Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/12/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 17 de 2021.-

artículo 51 de la Ley N 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán auto convocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social.- OCTAVA:
Órgano de Gobierno. La reunión de socios se celebrará cuando lo requiera cualquiera de los administradores. La convocatoria de la reunión se deberá realizar por medio fehaciente. Además de dicho medio, podrá comunicarse por medios electrónicos. Las reuniones podrán realizarse en la sede social o fuera de ella, utilizando medios que les permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, quedando sujetas a los requisitos del artículo 53, segundo párrafo, de la Ley N 27.349. Las resoluciones que importen reformas al instrumento constitutivo o la disolución de la sociedad se adoptarán por mayoría absoluta de capital. Las resoluciones que no importen modificación del contrato, tales como la designación y la revocación de administradores, se adoptaran por mayoría de capital presente en la respectiva reunión. Cuando un socio representare el voto mayoritario para adoptar resoluciones no se exigirá el voto de otro socio. Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al órgano de administración a través de cualquier procedimiento que garantice su autenticidad, dentro de los diez 10 días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente o las que resulten de declaración escrita en la que todos los socios expresen el sentido de su voto. Cuando la sociedad tenga socio único las resoluciones del órgano de gobierno serán adoptadas por éste. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Los socios podrán auto convocarse y sus resoluciones serán válidas si se encontrara presente la totalidad del capital social y el orden del día fuera aprobado por unanimidad.- NOVENA. Órgano de Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.- DECIMA:
Cierre de ejercicio. El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince 15 días de anticipación a su consideración por la reunión de socios. La sociedad deberá llevar la contabilidad y libros conforme art. 58 y conc. de la Ley 27.349 y modif.- DECIMO-PRIMERA: Utilidades, reservas y distribución. De las utilidades líquidas y realizadas se destinarán: a el cinco por ciento 5% a la reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento 20% del capital social; b el importe que se establezca para retribución de los administradores; c al pago de dividendos a las acciones preferidas, en su caso; y d el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción a su participación en el capital social, respetando en su caso los derechos de las acciones preferidas.- DECIMO-SEGUNDA: Disolución y liquidación. Producida la disolución de la sociedad, la liquidación será practicada por el o los administradores actuando a estos efectos conforme lo establecido en el artículo octavo del presente y lo prescripto en los Articulas 55 y 56 de la Ley 27.349. Cancelado el pasivo, y reembolsado el capital respetando el derecho de las acciones preferidas en su caso, el remanente, si lo hubiera, se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado.- DECIMO-TERCERA: Solución de controversias.
Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.- DISPOSICIONES
TRANSITORIAS: En este acto los socios acuerdan: 1. SEDE SOCIAL. Establecer la sede social en la calle Pemberton 25 PA Barrio Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.2. Capital Social - Suscripción: Los socios suscriben el 100% del capital social. El capital social se integra en un veinticinco por ciento 25% en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante comprobante de Depósito Bancario en Banco Macro S.A., y el 75% restante dentro de los dos 2 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad.- 3. Designación de Miembros del Órgano de Administración: Designar como Administrador Titular a SOLEDAD PEREZ DE SAN JULIÁN, 41
años de edad, DNI N 18.790.867, CUIT N 27-18790867-7, argentina, soltera, mayor de edad, profesión productora y realizadora audiovisual, con domicilio real y legal en calle Pemberton 25, S.S.
de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, constituyendo domicilio especial en este último domicilio, y como Administrador Suplente al Sr. ALDO JAVIER DÍAZ, 49 años de edad, DNI
22.654.750, CUIT N23-22654750-9, argentino, soltero, mayor de edad, profesión productor y realizador audiovisual, con domicilio real y legal en calle Crisólogo Larralde 4999- Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina. y manifiesta bajo forma de declaración jurada que No es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. La representación legal de la sociedad será ejercida por el administrador designado.- 4.
Declaracion Jurada de Beneficiario Final: El compareciente, en su carácter de representante legal declara bajo juramento que no hay persona humana que posea el carácter de beneficiario final, en los términos del artículo 510 inciso 6 de la Resolución General N 07/2015 de la Inspección General de Justicia.- 5. Informa Domicilio Electronico de la Sociedad: El compareciente, informa en el carácter de representante legal, la fijación como domicilio electrónico de LA DAMA CINE S.A.S.:
ladamacine@gmail.com.- 6. Autorizaciones. Autorizar al Dr. Mariano R. Zurueta, D.N.I. N
27.232.395, Mat. Prof. N 2239, para realizar todos los trámites legales de constitución e inscripción de la sociedad ante el Registro Público de Comercio de la provincia de Jujuy y/o Fiscalía de Estado, con facultad de aceptar o proponer modificaciones a éste Instrumento constitutivo, incluyendo la denominación social, otorgar instrumentos públicos y/o privados complementarios, aclaratorios o rectificativos, interponer recursos, y solicitar ante la autoridad registral la rúbrica y/o clausura de los libros sociales y contables. Asimismo, se lo/s autoriza para realizar todos los trámites que sean necesarios ante Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P., Dirección Provincial de Rentas, y/o todo otro organismo público o privado, quedando facultados incluso para solicitar la publicación del aviso en el diario de publicaciones legales y, en su caso, efectuar y retirar el depósito y/o extracción de los aportes de capital en el banco en el cual se han depositado.- Bajo las cláusulas precedentes, se deja constituida LA DAMA CINE S.A.S., por lo que previa lectura y ratificación, se firman en prueba de conformidad dos 2 ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados al comienzo.- Vicente López, Provincia de Buenos Aires, 07 de Septiembre de 2021, se ratifica firma y contenido del presente.- Conste.- La Señora SOLEDAD PEREZ DE SAN JULIAN, DNI Nº 18.790.867, Reconoce y Ratifica el contenido del instrumento que antecede y vuelve a firmar a los efectos de la certificación de firma ante la escribana autorizante, en la ciudad de San Salvador de Jujuy a los 30 días del mes de septiembre de 2021.- CERT. NOT. DAA028996059- ESC. AUGUSTO P. MARIÑO GALASSOADS.
REG. Nº 45- PARTIDO DE VICENTE LOPEZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.LEGALIZACIONES FAA008544392- NOT. SANTIAGO LUIS VASALLO- DELEGACION DE SAN
ISIDRO.- ACT. NOT. Nº B 00656277- ESC. ERICA B. PEREYRA FERNANDEZ-TIT. REG. Nº 41S.S. DE JUJUY.RESOLUCION Nº 032-DPSC/2021- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-336/2021.- ORDENA LA
PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 13 de Diciembre de 2021.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDAD COMERCIALES FISCALIA DE ESTADO
17 DIC. LIQ. Nº 26522-26548 $769,00.-

REMATES
Jesús R. R. Torres Martillero Público Nacional
1356

Boletín Oficial Nº 142

Matrícula Profesional Nº 84
Judicial sin Base, Un Inmueble, con Ocupantes, ubicado en la Localidad de Caimancito-Provincia de Jujuy.- Dra. Alejandra M. Cabalero, Juez de Cámara en lo civil y Comercial Sala III, Vocalía Nº 8, de la Pcia. de Jujuy, comunica por tres veces en cinco días en el Exp. Nro. B-251313/11 caratulado Incidente de Ejecución de Sentencia en B- 148854/05: IBARRA, Silvina Bibiana c/ CRUZ, Pedro R. y Otra. , que el Martillero Público Judicial Jesús R. R. Torres, Matrícula Profesional Nº 84 venderá en pública subasta, al mejor postor, dinero de contado, comisión del Martillero 5% a cargo del comprador, sin base y en el estado en que se encuentra, un inmueble individualizado como: circ. 4, secc.1, Lote 11
manzana 65, lote 31 hoy parcela 11, padrón E- 5790, matrícula E-2653, ubicado en Calle Corrientes s/n, de la Localidad de Caimancito, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, Registra las siguientes deudas: EJESA: Servicio N 12205- $2040, Servicio N 234997- $2280. Las deudas se cancelarán con el producido de la subasta, adquiriendo el comprador libre de ello. El martillero se encuentra autorizado a percibir en el acto de la subasta una seña del 5% más la comisión del martillero y el saldo a la aprobación de esta y a la orden del Sr. Juez de la cusa. Consultas desde una hora antes de la subasta. La subasta se realizará el día viernes 17 de diciembre de 2021en el Colegio de Martilleros sito en calle Coronel Dávila esq. Araoz B ciudad De Nieva de esta ciudad a Horas 18,00.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de tres, 3 veces en cinco5 días. S.S. de Jujuy, 02
de diciembre de 2019. Dra. Alejandra M. CaballeroJuez, Dra. Liliana E. ChorolqueSecretaria.13/15/17 DIC. LIQ. Nº 26327 $701,00.EDGARDO RENE CATORCENO
MARTILLERO PÚBLICO JUDICIAL
Mat. Prof. No 26
UN TERRENO ESQUINA, URBANO BALDIO, LIBRE DE OCUPANTES, UBICADO ENTRE
CALLES RIO URUGUAY, ESQUINA RIO COLORADO EL MISMO SE ENCUENTRA
CERCADO PERIMETRALMENTE CON CHAPAS DE CINC EN TODO SU ALREDEDOR, DEL
BARRIO SAN IGNACIO DE LOYOLA DE LA CIUDAD DE PALPALA, IDEAL PARA
INVERSORES, O EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS, AL FRENTE UBICAMOS
UNIDADES
FUNCIONALES
EL
ENTORNO
CUENTA
CON
EXCELENTE
INFRAESTRUCTURA, TODOS LOS SERVICIOS, A METROS ENCONTRAMOS AVENIDAS
MUY TRANSITADAS, RIO DE LA PLATA, DEL CONGRESO Y JUAN JOSE PASO, EN LA
ZONA OBSERVAMOS SERVICIOS DE SALUD, EDUCACION y SEGURIDAD, ESCUELA 257
PROVINCIA DE CORDOBA MUNICIPALIDAD DE PALPALA, CINE TEATRO AHZ, HOSPITAL WENCESLAO GALLARDO, ESTADIO FABRIZZI CLUB, CASINO GOLF GENERAL
SAN MARTIN, CAJEROS AUTOMATICOS, ETC. BASE: $109.970 Valuación Fiscal.- Dr.
RICARDO R. CHAZARRETA; Juez del Tribunal del Trabajo Sala Nº 1, Vocalía Nº 2, en el Expte. Nº C-137257/2019, caratulado: Daños y Perjuicios: BENAVIDEZ LAURA ELIDA c/ IRIARTE SERGIO
DIEGO DAVID; comunica por tres veces en cinco días, que el Martillero Publico Judicial EDGARDO
RENE CATORCENO Mat. Prof. Nº 26, procederá a la venta en pública subasta, al mejor postor, dinero de contado, comisión del martillero a cargo del comprador 5%, un lote esquina baldío, con todo lo clavado, plantado, cercado y demás adherido al suelo, ubicado en: la ciudad de Pálpala, departamento Pálpala, sobre calles Río Uruguay esquina Río Colorado; Base: Pesos Ciento nueve mil novecientos setenta $ 109.970.-; Nomenclatura catastral: circunscripción 1, sección 2, manzana 13, parcela 1, padrón P-51559, matrícula P-1644; titularidad de dominio: IRIARTE SERGIO DIEGO DAVID;
Descripción del inmueble; medidas: frente O: 10,33 mts. ochava; frente N: 14,04 mts.; contrafrente E.:
13,16 mts.; contrafrente S.: 16,87 mts.; encerrando una superficie total s/plano de 218,01 m2; linderos:
N. calle Río Uruguay; al S. parte lote 3, hoy parcela 3; al E. lote 2, hoy parcela 2; al O. calle hoy Río Colorado. Gravámenes, restricciones e interdicciones: Asiento 3: Embargo Preventivo; por oficio de fecha 18/08/20, Tribunal del Trabajo Sala 1 Jujuy Expte. N C-151573, caratulado: Cautelar de Aseguramiento de Bienes: Benavides Laura Elida c/ Iriarte Sergio Diego David, monto $Pres. N
7562 el 02/09/20, Inscripción Provisoria 17/09/20, Asiento 4: Embargo; por oficio de fecha 20/07/20, Jzdo. 1ra. Inst. C. y C. N 1, Secretaria N 1, Jujuy Expte. N C-152293/19, caratulado: Ejecutivo:
Cardozo Jonatán Osmar c/ Iriarte Sergio Diego David, monto $ 71.018,49 Pres. N 8177 el 18/09/20, registrada 10/12/20. Asiento 5: Embargo Preventivo; por oficio de fecha 25/09/20, Cámara Civil y Comercial Sala II-Jujuy Expte. N C-163521, caratulado; Cautelar de Aseguramiento de Bienes
Embargo en C-162458/20 SADAIC c/ Iriarte Sergio Diego David, monto $ 1.506.760,77 Pres N 8777
el 30/09/20, registrada 10/12/20. Asiento 6: Embargo Preventivo; por oficio de fecha 06/11/20, Cámara Civil y Comercial Sala N 1-Jujuy, Expte. N C-166465/20, caratulado, Cautelar Aseguramiento de Bienes-Embargo: Miranda Raquel Graciela c/ Iriarte, Pres. N 10749 el 06/11/20, Registrada: 10/12/20.
Asiento 7: Ref. As. 3 Inscripción Definitiva, por oficio de fecha 08/02/21, monto $ 1.966.791,83-Pres.
N 2004 el 12/02/21, registrada 29/03/2021. Asiento 8: Embargo Preventivo; por oficio de fecha 07/06/2021, Cámara Civil y Comercial Sala III-Vocalía N 9-Jujuy, Expte. N C180157/21, caratulado Cautelar de Aseguramiento de Bienes: Fernández Marengo Juan José c/ Iriarte Sergio Diego David, Pres. N 8965 el 22/06/2021, registrada 25/06/2021. Impuestos, tasas y contribuciones: se cancelan con lo producido de la subasta. Estado de ocupación: el inmueble se encuentra libre de ocupantes lote baldío según surge del estado de constatación ocupacional realizado en autos a fs.
Seña y forma de pago: seña 20% en el acto del remate y el saldo una vez aprobado la subasta y a la orden del Juzgado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso. Títulos y demás antecedentes se encuentran agregados en los presentes autos y podrán ser consultados en el Juzgado. Consultas: teléfono móvil 0388 154146140 e-mail: martillero.catorceno@gmail.com. La subasta se realizará, el día diecisiete de diciembre de 2021 a hs. 17,00; en la sede del Colegio de Martilleros de Jujuy, sito en calles Araoz esquina Coronel Dávila, del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad San Salvador de Jujuy. El Martillero dará por concluida la Subasta una vez firmada la respectiva Acta de Remate. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de asiento del Juzgado. Edictos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local por tres veces en cinco días San Salvador de Jujuy 03 de diciembre de 2021. Dra. Emilia IriarteProsecretaria.13/15/17 DIC. LIQ. Nº 26442 $701,00.-

CONCURSOS Y QUIEBRAS
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común de la Segunda Nominación, Secretaría de Concursos y Quiebras a cargo de la Dra. Cecilia Chelala, sito en el Pasaje Vélez Sarsfield N 450, 1
piso, de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, Se hace saber que en los autos SEGURIDAD SUAT S.R.L. s/ CONCURSO PREVENTIVO Expte. Nº 3350/21, se ha dictado la resolución que transcripta dice: "San Miguel de Tucumán, 3 de Diciembre de 2021. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I. Fijar hasta el día 30/12/2021 o día subsiguiente hábil en caso de ser feriado para que los acreedores por causa título anterior a la presentación en concurso preventivo formulen el pedido de verificación de sus acreencias. II.- Hacer Saber que la Sindicatura desinsaculada recayó en el Estudio Marteau y Aguirre Asociados, con domicilio en San Martín N 575, Piso 2, Oficina 13, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, que fijó el horario de atención para pretensos acreedores los días Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 11 hs. y de 18.30 a 20.30 hs. III. Fijar el día 16/03/2022 o día subsiguiente hábil en caso de feriado para que el Síndico presente su informe individual art.35 LCQ
IV. Fijar el día 02/05/2022 o día subsiguiente hábil en caso de feriado para que el Síndico presente el informe general previsto art.39 LCQ, el cual podrá ser observado por los acreedores que hayan
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/12/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha17/12/2021

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1228

Primera edición10/01/2018

Ultima edición28/06/2024

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