Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/1/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 16 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 07

Plan de Monitoreo Ambiental, que implique controles visuales para evitar la acumulación de residuos, voladuras de residuos, acumulación de charcos de líquidos lixiviados y de lavado de equipos e instalaciones, entre otros.
El Estudio de Impacto Ambiental deberá ser presentado de la siguiente manera:
Una 1 copia impresa doble faz, dentro de un folio o carpeta de material plástico acetato o similar.
Una 1 copia en formato digital CD, DVD, pen drive, o dispositivo similar.
ARTÍCULO 3.- Dentro de los diez 10 días hábiles de presentado el estudio de impacto ambiental a la S.C.A., GIRSU Jujuy S.E., en su carácter de responsable del proyecto, deberá publicar a su cargo, por tres 3 veces en cinco 5 días, en el Boletín Oficial de la Provincia y en diarios provinciales, una Declaración que contenga la descripción sucinta de las características principales del proyecto y en la que se indique que el Estudio de Impacto Ambiental Simplificado se encuentra a disposición del público en general en el área de SERVICIOS Y TRÁMITES de la Página Web del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, www.ambientejujuy.gob.ar, y en las oficinas de la Secretaría de Calidad Ambiental, sitas en calle República de Siria Nº 147 3 piso de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para su consulta. Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito en dichas oficinas de manera presencial, o bien vía correo electrónico a la dirección calidadambiental@ambientejujuy.gob.ar, conjuntamente con las pruebas que estimen pertinentes, hasta en un plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación del proyecto. Luego, deberá remitir copia de las publicaciones a este Organismo. Esta Autoridad de Aplicación Provincial considerará las observaciones que formulen los interesados, previo a la emisión del Dictamen de Factibilidad Ambiental.
ARTICULO 4º.- Fíjese como tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el monto equivalente a 75 SETENTA Y CINCO
LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N6257 Impositiva de la provincia de Jujuy. Dicha suma será abonada en Tesorería del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 3-200-0941007656-8, denominada Secretaría de Calidad Ambiental, cargo Banco Macro, San Salvador de Jujuy.
ARTÍCULO 5.- Las disposiciones de la presente Resolución no implican la autorización para el inicio de la etapa constructiva y de funcionamiento del Proyecto Mini Estación de Transferencia MET de Perico " de GIRSU Jujuy S.E., lo que estará sujeto al resultado de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Simplificado por parte de esta Secretaría.
ARTÍCULO 6.- El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que esta Secretaría aplique los procedimientos legales establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 5606/02 De las Infracciones y Sanciones de la Ley Provincial Nº 5063.
ARTÍCULO 7.- La Autoridad Ambiental deberá adoptar las medidas necesarias para coordinar el procedimiento de evaluación con la Municipalidad de Perico, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº 4 del D.R. N5980/06.
ARTÍCULO 8.- El administrado deberá consignar una dirección de correo electrónico formal, la cual será utilizada por esta Secretaría para el cursado de notificaciones inherentes al procedimiento de evaluación de impacto ambiental al cual se encuentra sometido el proyecto.
ARTÍCULO 9.- Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese a GIRSU Jujuy S.E., a la Municipalidad de Perico, a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización de la Secretaría de Calidad Ambiental, y a la Dirección General de Administración DGA del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático. Cumplido archívese.Ing. Pablo Bergese Secretario de Calidad Ambiental 13/16/18 ENE.-

MUNICIPIOS - COMISIONES MUNICIPALES

MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO Nº 5050-G-2023.Ciudad Perico, 02 de Enero de 2023.EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO.
DECRETA;
ARTICULO 1º.- RECHAZAR en todos sus términos la solicitud efectuada por la Sra. Rita Gabriela Canseco, DNI N 27.415.328. Tramitada por Expte. N
12968/2021, ello por las razones expresadas en el exordio.
ARTICULO 2º.- DECLARAR INADMISIBLE la solicitud efectuada por el Director de Recursos Humanos a fin de que se proceda a la apertura de sumario administrativo en contra del agente municipal. Si Padilla José Manuel. DNI Nº 33.173.111, ello por las razones expresadas en el exordio.
ARTICULO 3.- DISPONGASE el pago retroactivo de los haberes correspondientes desde que la Dirección de Recursos Humanos tomo conocimiento de la internación del Sr. Padilla, es decir desde el día 09/11/2022 hasta la fecha del presente, debido la enfermedad de adicción padecida por el agente.
ARTICULO 4.- DISPONGASE que desde la Dirección de Recursos Humanos, se proceda a un estricto seguimiento al tratamiento médico del Sr Padi lla José Manuel en la FUNDACION ATR o A que en el futuro la reemplace por decisión del interesado.
ARTICULO 5.- DETERMINASE que en caso de incumplimiento al tratamiento médico por parte del Sr Padilla, su abandono a la internación en la FUNDACION ATR, podrá ser considerado por el Estado Municipal como motivo fundado y suficiente para considerar su conducta pasible de sanción disciplinaria alguna, conforme a la Ley N 3161/74.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese a Secretaria de Gobierno, Secretaria de Hacienda, a la Dirección de Recursos Humanos y al Departamento de Legales. Notifíquese a los interesados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido, archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente
PARTIDOS POLÍTICOS
El Tribunal Electoral de la Provincia, comunica en el Expte. N 1941- Letra: W-Año: 2.022, caratulado: Rolando Alberto Flores. Apod. Solic. Rec. Pers.
Jurid. Polít. Partido.- CONSTRUIR CON LA GENTE. Ámbito: Munic. de Libertador Gral. San Martín; se ha dictado el siguiente Decreto: San Salvador de Jujuy, 27 de diciembre de 2022. Atento a las presentaciones efectuadas a fs. 1/38 y 39/40 de autos, y al informe actuarial que antecede, téngase por
224

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/1/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha16/01/2023

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1242

Primera edición10/01/2018

Ultima edición29/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031