Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 11 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 29

VILTE, MARTHA ESTHER VILTE DE ARAMAYO, EDGARDO CESAR VILTE, ERNESTO JESUS VILTE, LILIA NELLY MARTINEZ, MARIA ELENA DEL
CARMEN CAZON y GALDIS NOEMI MARTINEZ en los domicilios denunciados y a las Sres. ROSA CRUZ DE VALDIVIEZO, LUCY CAROLINA VILTE, ALICIA M.
MARTINEZ DE BRACAMONTE, GLADIS PAZ y YOLANDA MARIA DEL
ROSARIO PAZ mediante Edictos conforme lo ordenado. Fdo: Dr. Jorge Daniel AlsinaVocalPor Ante mi: Dra. Rocío GismanoProsecretraria. San Salvador de Jujuy, 26 de Octubre de 2.021.- IProveyendo a la presentación de fs. 463: Atento las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. Humberto Daniel Luna notifíquese mediante edictos la providencia de fecha 06/09/2017 fs.285/286 a los herederos de quien en vida fuere Lilia Nelly Martínez.- IIIIINotifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel AlsinaVocal.
Ante mí Dra. Aixa YazlleProsecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy 17 de Noviembre del Año 2021.11/14/16 MAR. LIQ. Nº 27196 $1.350,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. Lis Valdecantos BernalJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Señor PABLO ALBERTO
CASTELLANO D.N.I. N 20.076.563- EL PROTECTOR S.R.L, que en el Expte. N C124578/18, caratulado: Ejecución de Honorarios: GASPAR, GRACIELA NOEMI C/
CASTELLANO, PABLO ALBERTOEl Protector S.R.L", se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 18 de Agosto de 2021.- Autos y Vistos y Considerando Resuelve: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida por GRACIELA NOEMI GASPAR, en contra de PABLO ALBERTO CASTELLANO
D.N.I N 20.076.563- EL PROTECTOR S.R.L, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Diecinueve Mil Doscientos $19.200,00, con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago, con más I.V.A si correspondiere.- II.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente sentencia.- III.Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación.-IV.-Notificar por cédula a las partes y por Edicto.-V.Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-M.C.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte Mi Dr. Horacio Gustavo MamaniSecretario".- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por Tres Veces en el término de Cinco Días.- San Salvador de Jujuy, 18 de agosto de 2021.07/09/11 MAR. LIQ. Nº 26960 $1.350,00.Dr. Enrique R. Mateo, Juez de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II Vocalía 4 en Expte. N: C-132420/2019, caratulado VILLAGRAN, ANTONIO ALEJANDRO
c/CUTILI IVANA ANTONELA MILENAse notifica por este medio al demandado, Sra. CUITILI, IVANAN ANTONELA MILENA, la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 11 de Abril de 2019. Proveyendo al escrito de aportes realizada por los Dres.
Emma María Mercedes Arias y Carlos Sebastián Espada. II.- De la demanda deducida, córrase traslado a IVANA ANTONELA MILENA CUTILI en el domicilio denunciado y con las copias respetivas para que la conteste dentro del termino de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a contestar si así no lo hiciera art. 298 C.P.C III.- Intímese a la accionada para que dentro del plazo señalado, constituya domicilio legal dentro del radio de asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarse las resoluciones posteriores por Ministerio de ley.- IV.- Notificaciones en Secretaria martes y jueves, o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V.- Actuando en autos, en principio contenido en el Art. 72 del C.P.C imponiéndose a la parte demandante la carga de confeccionar las notificaciones correspondientes para su posterior control y firma por la parte del Tribunal.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en su caso de competencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Mabel Pérez AndradaProsecretaria Cam. Civ. y Com.07/09/11 MAR. LIQ. Nº 27038 $1.350,00.Dr. José Matías Ustarez Carrillo, en carácter de Juez Contravencional a cargo del Juzgado Nro. 1, sito en Avenida Fascio Nro. 650 Barrió Centro de esta Ciudad Capital.San Salvador de Jujuy, 08 de Noviembre de 2.021 Sobre los Motovehículo: 1 MARCA
MOTOMEL, MODELO 110 CC, DOMINIO 200-HCH, MOTOR N 8013211, CUADRO N 8ELM301258B013211; 2 MARCA MAVERICK, MODELO 200
CROSS, SIN DOMINIO, MOTOR N 162FMJ11010587, CUADRO N
8DMSCA959BS000510; 3 MARCA GILERA, MODELO SMASH, DOMINIO 499EQI, MOTOR N LF1P50FMH810008281, CUADRO N LYLXCGL5981095242; 4
MARCA APPIA, MODELO 110 CC, SIN DOMINIO, MOTOR N 1P52FMI08102226, SIN N CUADRO; 5 MARCA KELLER, MODELO KN 110, DOMINIO 898-GEZ, MOTOR N KN152FMH10014055, CUADRO N LRYXCHL76A0007912.
RESUELVO: INTIMAR a los titulares, para que en el plazo de 05 CINCO DIAS, se presente en este Juzgado, con documentación correspondiente para acreditar dominio respecto a los motovehículos secuestrados en legal forma. En caso de incomparencia pasen los bienes para decomiso conforme Art. 45 del Código contravencional. 2
Notifiquise con habilitación de días y horas por Boletín Oficial. Fdo. Dr. Jose Matias Ustarez Carrillo - Juez Contravencional - Dr. Nelson Wilfredo Mendez-Secretario.-

206

07/09/11 MAR. S/C.Dr. R. Sebastian CabanaJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. SANDRA MARTINEZ
ARAMAYO, D.N.I. Nº 95.388.644 que en el Expte Nº C-153039/2019, caratulado:
Ejecutivo: CRUZ CAÑIZARES, EULALIA JULIA c/ MARTINEZ ARAMAYO, SANDRA, se dictó el siguiente Proveído de Fs. 62: San Salvador de Jujuy, 06 de Septiembre del 2021.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de hojas 18 y vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada SANDRA
MARTINEZ ARAMAYO, D.N.I. Nº 95.388.644, que deberá presentarse, a hacer valer sus derecho, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- Notifíquese art.154 del C.P.C.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfan:
Secretaria.- Proveído de fs. 11 y vlta.: San Salvador de Jujuy, 19 de Diciembre de 2019.- Téngase por presentado a la Sra. EULALIA JULIA CRUZ CAÑIZARES, por sus propios derechos, por constituido domicilio legal y por parte, con el patrocinio letrado de la Dra. MABEL GRACIELA MAMANI, a mérito de la firma inserta al pie del escrito de presentación, por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- Atento lo solicitado a fs.14vlta., punto V.- De la Medida previa con habilitación y conforme lo previsto por los arts.260, 261 y 272 del C.P.C. y concordantes, previa fianza personal que deberá prestar en legal forma ante la Actuaria el Dr. MABEL GRACIELA
MAMANI, ordénase el Embargo Preventivo, sobre el automotor individualizado como:
DOMINIO AB375ZH, MARCA FIAT, PICK UP CABINA DOBLE, TORO FREEDOM
2.0 16V 4X2, AÑO 2017, MOTOR FIAT Nº 552616747922010, CHASIS FIAT Nº 988226415HKB12936, siempre y cuando sea de propiedad de la demandada SANDRA
MARTINEZ ARAMAYO, D.N.I. Nº 95.388.644, domiciliada en calle AVDA.
CANADA Nº 181, de la ciudad de PERICO, Depto. EL CARMEN, PROV. DE JUJUY, hasta cubrir la suma de Pesos Ciento Sesenta Mil con Cero Ctvo. $160.000,00 en concepto de capital y con más la suma de Pesos Cuarenta y Ocho Mil Con Cero Ctvo.
$48.000,00 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. A tales efectos Líbrese oficio al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor-Seccional Nº 10007, de la ciudad de PERICO, a los fines de que se anote el Embargo Preventivo, sobre el vehículo arriba individualizado, facultándose a la Dra. Mabel Graciela Mamani, y/o persona que el indique para el diligenciamiento del mismo. Fecho y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada SANDRA MARTINEZ ARAMAYO, D.N.I. Nº 95.388.644, por las sumas consignadas precedentemente. En defecto de pago, hágase saber al demandado que se convierte en Definitivo el Embargo Preventivo trabado oportunamente. Asimismo cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de Cinco Días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.
Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts.
52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Juez de Paz con jurisdicción en la ciudad de Perico, con las facultades inherentes del caso. Notifíquese, art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfán:
Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 06 de Septiembre de 2021.09/11/14 MAR. LIQ. Nº 26939 $1.350,00.De Acuerdo a la Resolución N 148-SBDS/2022- Expediente N 1102-445/2018.- El Sr.
JUAN CARLOS VILLAMEA Y OTROS, ponen a disposición de los interesados y la sociedad en general, el Plan Forestal de Manejo Sustentable, PMFS y su Estudio de Impacto Ambiental, según resolución 025/2022 de la SBDS del Ministerio de Ambiente de la Provincia. El mismos describe todos los aspectos atientes a su línea de base ambiental, funcionamiento, gestión del recurso forestal en su aprovechamiento, aspectos ambientales dentro de la denomina categoría F y otras de cobertura, de la unidad de manejo forestal, correspondiente a su plan de ordenamiento predial, abarcando 3800 has de la propiedad. Este plan se implementa dentro de un esquema de desarrollo predial y forestal ubicado, en Finca Duraznal, padrones D 695, y cuyo titular es Juan Carlos Villamea y otros. El número de expediente según se tramita esta factibilidad ambiental es el 1102 045 2018.- La Documentación descripta del Proyecto se encuentra a disposición del Publico en Gral. para su consulta en las oficinas del Ministerio de Ambiente, sita en calle República de Siria N 149 de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- Fdo. Abraham Baiud-Apoderado.09/11/14 MAR. LIQ. N 27202-27203-27204 $1.350,00.Dra. Marisa E Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria nº 6, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-178390/21. "CREDINEA S.A. c/
BORGES JOSE ANTONIO S/ Ejecutivo" hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: "San Salvador de Jujuy, 04 de junio de 2021. Por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, por constituido domicilio legal y por parte a merito de la Copia Juramentada de Poder para Juicios que presenta para actuar en nombre y representación de CREDINEA S.A. Atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los Arts.
472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago y ejecución y embargo en el domicilio denunciado y en contra de JOSE ANTONIO BORGES DNI Nº 16.467.357 por
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha11/03/2022

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1242

Primera edición10/01/2018

Ultima edición29/07/2024

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