Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 09 de 2018.-

582

Boletín Oficial Nº 52
U. DE O.

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 3024-DH/2017.EXPTE Nº 769-820/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ENE. 2017.VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio Nº 1665
Especifico para la Implementación del Plan Nacional de Primera Infancia y su Anexo I, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra. Yael Silvana Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; y CONSIDERANDO:
Que, el mencionado Convenio tiene por objeto garantizar el desarrollo integral de niños y niñas de 45 días a 4 años de edad en situación de vulnerabilidad social en pos de favorecer la promoción y protección de sus derechos en la provincia, colaborando recíprocamente entre las partes para el fortalecimiento del espacio de Primera Infancia "DR. GUILLERMO EUGENIO SNOPEK";
Que, en el marco de la Ley N 26.061 se determina un sistema integrado de protección del Derecho de los Niños y Adolescentes, conformado por tres niveles Nacional, Federal y Provincial, autorizando la celebración de convenios entre las distintas jurisdicciones que realicen los objetivos de dicha normativa, a efectos de permitir una actuación articulada en los sistemas de tutela;
Que, a efectos de financiar la ejecución del Convenio en cuestión. Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, en concepto de subsidios no reintegrables, un subsidio mensual por cada niño/a asistente al espacio Primaria Infancia cuyo valor es de Pesos Trescientos Cincuenta $ 350.-, siendo la modalidad de transferencia semestral;
Que, asimismo el monto comprometido por, la Secretaria Nacional mencionada ut supra, para el primer semestre será la suma de Pesos Doscientos Mil $ 200.000.- en concepto de subsidio único inicial y de Pesos Trescientos Veintinueve Mil Setecientos $
329.700.- en concepto de subsidio mensual, lo que asciende a un monto total de Pesos Quinientos Veintinueve Mil Setecientos $ 529.700.-;
Que, en las cláusulas que conforman dicho Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;
Que, a fs. 69/70 el Dpto. Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Humano emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs. 72 vta, por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que sé encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Por ello, en usos de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por aprobado el Convenio N 1665 Especifico para la Implementación del Plan Nacional de Primera infancia y su Anexo I, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra.
Yael Silvana Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre, obrante a fs. 24/42, de conformidad a lo manifestado en el exordio.ARTICULO 2.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.ARTICULO 3.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Desarrollo Humano - Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, a sus efectos.
Cumplido, archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5097-DEyP/2017.EXPTE Nº 2009-207/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley 6001/2016, conforme al siguiente detalle:
SE TRANSFIERE DESDE:
JURISDICCION: "P" MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y
PRODUCCION
U. DE O.
"P3B"
DIRECCION PROVINCIAL DE
DESARROLLO GANADERO
Finalidad:
7 DESARROLLO DE LA ECONOMIA
Función:
2 AGRICULTURA, GANADERIA Y REC. NAT.
RENOVABLES
Sección:
2 EROGACIONES DE CAPITAL
Sector:
5 INVERSION REAL
P Principal.
7 BIENES DE CAPITAL
P. Parcial:
1 BIENES DE CAPITAL
P.S.Parcial 1
Bienes de Capital $ 2.486.250,00
TOTAL
$ 2.486.250,00
PARA CREAR:
EROGACIONES
JURISDICCION: "P" MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y
PRODUCCION

"P3B"

DIRECCION PROVINCIAL DE
DESARROLLO GANADERO
Finalidad:
7 DESARROLLO DE LA ECONOMIA
Función:
2 AGRICULTURA, GANADERIA Y REC. NAT.
RENOVABLES
Sección:
1 EROGACIONES CORRENTES
Sector:
3 TRANSFERENCIAS
P Principal:
4 TRANSF. P/FINANC. EROG. CORRIENTES
P. Parcial:
5 APORTE A ACTIV. NO LUCRATIVAS
P.S. Parcial:
860
Plan de Fomento Genético-Subsidios. $
2.486.250,00
TOTAL
$ 2.486.250,00
ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Desarrollo Económico y Producción y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5775-ISPTyV/2017.EXPTE Nº 516-409/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Promuévese a la Categoría 24 del Escalafón General previsto en la Ley 3161/74, a la agente NILDA INÉS CLAROS C.U.I.L. N 27-12.005.202-6, Personal Planta Permanente de la DIRECCCIÓN PROVINCIAL DE INMUEBLES, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley 5502/05.ARTÍCULO 2.- Instrúyase a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTÍCULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6001, para la U. de O.:
"V6C" Dirección Provincial de Inmuebles , la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción K Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 4.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del 01 de Enero de 2016.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de:
Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6208-ISPTyV/2018.EXPTE Nº 600-135/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 FEB. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Mientras dure la ausencia del Titular, encargarse la Cartera del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, al Señor Secretario de Planificación, Arq. Ramiro TEJEDA.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6299-S/2018.EXPTE Nº 200-297/17.Agreg. Exptes. Nº 700-575/16, Nº 716-2432/16 y Nº 716-1057/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechácese por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en carácter de Apoderado Legal de la Sra. VERÓNICA
GRACIELA SOTO DNI. N 12.617.901, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase por el principio de eventualidad procesal opuesta la defensa de la prescripción del artículo 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6397-MS/2018.EXPTE Nº 1415-251/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por designada, con retroactividad al 02 de Mayo del año 2016, a la Odontóloga SAVANCO VERONICA ANDREA, D.N.I. N 24.108.051, en el grado de SUBADJUTOR AUXILIAR en la Planta de Personal Permanente de la U. de O. 2B Dirección General del Servicio Penitenciario, dependiente de la Jurisdicción Y Ministerio de Seguridad.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha09/05/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1235

Primera edición10/01/2018

Ultima edición17/07/2024

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