Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 23 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 35

Jujuy, para que los mismos puedan retornar a sus domicilios de origen.ARTÍCULO 2.- Instrúyase al Ministerio de Salud de la Provincia para que, a través de los profesionales médicos, se proceda a la emisión del certificado que la persona no presenta síntomas de Covid-19 al momento de su emisión.ARTICULO 3.- Regístrese. Pase al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, pase al Ministerio de Salud para su notificación.
Archívese.Dr. Omar Alberto Gutiérrez Director C.O.E.
RESOLUCIÓN Nº 12-COE/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DE Marzo de 2020.VISTO:
El Decreto Nacional 297/2020- APN-PTE, Decreto Acuerdo Nº 696-S-2020; y las Resoluciones emanadas del Comité de Operaciones de Emergencia; y,CONSIDERANDO:
Que, ante la propagación acelerada a nivel mundial del COVID-A19 coronavirus, resulta de vital importancia ampliar las disposiciones de prevención, protección y profilaxis;
Que, en este sentido surge necesario implementar medidas que garanticen el correcto abastecimiento de todas las localidades de la Provincia, permitiendo la circulación pura y exclusivamente de aquellos que poseen comercios abiertos con atención al público y necesitan trasladar para su aprovisionamiento.Que el Decreto Nacional 297/2020- APAN-PTE
dictado recientemente establece una serie de excepciones al aislamiento social dispuesto entre las que se encuentran Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad.
Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas Art. 6 inciso 11, Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios Art. 6 inciso 12 Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca Art. 6 inciso 13.
Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto - Acuerdo Nº 696-S-20;

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EL
COMITÉ
OPERATIVO
DE
EMERGENCIA
RESUELV E:
ARTICULO 1.- Facultase a los Intendentes y Comisionados Municipales a expedir en forma conjunta con la máxima autoridad Policial de cada Localidad a la autorización para la circulación de aquel comerciante que necesite trasladarse por la Provincia de Jujuy para abastecimiento de su local comercial.ARTÍCULO 2.- Establézcase el régimen de autorización emitidas por los Intendentes y/o Comisionados de cada localidad de conformidad con lo establecido en el Articulo precedentemente, cuyo modelo se adjunta como Anexo único de la presente Resolución.ARTICULO 3.- Póngase en conocimiento al Ministerio de Seguridad de la Provincia, por su intermedio a la Policía de la Provincia y Fuerzas de Seguridad Nacionales para controlar la correcta circulación conforme lo establecido en el Artículo 1.ARTICULO 4.- Regístrese. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, archívese.Dr. Omar Alberto Gutiérrez Director C.O.E.
RESOLUCIÓN Nº 13-COE/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DE MARZO
DE 2020.VISTO:
Los Decretos Acuerdo Nº 696-S-2020 y N 741G-2020; y CONSIDERANDO:
Que, ante la propagación acelerada a nivel mundial del COVID-19 coronavirus, resulta de vital importancia ampliar las disposiciones de prevención, protección y profilaxis;
Que, el Gobierno Provincial y el Comité Operativo de Emergencia permanentemente han difundido diversas órdenes desde la confirmación del primer caso positivo de COVID-19 coronavirus en la Provincia de Jujuy, Que, a fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado Provincial se disponen estrictas medidas tendientes a hacer frente a esta emergencia;

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/03/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1231

Primera edición10/01/2018

Ultima edición05/07/2024

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