Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 29 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 48
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arrendar o subarrendar. Realizar operaciones de leasing. Realizar operaciones de fideicomiso. Negociar letras hipotecarias. Comparecer en juicio por sí o por apoderados ante los Tribunales de la Nación, Provincia o Municipales de cualquier fuero o jurisdicción, incluso en laboral, con facultades para establecer o contestar demandas de cualquier naturaleza a nombre de la sociedad; prorrogar jurisdicciones, comprometer en árbitros, deponer y absorber posiciones, transigir, renunciar a derecho. A percibir o comparecer ante los Tribunales de Conciliación. Hacer remisiones de deudas, quitas o esperas. Formular protestos, protestas, ratificar, contestar o confirmar. Otorgar y firmar instrumentos públicos y privados, escrituras públicas para ejecutar los actos enumerados, o que se relacionen con la actividad y la administración de la sociedad. Tomar participación o asociarse con sociedades existentes, públicas o privadas o promover su constitución. Solicitar embargos preventivos o definitivos e inhibiciones o sus cancelaciones, intimar desalojos y desahucios, exigir el cumplimiento de contratos o rescindirlos. En general, realizar todo tipo de contratos que directa o indirectamente estén vinculados a los fines sociales. Esta enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa, en cuanto a la consecución de los actos sociales, no pudiendo comprometer a la sociedad en actos ajenos a los fines sociales. DECIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIA: Para todos los efectos judiciales y/o extrajudiciales derivados de la presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, renunciando a otros fueros que por las cosas o las personas pudiere corresponderles y constituyen domicilios en los indicados al comienzo de la presente. DECIMA PRIMERA: TRAMITE DE
INSCRIPCION, Por este acto se autoriza al Dr. Pedro Octavio Figueroa n, abogado, matricula profesional N 3778, a realizar todas las gestiones necesarias para obtener la inscripción de la presente cesión en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales. Obligándose a su fiel cumplimiento se suscriben por los intervinientes cuatro ejemplares en Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los Días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.- ACT.
NOT. Nº B 00809329- ESC. CAROLINA ALEXANDER. TIT. REG. Nº 62. S. S. DE JUJUYJUJUY.RESOLUCION Nº 188-DPSC-2024- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-065-2024- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 26 de Marzo de 2024.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
29 ABR. LIQ. Nº 35565 $1.700,00.Declaración Jurada Sobre Licitud y Origen de los Fondos LEY N 25246, RESOLUCIONES UIF N 11/11 Y 30/11- ACEPTACION DE CARGODECLARACION JURADA DE PERSONA POLITICAMENTE EXPUESTA. PEDRO OCTAVIO FIGUEROA, D.N.I. N 36182640, CUIT N 2036182640-0, mayor de edad, argentino, de profesión abogado, con domicilio en calle José María Fascio N 17 del Barrio los nogales, localidad de Yala, Provincia de Jujuy, y NICOLAS MANUEL CORONEL JIMENEZ, DNI N 38972328, CUIT N 20-38972328-3, mayor de edad argentino, de profesión abogado, con domicilio en calle San Cayetano Rodríguez N 269, Barrio 23 de agosto, localidad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy; en cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera UIF, declaramos bajo juramento que la fuente de los fondos y/o bienes no dinerarios aportados, en ningún caso involucra actividades ilícitas propias o de terceras personas y en todos los casos son fondos propios y por lo ta nto no hemos prestado nuestro nombre para que terceras personas con recursos obtenidos ilícitamente efectúen inversiones a nuestro nombre. Además, en este mismo acto, en igual sentido bajo declaración jurada declaran aceptar el cargo para el que fueron designados y manifiestan que ninguno de ellos, es decir ni el Sr. PEDRO OCTAVIO
FIGUEROA Y NICOLAS MANUEL CORONEL JIMENEZ, son personas políticamente expuestas. En la localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.- ACT. NOT. B-00844261. ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y
SUEIRO TIT. REG. N 79. S. S. DE JUJUY JUJUY.FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 188-DPSC/2024.CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-065-2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Marzo de 2024.VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que el DR. JAVIER GRONDA, en carácter de SOCIO de GAIA DEL MARQUEZ S.R.L. solicita, la INSCRIPCION
DE CESION DE CUOTAS SOCIALES, y, CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: ORDENAR la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Cesión de Cuotas de fecha 26 de octubre de 2023 y Declaraciones juradas de GAIA DEL MARQUEZ S.R.L., cuyas copias obran en autos.
ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
29 ABR. LIQ. Nº 35804 $1.100,00.Contrato de Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 8 del mes de abril del año dos mil veinticuatro. El Socio Único resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal que se regirá por las disposiciones de la Ley nacional N 27.349 y modificatorias "Ley de SAS" y por las siguientes: SOCIO
ÚNICO: JOSÉ LUIS AGUIAR D.N.I. 17846612, con CUIT 20-17846612-8 de nacionalidad argentina, con fecha de nacimiento 08 de junio de 1966, estado civil soltero y con domicilio calle: El Cedro Nº 266 del barrio Perovic de Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de la provincia de Jujuy y domicilio electrónico: josekykproducciones@hotmail.com. I. ESTIPULACIONES: ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y domicilio. La sociedad se denominará: COMERCIALIZADORA DEL NORTE J.L.A. S.A.S. o su abreviatura COM. NTE. S.A.S., con sede en calle El Cedro Nº 266 del barrio Perovic de Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de la provincia de Jujuy, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimientos o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ARTÍCULO SEGUNDO. Duración: El plazo de duración de la sociedad es 30 treinta años aniversario contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión del socio.
ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto social la organización, promoción, producción y realización de espectáculos públicos de diversa índole, incluyendo, pero no limitado a conciertos musicales, obras teatrales, eventos deportivos, festivales culturales, exhibiciones artísticas y cualquier

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha29/04/2024

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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