Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 19 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 105

cinco días.- Diligencia a cargo del letrado, la que deberá ser subida al Sistema de Gestión Judicial oficios colaborativos para su control y posterior firma.- Se notifica por cedula art. 155 del CPC.- Fdo.- Dra. Teresa Lewin Nakamura-Jueza Pte. de tramiteAnte míDra. Martina Cardarelli-Secretaria.14/16/19 SEPT. LIQ. Nº 29670-29672-29635 $1.350,00.La Dra. Norma Jiménez, Jueza Habilitada del Tribunal de Familia, Sala II, Vocalía 4 de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. JOSÉ LUIS FARFÁN, D.N.I.
N 23.811.139, que en el Expediente N C-193190/2021: Liquidación de la Comunidad Conyugal en Exp. Principal C-172927/2021: ABECIA CORDOVA
CLAUDINA c/ FARFAN JOSE LUIS, se dictó la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 08 de Abril de 2022.- I Atento a lo informado por secretaría y lo peticionado en Escrito Nro: 223144 por el Dr. Battaglia, Augusto Rene, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto mediante providencia de fecha 04-0222, y téngase al accionado JOSÉ LUIS FARFÁN, D.N.I. N 23.811.139 por decaído el derecho a contestar la presente demanda. - II De lo dispuesto supra, líbrese oficio a los fines de notificar del decaimiento al demandado.- III notifique por ceduladiligencias a cargo del actor.- Fdo. Dra. Jorge María EugeniaSecretaria.- Publíquese Edictos en un diario local con mayor circulación y en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos art. 162 C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 05 de setiembre de 2022.16/19/21 SEPT. LIQ. Nº 29729 $1.350,00.Dr. R. Sebastian Cabana Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria N 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. MULQUI, NICOLAS 36.851.101 que en el Expte N C-122550/2018, caratulado: Ejecutivo: BUSTAMANTE, JAVIER VILLALAIN c/ MULQUI NICOLAS
ENRIQUE se dictó las siguientes providencias: de hoja.67.- San Salvador de Jujuy, 06 de Abril del 2022. Proveyendo el escrito que antecede, atento constancias de autos y lo solicitado, habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., notifíquese el proveído de hoja 19 y 20 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado Sr. NICOLAS
ENRIQUE MULQUI, que deberá presentarse, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrárseles al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- 2.- Notifíquese art.154 del C.P.C. Fdo. Dra. María Julia Garay-Juez por Habilitación - Ante mi Dra. Gabriela Montiel S. Prosecretariahojas 19/20 Por la presente se le hace saber en el Expte. N C-122.550/18, caratulado: "Ejecutivo: BUSTAMANTE, JAVIER
VILLALAIN c/ MULQUI, NICOLAS ENRIQUE", se ha dictado la siguiente Resolución: "San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2019.- Autos y Vistos Resulta -Considerando -Resuelve: Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Sr. JAVIER VILLALAIN BUSTAMANTE en contra del Sr.
NICOLAS ENRIQUE MULQUI, D.N.I. N 36.851.101, hasta que la primera se haga integro pago del capital reclama do de Pesos Veintiocho Mil Cuatrocientos Cincuenta con Cero Ctvo. $28.450,00.- con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. N B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro", L. A. 54, Fo 673-678- N 235, desde la mora acaecidas en fechas 02/10/17 y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2 Imponer las costas a la demandada vencida Art. 102 del C.P.C. 3 Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente, hasta tanto exista planilla de liquidación siguiendo lo establecido en los Art.24 y 58 de la Ley N 6.112.- 4 Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian CabanaJuezAnte Mi Dra. María Silvia Molina-Prosecretaria.- Secretaria N 7, San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo del 2.019.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 27 de Mayo del 2022.16/19/21 SEPT. LIQ. Nº 29730 $1.350,00.Dr. José Alejandro López Iriarte-Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Sala Primera, Presidente de trámite en el Expte. Nº B210.890/09, caratulado: Ordinario por Cobro de Sumas de Dinero/Pesos: GARCIA, CLAUDIO ARNALDO c/ PRIETO, FLAVIO EFRAIN, procede a notificar las siguientes resoluciones: San Salvador de Jujuy, 11 de Julio de 2022. I - A lo solicitado mediante escrito nº 289071 del 28-06-22 por la Dra. Emma Arias, atento los informes de la Secretaria Electoral y el resultado negativo de las diligencias de notificación, conforme lo dispone el art. 162 del Código Procesal Civil, notifíquese al demandado, FLAVIO EFRAIN PRIETO, la sentencia de fecha 10 de Abril de 2019, la que deberá transcribirse, los decr etos de fecha 07/03/22 y 25/03/22 fs. 195 y 199 respectivamente y el presente decreto por EDICTOS que deberán publicarse TRES VEC ES en CINCO DIAS en un diario local y en el Boletín Oficial. Por igual plazo se lo intima a constituir domicilio legal en radio de tres kilómetros del asiento de esta Sala y Vocalía. II Conforme el art. 72 del CPC, deberá la interesada confeccionar los edictos y presentarlos para control y firma por Secretaria en el plazo de cinco 5 días de notificada la presente providencia y una vez retiradas de barandilla en el plazo de diez 10 días acreditar la diligencia. III.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr.
José Alejando López Iriarte-JuezAnte mí: Dra. Eleonora A. Calluso-Prosecretaria-. Sentencia 10/04/19: SAN SALVADOR DE JUJUY, de abril de 2019:
RESUELVE: 1º Regular los honorarios profesionales de la Dra. Emma María Mercedes ARIAS, como patrocinante de la parte actora, en la suma de pesos TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS $3.333,33 y los de la Dra. Marta Alicia LAMAS, como patrocinante de la parte demandada en dos etapas - demanda/pruebaen la suma de pesos MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CINCO
CENTAVOS $1.555,55. Con más IVA si correspondiere. En caso de mora, las sumas devengarán intereses que se calcularán aplica ndo la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina conforme al fallo Zamudio c/ Achi LA Nº 54 Fº 673/678 Nº 235
del 11/5/11, desde la fecha indicada en la planilla de liquidación fs. 149: 21/3/17 y hasta su efectivo pago. 2º Regístrese, agréguese copia en autos, dése intervención a C.A.P.S.A.P. y notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau -Vocal Presidente de TrámiteDra. Elba Rita Cabezas -VocalDra. Lis Marcela Valdecantos Bernal -Vocal Habilitadaante mí Dra. Norma Yamila Cazón -SecretariaDECRETO 07/03/22: San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2022. 1 Proveyendo a lo solicitado por la Dra. Emma María Mercedes Arias a fs 193 de la actualización de planilla de liquida ción presentada la que asciende a la suma de pesos siete mil quinientos cincuenta con cinco centavos $7.550,05 póngase la misma a observación por el término de cinco días. 2 Al pedido de embargo denuncie la interesada los bienes a embargar. 3 Cumplido que sea, se proveerá lo que por derecho corresponda. 4 Notifíquese por cedula. Fdo.: Dr.
José A. López Iriarte - Juez. Ante mi: Dra. Eleonora A. CallusoProsecretaria.- DECRETO 25/03/22: San Salvador de Jujuy, 25 de marzo de 2022. Atento el informe actuarial que antecede que expresa lo siguiente: la Dra. Defensora Oficial, Dra. Silvia T. Maurin, presenta informe del Departamento de Peritos Contadores del Poder Judicial. Asimismo informo que planilla de liquidación de fs. 194 ha quedado firme y consentida., en co nsecuencia, APRUÉBASE LA
PLANILLA DE LIQUIDACIÓN de fs. 194. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José Alejando López Iriarte JuezAnte mí: Dra. Eleonora A. Calluso Prosecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un diario local de circulación masiva.- Secretaría: Dra. Eleonora A.
Calluso, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 02 de septiembre de 2022.16/19/21 SEPT. LIQ. Nº 29687 $1.350,00.Juzgado de Familia-Sala IIVocalía Nº VI en el Expte Nº C-176868/21, caratulado: Acción de Cambio de Nombre: MAMANI ALDANA BRISA MICAELA, téngase presente la documentación ofrecida en el escrito de demanda.- III.- De conformidad a lo prescrito por el Art. 70 del C.C.C.N. admítase y dese a la presente el tramite previsto por el Art. 396 del C.P.C. ordenase la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, una vez al mes, durante dos meses, haciéndose saber que se inicio el trámite de Cambio de Nombre de ALDANA BRISA MICAELA MAMANI DNI Nº 43.634 .945,
2397

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha17/09/2022

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones1244

Primera edición10/01/2018

Ultima edición02/08/2024

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