Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 20 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 33
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DECRETO Nº 300-JG/2024.EXPTE. Nº .SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Encárguese la cartera de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el periodo comprendido desde el 29 de febrero hasta el 11 de marzo de 2024 inclusive, al Sr. Secretario de Administración y Coordinación: C.P.N. JOSÉ MARÍA TORINO, DNI N 26.793.613.ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO N 308-MS/2024.EXPTE. N 1415-200/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 MAR. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase á situación de Disponibilidad del AYUDANTE DE 1ra ELBIO
SALVADOR CRUZ, D.N.I. N 24.653.743, Credencial N 9251, de acuerdo a la disposición del artículo 47 inc. 1 Decreto Ley N 20-G/71 modificado por Decreto N 4.436-G/01.ARTICULO 2.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del AYUDANTE DE 1ra ELBIO SALVADOR CRUZ, D.N.I. N 24.653.743, Credencial N 925, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 49, 92 inc. c 94 y 95 inc. c del Decreto Ley N 20-G/71 modificado por Decreto N 4.436-G/01, concordante con el artículo 14 inc. n de la Ley 3.759/81.ARTICULO 3.- Por Servicio Penitenciario de Jujuy notifíquese al funcionario con al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de 1.886/48.ARTICULO 4.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Servicio Penitenciario de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 309-JG/2024.EXPTE. Nº 200-66/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 MAR. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto, a partir del 11 de diciembre de 2023, la designación del Geólogo MIGUEL MAURICIO SOLER, D.N.I. N 22.890.055
en el cargo de SubSecretario de Gestión de la Gobernación, dependiente de la Secretaría de Gestión de la Gobernación, dispuesto por Decreto N 150-JG2023, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Oficina Anticorrupción y Secretaria de Gestión de la Gobernación para conocimiento. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 315-JG/2024.EXPTE. Nº 200-69/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 MAR. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Desígnense, a partir del 11 de diciembre de 2023, a los funcionarios dependientes del Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, que seguidamente se nominan, en los cargos que en cada caso se indica:
1.
2.

Licenciada en Comunicación Institucional MARÍA BELÉN PERDOMENICO, D.N.I. N 26.232.789, Directora Provincial del Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes;
Contador Público FEDERICO DANIEL ELEIT, D.N.I. N 27.110.467, Coordinador General de la Fiesta Nacional de los Estudiantes.

ARTICULO 2º.- Déjese establecido que la remuneración del Coordinador General de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, será equivalente a la de Director Provincial del Poder Ejecutivo.ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Oficina Anticorrupción y al Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes para conocimiento. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha20/03/2024

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones1246

Primera edición10/01/2018

Ultima edición07/08/2024

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