Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 22 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 34
33

por las siguientes cláusulas: PRIMERO: MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL: MARIA DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA y EMILIO
LEONARDO ESPINOSA comparecen como socios de la razon social INDUSTRIAS PLASTICAS ARGENTINAS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA,CUIT Nº30-68735168-8, con domicilio real y legal constituido en la calle Las Heras nº 433,de esta ciudad, según así surge del Contrato constitutivo de fecha nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo el folio 408, Acta N 405, Libro I de S.R.L. el 5 de julio de 1996 y bajo asiento 3, folio 12/18 del Legajo III-I el 5 de julio de 1996 del Registro de Escrituras Mercantiles;
su Modificación de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil cuatro, inscripta en el mencionado Registro bajo Asiento nº 33, Folio 165/167, Legajo VII, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L de esta Provincia; y Reconducción por Escritura publica n 5 del 27/01/2015, autorizada por la Escribana Mariela Verónica Machado, Titular del Registro Notarial n 75, e inscripta bajo Asiento n 32,folio 201/215, legajo XVIII, Tomo II, de marginales del Registro de Escrituras mercantiles de S.R.L. el día 03/06/2015.- SEGUNDO: María de las Mercedes Sadir Espinosa ES HEREDERA DECLARADA en el Juicio Sucesorio de su padre, tramitado en el Expediente C-082.801/17, caratulado SUCESORIO: AB INTESTATO: SADIR, ALFREDO ABUD, en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n 4, Secretaria n 7, según Declaratoria de Herederos de fecha tres de octubre del dos mil diecisiete, que textualmente dice: DRA. MARIA CECILIA FARFAN-Actuaría del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n4, Secretaria n 7 en el Expediente C-082.801/17, caratulado SUCESORIO: AB INTESTATO: SADIR, ALDREDO ABUD, procede a expedir el siguiente: TESTIMONIO//San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre de 2017.-Autos y VistosResulta Considerando Resuelve: 1.- Declarar que por fallecimiento de ALFREDO ABUD
SADIR DNIN 8.303.529, ocurrido en fecha 02 de Enero del 2017, en el Ciudad de San Salvador de Jujuy, Dpto. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, Republica Argentina, en cuanto por derecho hubiere lugar , en las proporciones de ley y sin perjuicios de terceros le sucede su hija: MARIA DE LAS
MERCEDES SADIR ESPINOSA, DNI N41.409.518, a quien se le reconoce la posesión de la herencia en los términos del ARt.2337, 2424; 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación.-II.es COPIA y concuerda legalmente con el original que obra en esta Secretaria a los que me remito en caso de ser necesario Se expide el presente para ser presentado ante las autoridades que lo requieran y/o ante quien corresponda.-Secretaria n 7.- S.S. de Jujuy, 04 de OCTUBRE de 2017-Hay un firma y un sello que dice: Dra.: MARIA CECILIA FARFAN-SECRETARIA-un sello SECRETARIA N 4 CIVIL Y
COMERICAL-TRIBUNALES.- TERCERO: Que la cláusula QUINTA del contrato constitutivo de la razón social.-Dice textualmente QUINTA: En caso de fallecimiento de alguno de los socios que los herederos se incorporan a la sociedad.- Por lo que en consecuencia María de las Mercedes Sadir Espinosa sucede a su padre ALFREDO ABUD SADIR como única heredera, tomando posesión de las cuotas sociales que le correspondieron a su padre en la sociedad y formando parte de la misma.- CUARTO: Que con fecha veintisiete de abril del año 2017, por Escritura publica numero diecisiete, autorizada por la Escribana Mariela Verónica Machado, Titular del Registro Notarial numero setenta y cinco, María de las Mercedes Sadir Espinosa vendió y cedió a favor de Emilio Leonardo Espinosa el 50% de las cuotas sociales que tenia o le pudieran corresponder por ser única heredera, cuya copia se anexa al presente instrumento.QUINTO: CESION DE CUOTAS SOCIALES: Por este acto EMILIO LEONARDO ESPINOSA cede y transfiere a titulo gratuito una cuota social a favor de Gustavo Vequiz con valor nominal de cien pesos cada una y una cuota social a favor de Ariel Martínez con un valor nominal de cien pesos.- SEXTO: Emilio Leonardo Espinosa declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes haciéndose responsable por tal declaración.- SEPITMO: En consecuencia el capital se encuentra integrado de la siguiente manera, modificando la cláusula CUARTA del contrato social queda modificada de la siguiente manera: le corresponde A EMILIO LEONARDO ESPINOSA CIENTO DIEZ COMA CINCO 110,5 CUOTAS SOCIALES DE PESOS CIEN CADA UNA
$100 y a MARIA DE LAS MERCEDES ESPINOSA TREINTA Y SIETE COMA CINCO 37,5 CUOTAS DE CIEN PESOS CADA UNA $100, a GUSTAVO ELIN VEQUIZ una cuota social de pesos cien $100 y a ARIEL ADALBERTO MARTINEZ una cuota social de cien pesos $100 HACIENDO
UN TOTAL DE CIENTO CINCUENTA CUOTAS SOCIALES.- OCTAVO: ADMINISTRACION: Que por Acta Volante n 126 de fecha veintiocho de enero del 2017, y en virtud de acta n 125 de fecha 17/01/2017 por el fallecimiento de Alfredo Abud Sadir, dejan sin efecto el Acta n 124 del 17/04/2012 de distribución de cargos, y resuelven que EMILIO LEONARDO ESPINSA será Gerente de la Sociedad representante legal y encargado de la administración de la misma, ratificando tal situación los socios que se incorporan en este acto GUSTAVO ELIN VEQUIZ Y ARIEL ADALBERTO MARTINEZ .-Quedando en consecuencia modificada la cláusula sexta del contrato constitutivo únicamente en su parte pertinente conservando vigencia todo aquello que no se encuentre modificado por este convenioLa queda redactada de la siguiente manera: CLAUSULA SEXTA: LA ADMISTRACION de la Sociedad estara ejercida únicamente por el socio EMILIO LEONARDO ESPINOSA quien revestirá el cargo de socio gerente, ejercitando la representación legal.-Desempeñara su funcion durante el plazo de duracion de la sociedad NOVENO: DECLARAN BAJO JURAMENTO de decir verdad que: a tienen el domicilio legal de la sociedad en calle Las Heras N 433, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy siendo la sede social donde funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades.;bel correo electrónico de la sociedad es ipasrl@arnetbiz.com.ar;c Que no se encuentran incluidos en la nomina de Personas Políticamente Expuestas en cumplimiento con lo establecido por la Resolución de la U.I.F. N 11/2011.- DECIMO:
Autorizan a la Escribana Mariela Verónica Machado, Titular del Registro Notarial numero setenta y cinco, y a la Escribana María Laura Fernández Ríos, Adscripta a al Registro Notarial n 75, y la Dra. Adriana Beatriz Rivera, MP N 1642 para que en forma conjunta, separada e indistintamente puedan realizar todas las diligencias y tramites necesarios para la inscripción del presente instrumento.- DECIMO PRIMERO las partes se someten a los tribunales ordinarios de la provincia de Jujuy, renunciando a cualquier otra jurisdicción, constituyendo domicilio en el mencionado supra.- En prueba de total conformidad y aceptación las partes suscriben cuatro ejemplares de un mismo tenor y efecto en San Salvador de Jujuy, el día.- ACT. NOT. Nº B 00396979ESC. MARIELA VERONICA MACHADOTIT. REG. Nº 75- S.S. DE JUJUY.RESOLUCION Nº 102-DPSC-2024- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-636-2022- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 16 de febrero de 2024.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
22 MAR. LIQ. Nº 35375 $1.100,00.MODIFICACION CONTRATO SOCIAL INDUSTRIAS PLASTICAS ARGENTINAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- Entre MARIA
DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA; DNI N 41.409.518,nacida el día 23/03/1998, soltera, estudiante, hija de Alfredo Abud Sadir y María de las Mercedes Espinosa, domiciliada en calle Las Heras n 431,Barrio San Padrito de esta Ciudad; EMILIO LEONARDO ESPINOSA, DNI N 16.032.095,CUIT
N 20-16032095-9, casado en primeras nupcias con ADRIANA BEATRIZ RIVERA, comerciante, nacido el día 06/11/1962 domiciliado realmente en calle Pachi Gorriti n 1012, Barrio Almirante Brown, y fiscalmente en calle Las Heras n 433; GUSTAVO ELIN VEQUIZ, DNI N 22.537.845, soltero, nacido el día 31/12/1971, empleado, domiciliado en calle Pedro Aramburu n 374, argentino, mayor de edad; y ARIEL ADALBERTO MARTINEZ, DNI N
16.303.719, divorciado, nacido el dia 15/0/1962, domiciliado en lote 2, manzana 4, 110 Viviendas Alto Comedero, empleado, argentino, mayor de edad, deciden celebrar el presente acuerdo DENOMINADO DISTRACTO, MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL Y CESION DE CUOTAS
SOCIALES que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERO: MARIA DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA, EMILIO LEONARDO ESPINOSA
comparecen como socios de la razón social INDUSTRIAS PLASTICAS ARGENTINAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,CUIT
Nº 30-68735168-8, con domicilio real y legal constituido en la calle Las Heras nº 433,de esta ciudad, según así surge del Contrato constitutivo de fecha nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo el folio 408, Acta N 405, Libro I de S.R.L. el 5 de julio de 1996 y bajo asiento 3, folio 12/18 del Legajo III-I el 5 de julio de 1996 del Registro de Escrituras Mercantiles; su Modificación de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil cuatro, inscripta en el mencionado Registro bajo Asiento nº 33, Folio 165/167, Legajo VII, de Marginales del Registro de Escrituras

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/03/2024

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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