Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 26/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 26 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 23
8

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas. ARTICULO 5º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y siga a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Inmuebles. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBÉN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 8262S2023.EXP.Nº 761-36130/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por designado, a partir de-1 01 de septiembre del 2022, al Abogado Federico Ezequiel Vidal Montaldi, D.N.I. N 32.781.938, en el cargo de Asesor Legal del Instituto de Seguros dé Jujuy, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2º.- Téngase por concedida. al Abogado Federico Ezequiel Vidal Montaldi, D.N.I. N 32.781_938. Licencia sin Goce de Haberes en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional -- Ley N4413, del Instituto de Seguros de Jujuy, mientras se desempeñe en el cargo individualizado en el artículo 1.ARTICULO 3º.- Regístrese. Tornen Razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y a la Oficina Anticorrupción de la Provincia de Jujuy. Cumplido Vuelva al Ministerio .de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBÉN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8282-HF/2023.EXPTE. N 513-791/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase la promoción de la señora NILDA ESTER ROBLES, CUIL Nº 27-12005883-0, agente dependiente de la Dirección Provincial de Rentas, al cargo Categoría 24 Escalafón General Ley 3161/74 a partir del 01 de Enero de 2023, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la Partida de Gastos en Pers onal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6325-Ejercicio para la U. de O.: "C3F"-Dirección Provincial de Rentas-, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro-denominada 11-1-1-1-60"Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instruyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3 Anexo del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N3161/74, modificada por la Ley N 5748.ARTICULO 4.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, luego pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Pr ovincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Rentas, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8303-DEyP/2023.EXPTE. Nº 660-05/23.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorícese al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a destinar el cien por ciento 100% de los fondos recuperados de los créditos otorgados mediante la línea Empoderadas, para gastos que demande la cartera ministerial, en forma retroactiva al 1º de enero de 2.023.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo Económico y Producción, y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas, cumplido vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8936-S/2023.EXPTE. N 714-3326/21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rechazase la solicitud del adicional por Título de Posgrado efectuada por el Odontólogo Eduardo Geronimo Huertas, CUIL 2033999858-3, cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley -Nº 4418, de carácter interino de la. U. de O. R5-01-02 Hospital "Pablo Soria", de conformidad a lo expresado en el exordio.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 26/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha26/02/2024

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones1235

Primera edición10/01/2018

Ultima edición17/07/2024

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