Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 15 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 31
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administradores y síndicos en su caso; c al pago de dividendos a las acciones preferidas en su caso; y d el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción a su participación en el capital social, respetando, en su caso, los derechos de las acciones preferidas. CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.- Producida la disolución de la sociedad, la liquidación será practicada por el o los administradores actuando a estos efectos conforme lo establecido en el artículo SÉPTIMO del presente. Cancelado el pasivo, y reembolsado el capital respetando el derecho de las acciones preferidas en su caso, el remanente, si lo hubiera, se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado.- CLAUSULA DECIMO TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. FUERO APLICABLE: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en materia comercial con sede en la Ciudad de San Salvador de Jujuy. - CLAUSULA DECIMO CUARTA: DE FORMA. - Bajo las cláusulas que anteceden, se deja constituida la sociedad A-BIO
CONSULTORA S.A.S.. Disposiciones Transitorias: aSede Social: Se establece la sede social en: Calle Independencia Nº 970 de la ciudad de San Salvador de Jujuy de la Provincia de Jujuy, donde funciona la Administración y Dirección de las actividades de la empresa. bSuscripción e Integración del Capital Social: La socia CARLA NATALIA MICHEL, suscribe el cincuenta por ciento 50% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle, Pesos Quinientos Mil $ 500.000,00 representado por Quinientas 500 Acciones Ordinarias Escriturales de Pesos Un Mil $1.000,00 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; el Socio RICARDO LUIS JARAMILLO, suscribe el cincuenta por ciento 50% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle, Pesos Quinientos Mil $ 500.000,00 representado por Quinientas 500 Acciones Ordinarias Escriturales de Pesos Un Mil $1.000,00 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un Veinticinco Por Ciento 25% en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito del Banco Macro Sucursal Tribunales, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social, esto es el setenta y cinco por ciento 75% en dinero en efectivo, dentro del plazo máximo de Dos 2 años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. cDesignación de Administrador Titular: Designar Administradores Titulares a: CARLA NATALIA MICHEL, argentina, Documento Nacional de Identidad N
35.036.334, CUIL N 27-35036334-9 nacida el 01/02/1990, de profesión Abogada; de estado civil casada; con domicilio real en calle Catamarca N 326 del B 9 de Julio de la ciudad de Palpalá de la Provincia de Jujuy y el señor RICARDO LUIS JARAMILLO, argentino, Documento Nacional de Identidad N
30.828.854, CUIL N 20-30828854-5 nacido el 03/04/1984, de profesión Ingeniero en Recursos Naturales y Medioambiente; de estado civil soltero; con domicilio real en calle Florida Nº 79 B San Martin de la ciudad de San Salvador de Jujuy de la Provincia de Jujuy, quienes ejercerán la Representación Legal y Administrativa de la S.A.S. Aceptación de Cargos: La representación legal de la sociedad será ejercida por el/los administradores designados, los administradores aceptan el cargo para el que han sido designados, firmando el presente en prueba de conformidad y constituyen domicilio especial en la sede social y manifiestan con forma y efecto de declaración jurada que NO se encuentran afectados por inhabilidad o incompatibilidad legal o reglamentaria para ocupar el cargo conferido. dDeclaraciones JuradasUnidad de Información Financiera: Ambos Administradores, manifiestan con forma y efecto de Declaración Jurada, que NO son Personas Políticamente Expuestas de conformidad con lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera, Resolución U.I.F. Nº 11/2.011 y modificatorias, las que han leído y suscriben en este acto, por ante mí. eDirección de Correo Electrónico: Se denuncia que toda notificación debe efectuarse al correo electrónico: abioconsultora@gmail.com. fDeclaración Jurada de Beneficiario Final: En virtud de la normativa vigente sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la Sra. CARLA NATALIA MICHEL manifiesta en carácter de Declaración Jurada que reviste el carácter de Beneficiario Final de la presente persona jurídica en un porcentaje del Cincuenta por ciento 50% y el Sr.
Ricardo Luis Jaramillo manifiesta en carácter de Declaración Jurada que reviste el carácter de Beneficiario Final de la presente persona jurídica en un porcentaje del Cincuenta por ciento 50%.- En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 20 días del mes de febrero de 2024.- ACT. NOT. Nº B 00845199. ESC. PABLO ESTEBAN SARAVIATIT. REG. Nº 87- S.S. DE
JUJUYJUJUY.FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 146-DPSC/2024.CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-061-2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de marzo de 2024.VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que la SRA. CARLA NATALIA MICHEL, en carácter de SOCIA ADMINISTRADORA TITULAR de A-BIO
CONSULTORA S.A.S., solicita, la INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD
y, CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: ORDENAR, la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato Constitutivo de fecha 20 de febrero de 2024 de A-BIO
CONSULTORA S.A.S., cuyas copias obran en autos.
ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
15 MAR. LIQ. Nº 35339 $1.700,00.-

Contrato De Sociedad De Responsabilidad Limitada. Entre el Sr. LARRAUX GUSTAVO ADOLFO, de treinta y nueve años de edad, estado civil divorciado, argentino, de profesión comerciante, D.N.I. 30.669.918, y domiciliado en calle Nicolás Lamas - Casa Nº 6 de la ciudad de Perico, departamento El Carmen, de la provincia de Jujuy; y la Sra. LARRAUX MACARENA, de treinta y siete años de edad, estado civil soltera, argentina, de profesión comerciante, D.N.I.
31.948.336, domiciliada en calle Entre Ríos N 891, Centro, de la ciudad de Salta, departamento Capital, de la provincia de Salta; deciden constituir una sociedad de responsabilidad limitada sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: DOMICILIO Y OBJETO. La Sociedad de Responsabilidad Limitada se denominará GUMA S.R.L., y tendrá su domicilio social en calle Nicolás Lamas - Casa Nº 6 de la ciudad de Perico, departamento El Carmen, de la provincia de Jujuy; y tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y /o de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades: AGRICOLA:
explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, del cultivo de la caña de azúcar, incorporación y recuperación de tierras áridas, renovación y adquisición de equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección, preparación y puesta en el mercado de cosechas de azúcar, la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas relacionados, así como la compra, venta, distribución, importación, exportación y explotación de todas las materias primas y productos terminados derivadas de la actividad agrícola cañera; pudiendo a tal efecto comprar, vender, exportar, importar y/o dar en locación mercaderías y bienes muebles en general, patentes de invención, marcas; pudiendo otorgar y recibir

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha15/03/2024

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones1231

Primera edición10/01/2018

Ultima edición05/07/2024

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