Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 24/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 24 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 83

898

Jornada Completa, Maestro Especial Jornada Simple y Maestro Especial de Jornada Completa, Maestro de Grado Alberge Anexo, Maestro de Jardín Albergue Anexo, Maestro Especial Albergue Anexo, Maestra Jardín Maternal Jornada Simple, Maestro Especial Lengua Extranjera Jornada Simple.ARTICULO 2º.- El adicional otorgado en el artículo primero, se liquidará exclusivamente cuando el docente registre el cumplimiento de sus labores en aulas frente a alumnos durante todo el mes calendario.ARTÍCULO 3.- El adicional "Frente a Alumnos" consistirá en una asignación no remunerativa no bonificable equivalente al valor del básico de tres 3 horas cátedra de docentes de nivel secundario.- Será abonado por persona y por cargo en la liquidación de haberes del mes siguiente del que se verifique íntegramente la condición que establece el Artículo 2.El adicional no será considerado a efectos de la determinación del piso salarial, ni para el tramo de las asignaciones familiares, y se computará para el cálculo del sueldo anual complementario según los períodos en que sea percibido por el docente.ARTÍCULO 4.- Durante el receso escolar de los meses de enero y febrero no se devengará el adicional.ARTÍCULO 5.- A los docentes de instituciones privadas se les reconocerá el adicional, en las mismas condiciones que a los del sector público, en proporción al subsidio que reciban.ARTÍCULO 6.- Quedan excluidos del presente decreto los docentes:
declarados en disponibilidad. que no desempeñen tareas frente a alumnos en situación de clases. que no se desempeñen en las instituciones educativas del Ministerio de Educación. miembros de Junta Provincial de Calificación Docente. de educación comunitaria y no formal.ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 8.- Facúltase a los ministros mencionados para dictar en forma conjunta las normas reglamentarias, interpretativas y de procedimiento que establecerán las condiciones y requisitos que deberán cumplir los docentes para ser acreedores del adicional.-

debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del decreto Acuerdo N
3716-H/78 "Reglamento de Contrataciones del Estado" y su modificatorio Decreto Acuerdo N 5993-G/18, Decreto Ley N 159-H/G-57 "Decreto Ley de Contabilidad de la Provincia", Decreto Acuerdo N 8484-H/F-19, Ley N 4958 de Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy, y rendición de cuenta.ARTICULO 2.- La presente erogación se hará frente con la siguiente partida presupuestaria: 7.5.42.0.2.5 "BIENES DE CAPITAL - MULTAS TRANSITO Y
SEGURIDAD VIAL", correspondiente a la U. de O. "Y1A" Dirección General de Administración - EJERCICIO 2019 - Ley N 6.113/18.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

RESOLUCION Nº 000345-G/2019.EXPTE Nº 400-3540-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO. 2019.EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Determinar que los valores de la asistencia económica establecidos en el artículo 4 de la Ley 4.311, para los procesos electorales del presente año 2019 y subsiguientes, serán los que a continuación se fijan:
a Los establecidos en el inciso 1 del Artículo 4 de la Ley 4311
Afiliados: Pesos Once $ 11,00.-
b Los establecidos en el inciso 2 del Artículo 4 de la Ley 4.311
Votos: Pesos Seis $6,00.-
ARTICULO 2.- Deróguese toda otra disposición que se oponga a la presente.-

DECRETO ACUERDO Nº 9562-DEyP/2019.EXPTE. Nº 660-260/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase el incentivo fiscal, de exención al impuesto provincial de Sellos Título Segundo del Código Fiscal de la Provincia de Jujuy, a la trasferencia de activos y la constitución de derechos reales sobre ellos, correspondiente a la Quiebra del Ingenio La Esperanza, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2.- Dése a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, para su ratificación.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 100-DEyP/2019.EXPTE Nº 2017-53/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 MAY. 2019.EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Téngase por aprobado el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la DIRECCION DE AGENCIA DE COMERCIALIZACIÓN y el Sr. Juan Manuel PEÑA, DNI N 35.308.717, CUIL 20-35308717-8, categoría 24
del Escalafón General de la Administración Pública, desde el 01/01/17 hasta el 31/12/17, obrante a fs. 12/13, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demandó el cumplimiento del contrato que se aprueba por el artículo anterior se atendió con la siguiente Partida Presupuestaria:
EJERCICIO 2017
JURISDICCION: "P" MINISTERIO DE PRODUCCION
U. de O.: "P 80" AGENCIA DE COMERCIALIZACION
Partida: 1.2.1.9.1.1 "PERSONAL CONTRATADO"
Felix Perez Ministro de Desarrollo Económico y Producción Interino
Oscar Agustín Perassi Ministro de Gobierno y Justicia
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS

DECRETO Nº 9706-A/2019.EXPTE. Nº 1100-274/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUN.2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Mientras dure la ausencia de la Titular, encárgase la cartera del Ministerio de Ambiente al Secretario de Calidad Ambiental, Ingeniero Químico Pablo Armando Bergese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9839-MS/2019.EXPTE Nº 1402-070/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizar al Ministerio de Seguridad, en el marco de la excepción prevista en el articulo 1º -in findel Decreto Acuerdo N 3789-H-2001, a la adquisición de bienes de capital Dos 02 Camionetas cabina doble 4x4 y Siete 07 Automóviles sedan 4 puertas, mediante el procedimiento de Licitación Pública, por la suma de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON00/100 $ 7.300.000,00, quedando expresamente facultado el mencionado organismo a continuar, aprobar, adjudicar y culminar el procedimiento de compra,
PRORROGA DEL LLAMADO A LICITACION.MINSTERIO DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE JUJUY
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N 1/19.EXPTE. N 1100-233/2019
OBJETO: Contratación del Servicio de Operación y Mantenimiento del Relleno Sanitario del Centro Ambiental Jujuy para el Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 270.239.464 IVA INCLUIDO.
VALOR DEL PLIEGO: $ 85.000,00. Depósito: Cuenta Corriente en Pesos Tesorería de la Provincia N 320009414441184, CBU: 2850200-930094144411841.
LUGAR DE ADQUISICIÓN DE PLIEGOS Y CONSULTAS: Ministerio de AmbienteTesorería. República de Siria N 150, 1er, Piso, San Salvador de Jujuy.
A partir del 3 de Julio de 2019.- Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 horas. Tel: 3884249262.
Se entrega en el mismo acto en formato digital: Pliegos, Anexo: Declaraciones Juradas, Formularios, Cuadro General, Evaluación Técnica y Planos.
RECEPCIÓN DE OFERTAS: Ministerio de AmbienteTesorería. República de Siria N 150, 1er. Piso. San Salvador de Jujuy. Tel: 388-4249262
PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Hasta el día 16/08/2019.
Horas: 08:30.
APERTURA DE SOBRES: 16/08/2019. Horas: 09:00. República de Siria N
150, San Salvador de Jujuy.

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 24/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha24/07/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1246

Primera edición10/01/2018

Ultima edición07/08/2024

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