Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 23 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 22
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ARTICULO 1º.- Ténganse por aprobados y por cumplidos los Contratos de Locación de Servicios celebrados entre el Ministerio de Desarrollo Hu mano, representado por su titular, doña Natalia Silvina SARAPURA, y, los agentes Romina Fernanda ANDRADA, C.U.I.L. N 24- 32548876-6, Categoría A1+33% del Escalafón Profesional - Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; Gisela Verónica AQUINO SEGOVIA, C.U.I.L. N 23-27232112-4, Categoría A-1+33% del Escalafón Profesional - Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01
de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; Romina Estefanía AVILA CARRERAS, C.U.I.L. N 27-28804285-9 Categoría A-1/del Escalafón Profesional - Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; Lourdes Silvina CALIZAYA, C.U.I.L.
N 27-20455824-3, Categoría A-1 del Escalafón Profesional - Ley Nº 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; Elizabeth CONDORI, C.ULL. N 27-31398534-8, Categoría A-1+33% del Escalafón Profesional Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; Tania Mariela FLORES, C.U.I.L. N 27-25798265-9. Categoría A-1+33% del Escalafón Profesional Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; María Belén GUZMAN, C.U.I.L. N 23-332560344, Categoría A-l del Escalafón Profesional - Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; y, Sergio Andrés BELTRAN, C.U.I.L. N 20- 25458116-0, Categoría A-1+33% del Escalafón Profesional - Ley N 4413/88, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2.019 al 31 de diciembre de 2.019; en los términos y funciones que se consignan en los actos administrativos obrantes a fs. 152/159 de autos y de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el Artículo precedente se imputó a la partida presupuestaria que a continuación se detalla: Ejercicio 2019: Jurisdicción "S" Ministerio de Desarrollo Humano - U. de O. 1 Ministerio de Desarrollo Humano - Partida U. de O. S 1 FF 1 7 1 1 1 2 1 9 Personal Contratado.ARTICULO 3º.- Previa Toma de Razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y a Dirección Provincial de Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano y archívese.Alejandra Martínez Ministro de Desarrollo Humano
LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02/2023
EXPEDIENTE Nº: 761-S-19263-2023
OBJETO DEL LLAMADO:
CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA.DESTINO: CASA CENTRAL INCLUYE ANEXO LAVALLE / BANCO DE DROGAS, DEPOSITO ALTE. BROWN Y DELEGACIONES DE CAPITAL
E INTERIOR.APERTURA DE SOBRES: FECHA: 20/03/2024- HORA: 10,00
PRESUPUESTO OFICIAL: TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON
05/100 CTVS. $397.104.986,05.PLIEGO E INFORMES: DIVISION COMPRAS, INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUYAlvear 745, San Salvador de JujuyTodos los días hábiles de 7:30 a 13:30 horas. Tel. /Fax: 0388- 4221248- interno 121.VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIEN MIL $100.000,00.VENTA DEL PLIEGO: Los Pliegos de Bases y Condiciones serán entregados por División Compras a los interesados, contra la presentación del comprobante de ingreso expedido por Tesorería del Instituto de Seguros de Jujuy.Las ofertas se admitirán hasta una hora antes del día y hora fijados para la apertura del acto. Las mismas deberán ser presentadas únicamente por Mesa de Entradas del Instituto de Seguros de Jujuy, sito en calle Alvear N 745 - S. S. de Jujuy, no se admitirán ofertas que se hayan presentado en otra dependencia del Instituto de Seguros de Jujuy.- En la Provincia de Jujuy rige la Ley 5185 DE COMPRE JUJEÑO.19/21/23 FEB. 34946 $2.400,00.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS
CONTRATO CONSTITUTIVO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- En la Ciudad de S.S. de JUJUY, a los dieciocho18 días del mes de Diciembre del año 2023, reunidos los Sres. SARAHI RODRIGUEZ FERNADEZ, cubana, de 38 años de edad, nacida el 06 de Marzo del año 1985, D.N.I.
96.119.053, de estado civil soltera, con domicilio en calle Libertad N 844 del B Ciudad de Nieva, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, JUAN ANTONIO
RODRIGUEZ FERNANDEZ, argentino naturalizado, de 37 años de edad, nacido el 06 de Mayo del año 1986, D.N.I. N 19.094.233, estado civil casado en primeras nupcias con María Emilia Yarade, de profesión Empresario, con domicilio en Libertad N 844, del B Ciudad de Nieva, de la ciudad de San Salvador de Jujuy y ALEXEY SESTAYO LOPEZ, cubano, de 43 años de edad, nacido el 21 de Enero del año 1980, D.N.I. para extranjeros N 96.071.920, de estado civil casado con Yaneiliz Ramos Fernández, de profesión comerciante, con domicilio en Belgrano N 1270, Barrio Centro, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, ambos personas hábiles para contratar, resuelven constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas particulares y lo dispuesto en la Ley N 19.550 de Sociedades Comerciales: CLAUSULA PRIMERA: DENOMINACION Y DOMICILIO. La sociedad girara bajo la denominación LOS CANEYES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, bajo la jurisdicción de la provincia de Jujuy, pudiendo establecerse sucursales, agencias y todo tipo de establecimiento en cualquier lugar del país y del extranjero.- La sede social de la empresa se establece en la calle Belgrano N860, B Centro, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. En dicha sede social funcionara efectivamente el centro principal de la Dirección y Administración de las actividades de la sociedad.- CLAUSULA SEGUNDA: DURACION. El plazo de duración de esta sociedad se estipula en NOVENTA Y NUEVE 99 AÑOS a contar desde su inscripción en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, pudiendo prorrogarse este plazo por iguales periodos siempre que no se resolviere su disolución por voluntad unánime de sus socios.- CLAUSULA TERCERA:
OBJETO SOCIAL.- La sociedad tendrá por objeto el Desarrollo de actividades gastronómicas en toda su extensión, en locales propios y/o de terceros con o sin delivery, fabricación, elaboración, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos o mercaderías vinculadas o conexas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha23/02/2024

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1229

Primera edición10/01/2018

Ultima edición01/07/2024

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