Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/7/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 10 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 76

De Acuerdo a la Resolución N 251-SBDS/2023- Expte. Nº 1102-081-2023.- El Sr. TOLEDO RAMON JOSE, pone a disposición de los interesados y sociedad en general, el Plan de Manejo de Bosques Nativos con Ganadería Integrada que comprende 229,86 Has para el predio perteneciente al Sr. Ramón Toledo D.N.I: N 26.963.993, denominado Finca: Gauchito Gil, individualizado como Fracción en Lote Fiscal N 4, Localidad de Palma Sola, Municipio:
Palma Sola. Depto: Dr. Santa Bárbara de la Provincia de Jujuy, cuya superficie total es 229,86 Has en Cat. I y II, todo conforme a lo previsto en el Decreto N
5063/98. El proyecto se encuentra en el Ministerio de Ambiente calle Republica de Siria N 149. En Expte N: 1102-117-Ll-2021.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.05/07/10 JUL. LIQ. Nº 32946 $1.650,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7- Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a JUSTO
EDUARDO ROMERO D.N.I. N 23.072.009, que en el Expte. Nº B-224395/10 caratulado: Ejecutivo: CARSA S. A. c/ ROMERO JUSTO EDUARDO, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 11 de Junio del 2.020: Autos y VistosResulta Considerando Resuelve: 1º Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de JUSTO EDUARDO ROMERO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOS MIL OCHENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS $2.081,64, con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora 10/05/08 y hasta su efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere.-II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales, conforme lo considerado.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.-V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.-VI.- Notificar por cédula a las partes, por Edicto y en lo sucesivo por Ministerio Ley.-VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal - Juez - Ante Mí: Dr. Mauro Di PietroSecretario.- Publíquense por Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 09 de junio de 2021.07/10/12 JUL. LIQ. Nº 33005 $1.650,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7- Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº B-083680/17 caratulado: Ejecutivo: CARSA S. A. c/ BURGOS
JORGE RAUL NAHUEL, se hace saber al demando BURGOS JORGE RAUL NAHUEL la siguiente Providencia que a continuación se transcribe San Salvador de Jujuy, 03 de Febrero del 2020: Autos y Vistos Resulta Considerando Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. BURGOS JORGE RAUL NAHUEL, a mérito de las facultades conferida a fs.65.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A., en contra de BURGOS JORGE RAUL NAHUEL, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA y SIETE con 65/1 00 $12.247,65, con más las costas del Juicio y el interés a la TASA ACTIVA cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago mas un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Regular los honorarios de la Dra. ANALIA E. ALMAZAN en la suma de PESOS: TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA y CINCO $3.375, conforme lo dispuesto por el Art.35 de la ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido; suma, ésta, calculada a la fecha de la presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a TASA ACTIVA cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, con más I.V.A. si correspondiere.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.-VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal - Juez - Ante Mí: Dra.
Sandra Mónica TorresSecretaria Por Habilitación. Publíquense edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art 162 del CPC por tres veces en cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos.- San Salvador de Jujuy, 12 de abril de 2.021.07/10/12 JUL. LIQ. Nº 33006 $1.650,00.Por la presente se hace saber que en el Expte. Nº D-024057/2018 caratulado: "Ejecutivo: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO
SUCRED S.A. c/ JUAREZ, CAROLINA" el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 15, del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, ha dictado la siguiente providencia: San Pedro de Jujuy, 07 de diciembre de 2022. I.- Atento las constancias de autos y lo solicitado en el escrito digital N 505806, notifíquese por edictos a la demandada Sra. CAROLINA JUAREZ DNI. Nº 30.828.965, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 15, se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., intímese al accionado a depositar la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y CUATRO
CENTAVOS $34.334,44, que se reclaman por capital, con más la suma de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON VEINTIDOS
CENTAVOS $17.167,22 para acrecidas legales. II.- Asimismo, cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaría, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III.-Por el mismo término intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. IV.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- V.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y publíquense edictos art. 154 del C.P.C..- VI.Hágase saber al letrado que se encuentran disponibles en el Sistema Integral de Gestión Judicial las diligencias correspondientes, debiendo el mismo proceder a su impresión y posterior diligenciamiento. VII.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Matías Leonardo NietoJuezAnte mí: Dra. Moriana Abraham MirandaSecretaria Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 07 de Diciembre de 2022- Ante Mí: Dra. Moriana Abraham Miranda-Secretaria.07/10/12 JUL. LIQ. Nº 33007 $1.650,00.Dr. Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el Expte. C-210244/22, caratulado: Ejecutivo COLMENARES MIGUEL ANGEL c/ OVEJERO ALDO DANIEL, a los fines pertinentes se procede a notificar por este medio al Sr. OVEJERO ALDO
DANIEL DNI No 22.583.030 de los siguientes decretos: Decreto de fecha 10/05/23:"San Salvador de Jujuy 10 de Mayo de 2023.1. -2.- Atento a lo solicitado por el Dr. Cristian Ariel Ugarte y la constancia de autos, líbrese Edictos a fin de notificar al Sr. Ovejero Aldo Daniel el proveído de fecha 27/10/2022 y el presente decreto, debiéndose publicar en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días. Se hace saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir del Décimo Día de la última publicación, conforme lo establecido por el Art. 162 del C.P.C.- 3.- 4.- Notifíquese Art. 155
del C.P.C.- Firmado: Dr. Diego Armando PucaJuez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz-Secretario Habilitado.- Decreto de fecha 27/10/2022: San Salvador de Jujuy, 27 de Octubre de 2022.-1.- Por presentado la Sr. MIGUEL ANGEL COLMENARES DNI 29.133.322, por sus propios derechos y con el patrocinio
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/7/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/07/2023

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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