Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 09 de 2020.-

Anexo Boletín Oficial Nº 28

LEYES DECRETOS RESOLUCIONES - ORDENANZAS
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.EXPEDIENTE Nº 16 15307 2019 1 .DECRETO Nº 0297 . 20 . 008
.San Salvador de Jujuy, 06 MARZO 2020
VISTO:
La Ordenanza Nº 7384/2019 sancionada en fecha 28 de noviembre del año 2019 y promulgada mediante Decreto Nº 2859.19.008, por medio de la cual se establece con carácter excepcional, un Plan Especial de Regularización de Planos y Documentación de Obras y Loteos; y CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º de la referida norma establece una vigencia de tres 03
meses para el antedicho Plan Especial de Regularización de Planos y Documentación de Obras y Loteos, otorgando la posibilidad de prorrogar la vigencia aludida ut supra por tres 03 meses más por Decreto del Departamento Ejecutivo;
Que, atento a la gran demanda de contribuyentes que adhirieron al Plan, y a los efectos de facilitar el pago en las bocas habilitadas para tal fin, es criterio de este Departamento Ejecutivo proceder a prorrogar la vigencia del mismo por el término de treinta 30 días a partir del día 10 de marzo del año en curso;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1º.- A partir del día 10 de marzo del año en curso, y por el término de treinta 30 días, prorrógase la vigencia del Plan Especial de Regularización de Planos y Documentación de Obras y Loteos, de conformidad a las disposiciones contenidas en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 7384/2019.ARTICULO 2º.- Formúlese reserva de poder hacer uso de las facultades conferidas en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 7384/2019, por el remanente del plazo de prórroga otorgado a este Ejecutivo Municipal.ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a la Coordinación General de Comunicación para su amplia difusión, Dirección General de Rentas, Juzgado Administrativo de Faltas Municipal y a las distintas Secretarías que conforman el Gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.Arq. Raúl E. Jorge Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO Nº 018-G-2019.CIUDAD PERICO, 10 DIC. 2019.VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Encargado del Departamento de la Juventud de la Municipalidad de Perico.
Que conforme Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de la Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demás funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;
Por Ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRET A;
ARTÍCULO 1: Desígnese, a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Encargada del Departamento de la Juventud de la Municipalidad de Perico, a la Srta. Silvana Andrea Aranda, D.N.I. N 33.255.328,ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete y por la Sra. Secretaria de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.ARTÍCULO 3: Regístrese; comuníquese a quienes corresponda, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, y archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 019-G-2019.CIUDAD PERICO, 10 DIC. 2019.VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Encargado del Departamento de la Mujer de la Municipalidad de Perico.

Que conforme Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de la Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demás funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;
Por Ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
ARTÍCULO 1: Desígnese, a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Encargada del Departamento de la Mujer de la Municipalidad de Perico, a la Srta. Rebeca Cecilia Torres, D.N.I. N 31.454.170.ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete y por la Sra. Secretaria de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, y archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 020 -G-2019.CIUDAD PERICO, 10 DIC. 2019.VISTO;
La ordenanza N 1024/2013;
CONSIDERANDO:
Que para el mejor desenvolvimiento del Gabinete Psicopedagógico Municipal creado mediante la referida ordenanza resulta necesario contar con un profesional que tenga a cargo la Coordinación del área;
Que conforme Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de la Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demás funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;
Por Ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRETA;
ARTÍCULO 1: Desígnese, a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Coordinadora del Gabinete Psicopedagógico Municipal a la Sra.
Norma Del Valle Díaz, D.N.I. N 24.453.721.ARTÍCULO 2: Establézcase para la mencionada funcionaria una remuneración equivalente al 70% de lo que percibe un Director de la Municipalidad de Ciudad Perico.
ARTÍCULO 3: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete y por la Secretaria de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, y archívese.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 021-G-2019.CIUDAD PERICO, 10 DIC. 2019.VISTO:
El reciente cambio de gestión Municipal.
CONSIDERANDO: Que, la permanencia y función de los Funcionarios Públicos y del Personal de, Gabinete cesan con la autoridad cuyo gabinete integran. Que, se advierte que muchos funcionarios y personal de gabinete de la gestión saliente pretenden continuar prestando servicios.
Que, conforme Art. 72, Art. 67 inc. 9, 11 y 23 de. la Carta Orgánica es atribución del Intendente designar a sus secretarios, directores y demás funcionarios y personal a cargo de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRETA;
ARTÍCULO 1: Déjese sin efecto toda designación de Funcionarios Públicos, Personal Jerárquico y de Gabinete efectuada con anterioridad a la fecha del presente Decreto.
ARTÍCULO 2: El Área Liquidaciones de esta Municipalidad, deberá a partir de la fecha del presente Decreto, abstenerse de efectuar liquidación de haberes a cualquier Funcionario, Personal Jerárquico y de Gabinete comprendido en el artículo precedente.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/03/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1230

Primera edición10/01/2018

Ultima edición03/07/2024

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