Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 29 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 48
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EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL PRINCIPAL ADRIAN VASQUEZ, D.N.. 25.297.308, LEGAJO N 13.386, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley Nº 3.758/81 modificado por Decretos N 2.810-G/01 y N 7.482-MS/22.ARTICULO 2º.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del SUB OFICIAL PRINCIPAL ADRIAN VASQUEZ, D.N.I. N 25.297.308, LEGAJO N 13.386, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. n de la Ley 3.759/81.
ARTÍCULO 3º.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 5 0º y concordante de la Ley N 1.886/48.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia, para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12879-E/2023.EXPTE. Nº 1050-492/2023.AGREG. Nº 1090-1145/22 y Nº 1050-429/23.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase por extemporáneo e inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Norma Beatriz Villalva, D.N.I. N 23.581.137, con Patrocinio Letrado de la Abog. Griselda Judith Nolasco, en contra de la Resolución N 3998-E-23 de fecha 06 de febrero de 2023, emitida por el Ministerio de Educación, por los motivos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 2º.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.ARTÍCULO 3º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar a la recurrente lo dispuesto en el presente Decreto.ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12881-E/2023.EXPTE. Nº 1056-26426/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase la solicitud de pago de proporcional de vacaciones correspondiente al periodo 2022, efectuada por el Sr. Oscar Ramón Tapia, D.N.I. N 14.250.841, conforme a los motivos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 2.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12893-MS/2023.EXPTE. Nº 1414-513/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL MAYOR
JOSÉ LUIS CAZÓN, D.N.I. N 23.778.141, Legajo N 13.327, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley Nº 3.758/81 modificado por Decretos N 2.810-G/01 y N 7.482-MS/22.ARTICULO 2º.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del SUB OFICIAL MAYOR JOSÉ LUIS CAZÓN, D.N.I. N 23.778.141, Legajo N 13.327, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. n de Ja Ley 3.759/81.ARTÍCULO 3º.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y concordante de la Ley N 1.886/48.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia, para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12894-MS/2023.EXPTE. Nº 1414-557/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha29/04/2024

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1233

Primera edición10/01/2018

Ultima edición10/07/2024

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