Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 22 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 130

Electrónicamente: Dra. Recchiuto Carmen AndreaProsecretario Técnico del Juzgado.- Publíquese por tres 3 veces en cinco 5 en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 23 de octubre de 2023.22/24/27 NOV. LIQ. Nº 34254 $1.650,00.El Dr. Sergio Marcelo Jenefes Juez en Sala IVocalía 1 Suprema Corte de Justicia, en el expediente CF-19586/2023, caratulado: RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTO EN D-028535/2019 Cámara en lo Civil y ComercialSala IVVocalía 12 DAÑOS Y PERJUICIOS:
ARGOTA, MICAELA LOURDES c/ ABRAHAM, RUBEN ORLANDO y AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, notifica a ABRAHAM, RUBEN ORLANDO, DNI 13.489.570, de la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy. Téngase por presentado al Dr.
Jorge F. Toril en nombre y representación de Micaela L. Argota, a merito del poder obrante en autos, por parte, por constituido domicilio legal y por deducido recurso de inconstitucionalidad Del recurso deducido, córrase traslado por el término de QUINCE DÍAS al Sr. Rubén O. Abraham en el domicilio denunciado en autos principales Atento a lo informado por secretaria una vez que los presentes autos se encuentren en el mismo estado que el recurso CF19580/23 acumulasen. Notifíquese por cédula.- Firmado Electrónicamente, por Jenefes, Sergio MarceloJuez de la Suprema Corte de JusticiaDi Pietro, MauroSecretario de Primera Instancia el 10-08-2023.22/24/27 NOV. LIQ. Nº 34463 $1.650,00.El Dr/a. Juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II - Vocalía 6, en el expediente C-175766/2021, caratulado: Escrituración: GOMEZ, EDGARDO
HUGO y MARTINEZ, GRACIELA JULIA c/ ALVAREZ PRADO, MARIA DOLORES y otros, notifica de la providencia que a continuación se transcribe: La Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II - Vocalía Nº 6 de la Provincia de Jujuy, ha ordenado los siguientes Decretos: San Salvador de Jujuy, 17
de Octubre de 2.022.- San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre de 2.022.- Atento el informe actuarial que antecede, y lo solicitado por el Dr. Christian Fernando López, dése por decaído el derecho a contestar demanda a los Sres. MARIA DOLORES ALVAREZ PRADO; LAURA ALVAREZ PRADO de BARNI; JOSE
ALBERTO ITURBE; CARLOS NORBERTO HELGUERA; ELVIRA HELGUERA de CASANOVA; ANIBAL ROBERTO HELGUERA; MARIA
ANGELICA TANCO de ARNEDO; LEONOR ALICIA TANCO de MEDINA; LIDIA HAYDEE TANCO de BUSSIGNIANI; J UAN CARLOS TANCO;
SARA ROSA TANCO de LOPEZ; MIRTA GLADIS TANCO de PREUSSE; EDUARDO JOSE TANCO; MARY HAYDE ALVAREZ PRADO; JORGE
RAUL EDMUNDO ALVAREZ PRADO; NELIDA BEATRIZ ALVAREZ PRADO y MARIO CESAR RAMIRO ALVAREZ PRADO, conforme las previsiones del Art. 298 del C.P.C., segundo apartado. Firme, se designará al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. Adjunte las correspondientes diligencias. Notifíquese por cédula." Fdo. Dra. Ana María del Huerto Sapag, Juez, ante mi, Dra. Ana Victoria Acosta, firma habilitada - "San Salvador de Jujuy, 29 de septiembre de 2023.- 2.1 -Proveyendo el escrito N 638235, téngase por presentado al Dr. JORGE RAFAEL ABUD, Defensor Oficial Civil, en representación de la Sra. LILIANA URQUIOLA. Atento lo manifestado por el letrado y las medidas saneadoras peticionadas, siendo el domicilio de dicha demandada ignorado, publíquense edictos en el diario local de mayor circulación y Boletín Oficial por tres veces en cinco días de la providencia de fecha 12/04/21. Mediando el principio de colaboración, deberá el letrado confeccionar las diligencias Art. 50 y 72 del C.P.C.. Fdo. Dra. Ana María del Huerto Sapag, Juez, ante mi, Dra. María Cecilia Farfán, Secretaria.- Publíquese Edictos en el Diario de Mayor Circulación y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.22/24/27 NOV. LIQ. Nº 34486 $1.650,00.El Tribunal Criminal Nº 1 Vocalía 3 de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. ANTONELA SOLEDAD LUPO DNI Nº 34526766 que en el Expediente Nº 3994/21, caratulado: MANSILLA FABIAN EDUARDO CRISTIAN S.A. LESIONES LEVES CALIFICADAS POR LA CONDICION DE LA
VICTIMA Y VIOLENCIA DE GENERO DOS HECHOS Y AMENAZAS, SEGUIDO DE EVASION EN GRADO DE TENTATIVA Y LESIONES EN
CONCURSO REAL Y EVASION EN GRADO DE TENTATIVA Y LESIONES LEVES AGRAVADAS DE UN MIEMBRO DE LAS FUERZAS DE
SEGURIDAD PUBLICA, POLICIALES O PENITENCIARIAS POR SU FUNCION, CARGO O CONDICION CIUDAD se ha dictado la siguiente Resolución: En San Salvador de Jujuy, a los 29 días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós FALLA: I.- ADMITIR la aplicación en la presente causa del procedimientojuicio abreviado inicialprevisto en el art. 385 del C.P.P, Ley 5623.- II.- CONDENAR a FABIAN EDUARDO CRISTIAN, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de TREINTA Y SEIS 36 MESES DE PRISION DE EJECUCION CONDICIONAL, y las costas del juicio artículo 29, inciso 3, del Código Penal, y 436 del Código Procesal Penal, por resultar autor penalmente responsable del delito de LESIONES LEVES
CALIFICADAS POR LA CONDICION DE LA VICTIMA Y VIOLENCIA DE GENERO DOS HECHOS Y AMENAZAS, como autor penalmente responsable en los términos de los Art. 92 en función del art. 89 y 80 inc. 1º y 11º, art. 149 bis 1º párrafo 1º supuesto con forme art. 55 del Código Penal, imputándosele tales delitos en perjuicio de Antonella Soledad Lupo, Y LESIONES LEVES AGRAVADAS DE UN MIEMBRO DE LAS FUERZAS D E
SEGURIDAD PUBLICA, POLICIALES O PENITENCIARIAS POR SU FUNCION, CARGO O CONDICION previstos en el. Art. 92 en función del Art. 89
y 80 inc. 8 del Código Penal en perjuicio de Guanuco, Armando Daniel y EVASION EN GRADO DE TENTATIVA TODO ELLO EN CONCURSO RE AL, previsto en el Art. 280 en función del Art. 42 conforme el Art. 55 del Código Penal.- III.-DISPONER el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por parte del condenado FABIAN EDUARDO CRISTIAN MANSILLA, por el término que dure la condena: Prohibición de acercamiento a la Sra. ANTONELA
SOLEDAD LUPO a menos de 500 metros de su domicilio y/o en el lugar en que la misma se encuentre durante el plazo que dure la condena: 1 Abstención de ejercer actos de violencia en cualquiera de su tipo física, sexual, psíquica, social, económica, etc. y/o actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico: llamadas, mensajes, WhatsApp, redes sociales: Facebook, Instagram, Twitter en contra de la Sra. ANTONELA SOLEDAD LUPO mientras dure la condena. 2 Asistir y Acreditar, la realización de un curso sobre violencia de Género hacia las mujeres en Institución Pública y/o ONG especializada en la problemática. 3 Asistir y Acreditar cada 15 quince días, el inicio y sostenimiento de proceso terapéutico por sus condu ctas violentas, durante el tiempo que dure la condena salvo que el/la profesional mediante informe correspondiente de cuenta de que se han cumplido los objetivos terapéuticos. 4 Firmar cada quince 15 días el libro de cauciones que a tal efecto lleva la Fiscalía Especializada en Violencia de Género durante el plazo de la condena. 5 Adjudicación del botón antipánico a la Sra. ANTONELA SOLEDAD LUPO. Todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 27 bis, último párrafo del Código Penal de la Nación y disponiendo su cumplimiento y efectivización una vez quede firme la Sentencia y se remitan los autos de referencia al Juzgado de Ejecución de la Pena. IV.- REGULAR los honorarios profesionales al Dr. Ricardo José Arese Ottaviano en la suma de pesos ciento treinta y ocho mil novecientos sesenta $138.960 a cargo de su asistido, conforme lo dispuesto en los considerandos de la presente y por los arts. 549, 552 y cctes. del C.P.
Penal y arts.1, 13, 20, 26 y ccts. de la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy Nº 11/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Consejo Nacional del empleo, la productividad y el salario mínimo vital y móvil.- V.- HACER COMPARECER a la víctima y/o su representante legal a los fines dispuestos en el Art.11 bis de la Ley Nacional Nº 24660 y sus modificatorias Ley 27375; Ley 27372 y Ley 26485.- VI.- ADJUDICAR el botón antipánico a la Sra. ANTONELA SOLEDAD LUPO por el tiempo que dure la condena. - VII.- NOTIFIQUESE, ofíciese, regístrese, y comuníquese. Fdo.: Dr. Luciano Elio YapuraJuez-; Dra. Felicia Ester BarriosJuezDra. María Alejandra Tolaba -Juez, Ante Mí: Esc. María Emilia ChazarretaProsecretaria.- Publíquese por EDICTOS en Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San salvador de Jujuy, 14 de noviembre de 2023.22/24/27 NOV. S/C.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/11/2023

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1233

Primera edición10/01/2018

Ultima edición10/07/2024

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