Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 01 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 125

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por usufructuada la licencia sin goce de haberes a favor del Dr.
Alejandro Martín Félix Loiacono, CUIL 24-25559268-4, en el cargo A j-2, Escalafón Profesional Ley N 4418 de la Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 07 de noviembre de 2017 y hasta el 06 de noviembre de 2018.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9738-G/2019.EXPTE Nº 763-91/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por autorizada la comisión de servicios al exterior cumplida por el Ing. Lucas Manuel Macedo Moresi y ratifíquese la Resolución N 093-D-2018, de fecha 30 de julio de 2018 dictada por el Directorio del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E., por las razones expresadas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9741-G/2019.EXPTE. Nº 0400-3766-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Prorrogase por el plazo de un 1 año, contado a partir del 7 de Julio de 2019, la INTERVENCION de la CORPORACION PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DE
POZUELOS CO. DE. PO, dispuesta por Decreto N 7025-G-18, a tenor de lo expresado en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9901-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 200-561/2018.Y Agreg. Nº 222-3337/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazar por improcedente e inadmisible el Reclamo Administrativo Previo incoado por el señor JULIO MARIO PALACIOS, D.N.I. N 11.663.018, personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, con el patrocinio letrado del Dr. René Antonio QUISPE
CARRIZO, por las razones expresadas en el exordio.ARTÍCULO 2.- Déjase opuesta, en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Artículo 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9957-S/2019.EXPTE. Nº 743-16/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la promoción de la Sra. Nélida García, CUIL 27-05329567-9, a la categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N 3161, de la U. de O.: R 6-01-25 Hospital Monterrico, a partir del 1 de enero de 2.019.ARTÍCULO 2.- La erogación emergente del presente trámite, se imputará a la partida prevista que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6113, prevé para la jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-25 Hospital Monterrico, la Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-37
"Adecuación Ley N 4413 y Ley N 5502", en la Unidad de Organización "6" Secretaría de Salud de la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud.ARTÍCULO 3.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición por el segundo párrafo del artículo 3, Anexo I y del Decreto N
8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/74 modificada por Ley N 5748.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10014-G/2019.EXPTE. Nº 0300-415-2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la "ASOCIACION CIVIL CLUB
ATLETICO SANTO DOMINGO" con asiento en Ciudad Perico Departamento El Carmen y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de cincuenta y tres 53 Artículos y, como Escritura Pública N 47/19 del Registro Notarial N 73 de Jujuy, corre agregado de fs. 51
a 63 de autos.-

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GOBERNADOR
DECRETO Nº 10054-E/2019.EXPTE. Nº 1056-3072-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 10 de enero del 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SRA. GERARDINA LEONOR AGUILERA, CUIL N 23-12005116-4, Personal de Planta Permanente, Categoría 15 Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General de la Escuela N 360 "Teodoro Sánchez de Bustamante" de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.:
"4" Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 01-0101-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3º.- Instrúyase a de la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos necesarias y de conformidad modificado por Ley N 5748/12 arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N
3161/74 2.ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10101-MS/2019.EXPTE Nº 1414-1596/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por designados, con retroactividad al día 02 de Enero ,del año 2018, en la planta de personal permanente de la U. de O "2A" Policía de la Provincia, dependiente de la Jurisdicción "Y" Ministerio de Seguridad, en el cargo de Oficial Ayudante, Cuerpo de Seguridad Escalafón General, al siguiente personal:
1 OFICIAL AYUDANTE ALARCON LUCIANO GABRIEL 20-38746734-4
2 OFICIAL AYUDANTE BRAJEDA NOELIA YANINA
23-36837304-4
3 OFICIAL AYUDANTE CISNEROS TATIANA MARIEL
27-38746655-5
4 OFICIAL AYUDANTE IGNACIO GEORGINA YANINA
23-36579673-4
5 OFICIAL AYUDANTE MARTINEZ VELAZQUEZ MARCELA ALEJANDRA
2739231608-1
6 OFICIAL AYUDANTE SALOMON DARIO EZEQUIEL
20-37304895-0
7 OFICIAL AYUDANTE TOCONAS NELSON GUSTAVO
20-35479848-5
ARTÍCULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIOS ANTERIORES Período no consolidado. Se imputarán a la Deuda Pública Provincial Partida 03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, de la Jurisdicción."L" DEUDA PUBLICA.EJERCICIO 2019 Ley N 6.113 Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con la respectiva partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción "Y" Ministerio de Seguridad - Unidad de Organización "2A-Policía de la Provincia".ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10181-E/2019.EXPTE. Nº 1056-353-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SEÑORA IRMA TEDAR GARCÍA, CUIL N 23-10157416-4 Personal de Planta Permanente, Categoría 10 en la Escuela N 203 "Su Santidad Juan XXIII" de San Pedro de Jujuy, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.-La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente-tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502" U. de O.
"K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha01/11/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1228

Primera edición10/01/2018

Ultima edición28/06/2024

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