éstos últimos abogados del foro local, para que en forma conjunta, separada, indistinta y/o alternada realicen todas las gestiones necesarias para obtener la correspondiente inscripción registral del presente estatuto, con facultad para contestar observaciones, otorgar escrituras complementarias, de modificación, inclusive a la denominación social, interponer y sostener recursos y en general realizar cuantos más actos, gestiones y diligencias fueren conducentes para el mejor desempeño del presente.- VII. Declaración Jurada: Los comparecientes en el carácter de declaración jurada dicen: -Que, constituyen domicilio especial a los efectos de la Lev 19.550, t.o.
1984 de Sociedades los establecidos en el comparendo; -Que, el origen de los fondos utilizados para la presente operación es lícito y que provino de sus ahorros; -Que, conocen el contenido de la Resolución de la UIF N11/11; -Que, que no están incluidos y/o alcanzados por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; -Que, la sociedad posee el siguiente correo electrónico: alpaquitastours07@gmail.com; -Que, la sociedad cuenta con sede social en calle Necochea N225, Primer Piso, Barrio Centro, San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina; y Que, NO se encuentran comprometidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 206 y 264 de la Ley General de Sociedades 19.550 t.0.1984; doy fe.- Previa lectura y ratificación firman los comparecientes, ante mí, doy fe.- Firmado: Hay tres firmas ilegibles con sus aclaratorias, ante mí: ANDREA ROMERO ZAMPINI, está mi sello notarial.- CONCUERDA CON SU ESCRITURA MATRIZ, la cual autoricé en el Protocolo del Registro Notarial N45, del cual soy Titular, doy fe.- EXPIDO ESTE 1 TESTIMONIO en seis fojas de Actuación Notarial números B-00284157 a la B-00284162, para "ALPAQUITA. S.R.L en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.- ESC. ANDREA E. ROMERO ZAMPINI. TIT. REG. Nº 45. S. S. DE JUJUYJUJUY.FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 239-DPSC/2024.CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-135-2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Abril de 2024.VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que el DR. ENRIQUE RENE RIVAS, en carácter de APODERADO de ALPAQUITA S.R.L., solicita. La INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD y, CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: ORDENAR la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato Constitutivo de fecha 18 de abril de 2024 de ALPAQUITA S.R.L., cuyas copias obran en autos.
ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
06 MAY. LIQ. Nº 35875-26837 $1.850,00.Constitución de Sociedad por Acciones Simplificada AVIA SERVICIOS AERONAUTICOS S.A.S. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veinticuatro días del mes de octubre de 2023, presente el señor Daniel Ignacio Rojas, argentino, Documento Nacional de Identidad N 26.025.781, CUIL N 20-26025781-2 nacido el 24/12/1976, de profesión Técnico Superior en Administración de Empresas; de estado civil casado; con domicilio real en calle Benito Juárez N 63 del B Huaico de la ciudad de San Salvador de Jujuy de la Provincia de Jujuy y los señores Gerardo Gustavo Rojas, argentino, Documento Nacional de Identidad N 30.402.777, CUIL N 20-30402777-1 nacido el 25/12/1980, de profesión empleado; de estado civil soltero; con domicilio real en avenida Canadá S/N Mza A Lote 16- del B 50 viviendas de la ciudad de Perico de la Provincia de Jujuy, Moisés Guillermo Meson, argentino, Documento Nacional de Identidad N 23.584.907, CUIL N 20-23584907-1 nacido el 28/12/1973, de profesión empleado; de estado civil soltero; con domicilio real en calle General Gemes S/N, la Caldera de la ciudad de Salta de la Provincia de Salta, Esteban

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha06/05/2024

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1243

Primera edición10/01/2018

Ultima edición31/07/2024

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