Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 31/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 31 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 13
23

GOBERNADOR
DECRETO Nº 12639-S/2023.EXPTE. Nº 742-25/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes a la Señora Laura Angélica Vásquez, CUIL 27-25075352-2, en el cargo categoría 7 c4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74 de la Unidad de Organización R6-01-26 Hospital de Susques, a partir del 10 de diciembre de 2021 y mientras duren sus funciones de Mayor Jerarquía, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Señora Nadia del Milagro Guzmán Urbano, CUIL 27-34273374-9, en el cargo categoría 4 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la Unidad de Organización R6-01-26 Hospital de Susques, a partir del 03 de enero de 2022 y mientras dure la Licencia sin goce de haberes de la titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3º.- La erogación emergente del artículo precedente se atenderá con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023 - Ley 6325:
Ejercicios 2023:
La partida Gasto en Personal, asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-1-26 Hospital Susques. Ejercicios Anteriores:
Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26 Para pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondientes a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública.ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12640-S/2023.EXPTE. Nº 761-13278/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase al Sr. Rivero, Luis Alberto, CUIL N 20-12346826-1 al cargo categoría 24, Agrupamiento Administrativo, Escalafón General, Ley N 3161/74, personal de planta permanente del instituto de Seguros de Jujuy, a partir del 1º de enero de 2023, en el marco de lo dispuesto por la Ley N
5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la partida prevista en el presupuesto vigente que a continuación se indica:
EJERCICIO 2023
TOTAL EROGACIONES
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Erogaciones Corrientes Personal 1.- Planta Permanente
$ 1.655.403.436
$ 1.244.248.244

ARTÍCULO 3º.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del articulo 3. Anexo I y del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100
bis de la Ley Nº 3161/74 modificada por Ley N 5748.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12649-MS/2023.EXPTE. Nº 1414-464/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modifíquese el artículo 2º del Decreto N 2.139-MS/20, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2º.- Dispónese, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el Retiro Obligatorio por Invalidez del CABO MELISSA
NATALIA BORDA VELASQUEZ, D.N.I. N 18.832.784, Legajo N 16.238, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. k concordante con el artículo 22º inc. b de la Ley Nº 3.759/81".ARTICULO 2º.- Por Intermedio de la Unidad de Control Previsional dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, procédase a la regularización de los haberes del administrado, conforme lo dispuesto por la manda judicial.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 31/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha31/01/2024

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones1243

Primera edición10/01/2018

Ultima edición31/07/2024

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