Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 08 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 3

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES

DECRETO Nº 7287-MS/2018.EXPTE Nº 1400-186/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desígnase, a partir del día 02 de Agosto de 2018, en el cargo de Vice Rector del Instituto Superior de Seguridad Pública dependiente del Ministerio de Seguridad al COMISARIO
HERNANDEZ ENRIQUE CAYETANO, D.N.I. N 24.252.834.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10437-HF/2019.EXPTE Nº 500-547/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- A partir del 31 de julio de 2019, acéptase la renuncia presentada por la C.P.N. OLGA SILVINA SORUCO, D.N.I. N
21.846.679, al cargo de Coordinador de Políticas Salariales.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10462-E/2019.EXPTE Nº 200-616-2018.C/ Agregado: 1050-598-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico. Interpuesto por los Sres. María Fernanda Domínguez, D.N.I. N 27.669.802; Gabriela Mariana Espinoza, D.N.I. N 29.852.597; Elva Gabriela Bertolone, D.N.I. N 23.946.773; Carolina Verónica Gómez, D.N.I. N
25.954.718; María Josefina Mamani, D.N.I. N 24.612.830; Analía Verónica Nadal, D.N.I. N 26.232.691; Carlos Alberto Soraire; D.N.I.
N 27.883.150; Cesar Rubén Torres, D.N.I. N 23.145.150; Fabiola Mariana Vilte, D.N.I. N 28.073.792; Hilario Gastón Alurralde, D.N.I. N 25.954.400; Silvia Fabiola Quintos, D.N.I. N 32.159.529;
Ariel Antonio Condori, D.N.I. N. 25.377.463 y Jorge Martín Calvo, D.N.I. N 25.613.762, con el patrocinio letrado de la Dra. Cintia Lorena Mamani y el Dr. Lucas Martín Chavarria en contra de la Resolución N
8398-E-18 de fecha 09 de febrero de 2018, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del Presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33º de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10620-MS/2019.EXPTE Nº 1400-122/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1 - Téngase por autorizado al MINISTERIO DE
SEGURIDAD, en el marco de la excepción prevista en el articulo 1 -in finedel Decreto Acuerdo N 3789-H/2001, a la adquisición de bienes de capital -consistente en dos 02 tanques cisterna de 2000 Lts. de capacidad cada uno, con doble cisternado para la provisión de Diesel y Nafta, capacidad 1000 Lts. cada uno, dotados del correspondiente Kit de Despacho Bomba - manguera, caudalimetro, filtro y pico, mediante el procedimiento de Contratación Directa, conforme Decreto Acuerdo N

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3716-H/1978, Régimen de Contrataciones del Estado, Decreto N 8484HF/19, con facultades para aprobar y culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.ARTICULO 2º.- La erogación emergente, se atenderá con afectación a la Partida Presupuestaria Jurisdicción Y Ministerio de Seguridad U de O. Y2A Policía de la Provincia, Partida 2.5.7.8.1.4. Bienes de Capital - Fondo Especial de Seguridad Pública, previsto en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley Nº 6.113/18.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10964-MS/2019.EXPTE Nº 1402-034/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2019.VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad, solicita autorización para la adquisición de veinte 20 Celulares, de los cuales 15 quince serán destinados a la instalación del Sistema SIBIOS; y CONSIDERANDO:
Que, se inician las presentes, dando cuenta de la necesidad de la adquisición del bien, atento a la falta de documentación personal de las personas durante los operativos en los puestos de Control Caminero, resultando necesaria la entrega de un teléfono equipado para su identificación, que permita llevar a cabo mencionados operativos de la manera más optima, contando con la correspondiente autorización del Ministro de Seguridad;
Que, la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad, informa partida presupuestaria con la cual se haría frente la erogación, identificándola con la siguiente codificación: 7.5.42.0.2.5
BIENES DE CAPITAL MULTAS DE TRANSITO Y SEGURIDAD
VIAL, correspondiente a la U. de O. Y1A Dirección General de Administración EJERCICIO 2019, por el monto total de PESOS
CIENTO OCHENTA MIL CON 00/100 $ 180.000,00;
Que, la Secretaría de Egresos Públicos toma intervención, como así también la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, emiten informes de su competencia;
Que, la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad refiere que se han cumplido las normas del Decreto Acuerdo Nº 3716-H/78, Decreto Ley Nº 159-HG/57, Decreto Nº 8484-HF/19, Resoluciones Nº 1195-H/11 y Nº 3186-TP/15, toda vez que la solicitud se encuentra plenamente justificada y existen los fondos suficientes para afrontar la misma, correspondiendo emitir el acto administrativo que autorice el procedimiento de compra de los bienes requeridos;
Que, Fiscalía de Estado emite dictamen legal de competencia, considerando la procedencia de lo solicitado, mediante Concurso de Precios;
Que, obra Carta de Invitación y Pliego de Bases y Condiciones Generales con sus anexos A, I, II y III para el llamado a Concurso de Precios;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizar al Ministerio de Seguridad, en el marco de la excepción prevista en el artículo 1º - in finedel Decreto Acuerdo Nº 3789-H/2001, a la adquisición de Bienes de Capital consistente en veinte 20 Teléfonos Celulares, mediante el procedimiento que corresponda conforme Decreto Acuerdo Nº 3716-H/78, Régimen de Contrataciones del Estado Nº 8484-HF/2019, quedando expresamente facultado el mencionado organismo, para continuar, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.ARTICULO 2.- La presente erogación se hará frente con la siguiente partida presupuestaria: 7.5.42.0.2.5 BIENES DE CAPITAL MULTAS
DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL, correspondientes a la U. de O.
Y1A Dirección General de Administración EJERCICIO 2019 Ley Nº 6.113/18.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/01/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1230

Primera edición10/01/2018

Ultima edición03/07/2024

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