Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Mayo, 06 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 52

Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, co nforme los argumentos expuestos en los considerandos.- 2 Notificar, informatizar, agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. Dr. Diego A. PucaJuezAnte mí: Dr. Juan P. Zalazar ReinaldiSecretario Habilitado.- Publíquese por edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5 días. San Salvador de Jujuy, 23 de Noviembre del 2.021.02/04/06 MAY. LIQ. Nº 27688 $1.350,00.Dr. Gustavo Alberto ToroVocal Pte. de la Cámara Civil y ComercialSala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en el Expte. N A-051303/2012, caratulado Daños y Perjuicios: GALEAN, OFELIA DELFINA c/ SIAREZ, MANUEL SERAFIN y otros, procede a notificar los siguientes proveídos: - San Pedro de Jujuy, 29 de Diciembre de 2021.- I.- Atento el informe actuarial que antecede, y verificándose aún la falta de notificación de la sentencia recaída en la causa a los codemandados Manuel Serafín Siarez y Natalia Siarez, ordenase la misma por edictos, mediante publicación de los mismos por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial art.162 Cód. Proc. Civil, imponiéndose a la actora la carga procesal de su realización, cuyo diligenciamiento deberá acreditar en el plazo de cinco 5 días hábiles. II.- Notifíquese.- Dr. Gustavo Alberto Toro - Vocal Presidente de Trámite; Esc.
Guillermo Giménez Otero - Prosecretario.- En la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, reunidos en el recinto de la Sala Cuarta de la Cámara en lo Civil y Comercial: los Jueces Gustavo Alberto Toro, Hora cio José Macedo Moresi y la Jueza Silvia Elena Yécora, bajo la presidencia del primer nombrado vieron y analizaron el Expediente N A-51303/12:Ordinario por daños y perjuicios: Ofelia Delfina Galean en nombre de su hijo menor de edad Ezequiel Martín Palavecino c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Benigno Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarezcuatro cuerpos; juntamente con sus agregados expte. A-51108/12: Proceso cautelar de aseguramiento de bienes: Ofelia Delfina Galean c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarez, e xpte. A-52469/12:
Incidente de Beneficio de Justicia Gratuita solicitado por Ofelia Delfina Galean por sí y en representación de su hijo c/ Dante Daniel Gómez y otros, expte.
A-049388/11: Determinación de capacidad jurídica solic. por Galean Ofelia Delfina y por Palavecino Ezequiel Martín, expte. A-55269/12: Incidente de Nulidad en expteA-513030/12, expte. penal N 515/12: Gómez Daniel Dante psa de lesiones culposas ocurridas en accidente de tránsitoLdor. Gral. San Martín 2 cuerpos, y luego de deliberar conforme el art.362 inc.4 del código procesal civil: El Juez Gustavo Alberto Toro dijo: Antecedentes 1.QueFundamentos: 1.- QueTal es mi voto: Fdo: Dr. Gustavo Alberto ToroVocal Presidente de Trámite. El Juez Horacio Macedo Moresi dijo: Que La Jueza Dra. Silvia Elena Yécora, dijo: Por Por lo expuesto, la Cámara Civil y Comercial en su Sala Cuarta de la Provincia de Jujuy: Resuelve: 1º Hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios promovida por Ezequiel Martín Palavecino en contra de Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez hoy sus herederos Aldana Micaela Gómez y Alberto Sebastián Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafín Siares, y en su mérito condenarlos a abonarconcurrentemente y en la proporción indicada en los considerandos - al actor en el término de diez10 días hábiles, la suma de pesos doce millones seiscientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro $12.659.574 en concepto de indemnización integral, con más intereses en caso de mora, desde la fecha del presente fallo y hasta el pago que se calcularan conforme la tasa activa cartera general prestamos nominal, anual, vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.- 2
Rechazar el planteo de inconstitucionalidad del artículo 1078 del código civil y rechazar la demanda incoada por Ofelia Delfi na Galean, sin costas.- 3º Imponer las costas a los vencidos conforme los considerandos con la excepción del punto anterior.- 4º Regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos dos millones quinientos treinta y un mil novecientos catorce $2.531.914, y al Dr. Gastón Javier Baigorria la suma de pesos quinientos noventa mil setecientos setenta y nueve $590.779; no regular honorarios al Dr. Marcelo Ariel Castro por resultar inoficiosa su actividad; regular al perito médico Eduardo Miguel Paz la suma de pesos trescientos dieciséis mil cuatrocientos ochenta y nueve $316.489, regular al perito accidentologo Gabriel Marcelo Alemán la suma de pesos ciento ochenta y nueve mil ochocientos noventa y tres $189.893 y a la perito Licenciada en Trabajo Social Silvia del Valle González la suma de pesos ciento veintiséis mil quinientos noventa y cinco $126.595. Por la actividad desplegada en expediente N A-51108/12: Proceso cautelar de aseguramiento de bienes:
Ofelia Delfina Galean c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarez, regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos quinientos seis mil trescientos ochenta y dos $506.582; por la actividad cumplida en expediente N A-55269/12: Incidente de Nulidad en expteA-513030/12 regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos quinientos seis mil trescientos ochenta y dos $506.582 y al Dr. Marcelo Ariel Castro la suma de pesos trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete $354.467. En todos los casos con más el impuesto al valor agregado I.V.A si correspondiera e intereses en caso de mora, del mismo modo que el capital. 5º Registrar, agregar copia en autos y en el sistema integral de gestión judicial, notificar por cedula y hacer saber a CAPSAP y a la Dirección General de Rentas. Fdo: Dr. Gustavo Alberto Toro Presidente de Trámite; Dres.
Horacio José Macedo Moresi y Silvia Elena Yécora - Vocales; Esc. Guillermo Giménez Otero Prosecretario. San Pedro de Jujuy, doce de Noviembre de 2021. Y Vistos: Los de estos autos, Expte. Nº A-51303/12 caratulado: ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS - OFELIA GALEAN c/ DANTE
DANIEL GOMEZ; ALBERTO REMIGIO GOMEZ; NATALIA SOLEDAD SIAREZ y MANUEL SERAFIN SIAREZ.y: Considerando: I. - QuePor todo ello la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy: Resuelve: 1.- Rechazar la aclaratoria interpuesta por los codemandados Dante Daniel Gómez, Aldana Micaela Gómez y Alberto Sebastián Gómez herederos de Alberto Remigio Gómez en contra de sentencia dictada por este tribunal en fecha 14 de Setiembre de 2021 fs.803. 2.- La Dra. Silvia Elena Yécora no suscribe la presente por hallarse en Licencia por Razones de Salud, de conformidad a lo previsto por Acord STJ Nº71/08. 3.- Notifíquese a las partes; agréguese copia en autos, regístrese en Sistema Integral de gestión JudicialSIGJ, protocolícese, archívese, etc.- Dr. Gustavo Alberto Toro - Presidente de Trámite; Dr. Horacio José Macedo Moresi-Vocal; Esc. Guillermo Giménez OteroProsecretario.Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se hace saber que la causa tramita con el beneficio de justicia gratuita.- San Pedro de Jujuy, 15 de Marzo de 2022.02/04/06 MAY. S/C.Dra. María Margarita Nallar.-Vocal del Excmo. Tribunal en lo Criminal N 3, Vocalía N 9- de la Provincia de Jujuy, en la causa N 3055/2.020 caratulado:
MOREYRA ROLANDO FABIAN p.s.a. Lesiones Leves agravadas por la condición de la víctima y por ser perpetrado por un hombre y mediare violencia de genero. EL TALAR, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 203 del C.P.P., procede por el presente notificar a MOREYRA ROLANDO FABIAN:
argentino, mayor de edad, soltero, trabajador independiente, con domicilio en calle Mzna. AP6 Lote N 11 del B El Progreso de la localidad de El Talar, Dpto. Santa Bárbara -Jujuy, D.N.I. 28.458.975, nacido el 10 de Octubre de 1980, hijo de Ramón Moreyra y de Georgina Noguera; que en la causa de referencia, ha recaído el siguiente proveído que dice así San Salvador de Jujuy, 26 de Abril de 2022. Atento a que el imputado MOREYRA ROLANDO
FABIAN D.N.I. 28.458.975 no reside en el último domicilio real denunciado conforme surge de los informes de la Policía de la Provincia de fs. 133 y 140, cítese al mismo por Edictos para que comparezca a estar a derecho y en el plazo de cinco días contados desde la última publicación, ante este Tribunal en lo Criminal N 3 vocalía N 9 sito en calle Independencia esquina Argañaraz 3er piso del Edificio Central de tribunales, y constituir domicilio legal y/o denunciar su actual domicilio real, bajo apercibimiento de ley. Asimismo Notifíquese y publíquense edictos.- Fdo. Dra. María Margarita Nallar, Pte. de Trámite, ante mi Dra. Silvana Anun, Prosecretaria.- Secretaria del Tribunal en lo Criminal N 3, vocalía 9, 26 de Abril de 2.022
04/06/09 MAY. S/C.Dra. Elba Rita Cabezas. Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala I Vocalía 1, en el EXPTE Nº C-167171/2020 caratulado: "RESOLUCIÓN DE
CONTRATO CASTRO MURGUIA, IRIS SILVINA DEL VALLE C/ ALDECOA, JULIO CESAR, HMDI S.R.L se hace saber a HMDI S.R.L. 1s siguiente providencia: "San Salvador de Jujuy, 15 de marzo de 2022.- I. Proveyendo al escrito de fs. 116: Atento lo solicitado e informe actuarial que antecede, hágase
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha06/05/2022

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1233

Primera edición10/01/2018

Ultima edición10/07/2024

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