Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/7/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Julio, 11 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 76

de fecha 04-10-2021, el Sr. Gobernador de la Provincia DECRETA: ARTÍCULO 1: Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al OFICIAL SUB INSPECTOR TOLABA ARIEL EUSEBIO, D.N.I. Nº 32.158.507, Legajo Nº 16.931, por infracción al artículo 15º inc. d agravado por el articulo 40º inc. c del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme lo dispuesto en el artículo 26º inc. a del mismo cuerpo legal, firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES. En consecuencia se le notifica que en el termino de 12 hs. el Sr.
TOLABA ARIEL EUSEBIO deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en la Avenida 1º de Mayo Nº 988
predio Bajo La Viña barrio San Martín, la totalidad de elementos provistos armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc. en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez Nº 1372 Barrio Centro ciudad Capital, to do ello bajo apercibimiento de iniciarse la Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados. Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 4257-MS/2021 a disposición del Sr. Tolaba Ariel Eusebio.Fdo. Gustavo C. Laureano-Comisario Mayor.06/08/11 JUL. S/C.Ref. Expte. Nº C-200349/2022 caratulado: Cuidado Personal de Hijos: ARAMAYO MAMANI, ROSALIA c/ SURUBI CHUVE, EPIFANIO.- A fin de notificar al SR. EPIFANIO SURUBI CHUVE, el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy 13 de junio de 2022. I. Proveyendo al e scrito digital 252128 y 269167, y atento lo informado por la Secretaría Electoral, admítase la presente acción por CUIDADO PERSONAL DE HIJOS, en contra del señor SURUBI
CHUVE, EPIFANIO, que se tramitará de conformidad a las prescripciones del Art. 395 y s.s. del C.P.C. de la Provincia de Jujuy, y en su mérito córrase traslado a la contraria por el término de CINCO 5 días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere Art. 298 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy, dejándose sin efecto la audiencia prevista en los Arts. 396, 398 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy. II. Asimismo, atento las constancias de autos, y habiendo dado cumplimiento con los recaudos establecidos por el Art. 162 del C.P.C. de la Prov. Notifíquese al demandado Sr. SURUBI CHUVE, EPIFANIO, mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y en el diario local de la Provincia, por tres veces en cinco 5 días. Art. 162 del C.P.C..- III.
Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad. IV. Dése la debida intervención a la Defensora de N.N.A.e.I. V. Comisiónese a la Dra. MARCÓ, para la confección de la medida ordenada Art. 72, 5 y 50 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy. Asimismo, hágase saber a la letrada que la presentación de las diligencias colaborativas debe consignarse dentro de la opción de oficios/ cedulas domiciliarias/ mandamientos según corresponda, que puede visualizarse en la pantalla principal al iniciar sesión en el Sistema Integral de Gestión Judicial Acordada Nº 86/2020 del Superior Tribunal de Justicia.VI.- Notifíquese por cédula. Art. 155 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy. Fdo. Dra. Martha Rosembluth Jueza, Ante Mi, Dra. María Valeria Zárate, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 27 de Junio de 2022.
08/11/13 JUL. LIQ. N 29004 $1.350,00.El Dr. José Alejandro López Iriarte, Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Vocalía Nº 2 - en el Expte. Nº C180.110/2021, caratulado: ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: ALBARRACÍN, RAMON JOSÉ C/ ALDECOA, JULIO CESAR, HMDI S.R.L. Y OTROS se hace saber a HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L. y HORIZONTE DESARROLLOS
INMOBILIARIOS S.R.L., la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 21 de Junio de 2022. I.- Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. JORGE RAFAEL ABUD, dese a los codemandados HMDI S.R.L. y HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L. por decaído el derecho que dejaron de usar y haciendo efectivo el apercibimiento con que fueran emplazados, téngase por contestada demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C.; debiéndosele notificar mediante edictos por tres veces en cinco 5 días y en lo sucesivo por Ministerio de Ley. II. - Fijase nueva fecha de audiencia para el día 29 del mes de SEPTIEMBRE de 2022, a horas 9.30. III.- Encomiéndese al Dr. Jorge R. Abud la confección de las diligencias, debiendo adjuntarlas en la bandeja de colaborativas del S.I.G.J. Art. 72 del C.P.C.. IV.- Notifíquese al codemandado Julio Cesar Aldecoa por secretaria librando oficio digital al Servicio Penitenciario Unidad Nº 7. IV.-Atento el informe actuarial que antecede que el Sr. Aldecoa manifestó que su abogado es el Dr. Ortiz Pistone y que tomo conocimiento de la audiencia a las 6 a.m. en el día de la fecha no teniendo oportunidad de comunicarse con el letrado para asistir a la misma debidamente representado. Hágase saber al Dr. Ortiz Pistone en el domicilio electrónico el presente proveído. V.-Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. José Alejandro López IriarteVocal-. Ante mí: Dra. Camila MammanaSecretaria- - San Salvador de Jujuy, 01 de julio de 2022.08/11/13 JUL. S/C.INSCRIPCIÓN DE MARTILLERO - LURDES NAHIR BREGGIA D.N.I. 41.052.065 comunica que de conformidad a lo dispuesto por el articulo 62 inc.
1 de la ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matricula de Martillero Publico.- Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva.- Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario Local.04/11/15 JUL. LIQ. Nº 28903 $1.350,00.La Dra. Analía Correa, Directora Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy; en el Expediente Nº 513-494/2019, caratulado Ramírez José María. CUIT:
20-17792957-4. R. IB: A-1-25272. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Periodos: 01/2013 a 02/2019., con domicilio fiscal: Luis Burela 382 San Pedrito San Salvador de Jujuy C.P. 4600 - Provincia de Jujuy; NOTIFICA al Contribuyente José María Ramírez: Formulario F-111 Inicio de Inspección conforme lo dispuesto bajo Orden de Intervención 87/2019, que expresa: Esta Dirección ha dispuesto bajo la Supervisión de CPN CALIZAYA MARCELINO por intermedio de los agentes PATRICIA ORELLANA, efectuar una Inspección de sus Obligaciones Tributarias por el periodo 2013 01- 2019 02, en su carácter de Contribuyente Responsable, en el impuesto sobre los ingresos brutos a cargo de este Organismo. La presente se formula en uso de las facu ltades conferidas a esta Dirección Provincial de Rentas por el Código Fiscal, Arts. N 9, 10, 29 y 37 de la Ley 5791/2013. San Salvador de Jujuy, 4 de abril de 2019; Formulario F130 y Requerimiento F-112 N 105/2021, que expresa: Atento a los resultados obtenidos en el proceso de cruzamiento de Datos realizado en el marco de la inspección iniciada a vuestra firma a través de Orden de Intervención N 87/2019, se han detectado las siguientes irregularidades que se describen seguidamente: Falta de presentación de Declaraciones Juradas y Comprobantes de Pago en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Por los periodos fiscales 2015 enero a diciembre, 2016 enero a diciembre, 2017 enero a diciembre, 2018 enero a diciembre, 2019 enero y febrero. Por lo ex puesto, para verificar el cumplimiento dado a las disposiciones del Código Fiscal Ley 5.791 y modificatorias, se requiere que, en el término de cinco 5 días de notificado:
1º Presente las Declaraciones Juradas Determinativas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos según cuadro ANEXO. 2 Actualización de Domicilio Fiscal Electrónico Presente constancia de adhesión del domicilio fiscal electrónico y Domicilio Fiscal. El presente requerimiento se formula dentro de las facultades conferidas a esta Dirección Provincial de Rentas por los Artículos N 9, 10, 29 y 37 de la Ley N 5.791/13. Todo lo requerido deberá ser presentado a los Inspectores Actuantes en la Dirección Provincial de Rentas - Departamento Inspecciones y Verificaciones y bajo apercibimiento de lo dispuesto en los artículos 48º y 57º del citado ordenamiento legal. Por otra parte se le comunica que esta Dirección hará uso de las facultades conferidas en el Artículo 138º in fine
Si las citaciones, notificaciones, etc., no pudieran practicarse en la forma antedicha por no conocerse el domicilio del Contribuyente se efectuarán por medio
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/7/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha09/07/2022

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1241

Primera edición10/01/2018

Ultima edición26/07/2024

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