Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 07 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 51

567

DECRETO Nº 5690-S/2017.EXPTE Nº 780-589/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERESE:
DE:
U. de O.: R1 Ministerio de Salud Categoría Nº de Cargos A-1 i-1
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4413
Total 1
A:
U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana Categoría Nº de Cargos A-1 i-1
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4413
Total 1
ARTICULO 2º.- Designase al Lic. NATALIA ALEJANDRA GUTIERREZ, CUIL 2731126605-0, en el cargo categoría A-1 i-1, agrupamiento profesional, Ley N 4413, en la U.
de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley N 6001, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de "gastos en personal" asignada a la jurisdicción "R" Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana".ARTICULO 4.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos - ejercicio 2017- Ley N 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R1 Ministerio de Salud Categoría Nº de Cargos A j-2
2 Agrup. Profesional Ley Nº 4418
Total 2
A:
U. de O.: R 2-02-25 Hospital Monterrico Categoría Nº de Cargos A j-2
2 Agrup. Profesional Ley Nº 4418
Total 2
ARTICULO 2.-Aceptar la renuncia, a partir del 22 de mayo de 2017, presentada por la Dra.
Ángela Magdalena Manganelli, CUIL 23-13067419-4, en el carácter de interina dispuesta mediante Decreto N 3047-S-17, en el cargo categoría A j-2, agrupamiento profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R 2-02-04 Hospital "San Roque", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.-Designar a las Dras. Ángela Magdalena Manganelli, CUIL 23-13067419-4, y Margarita Rosa Reinaldes, CUIL 27-21321747-5, en los cargos categoría A j-2, agrupamiento profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R 2-02-25 Hospital "Monterrico", con retroactividad al 22 de mayo de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 4.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6001, correspondiente a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-25 Hospital Monterrico.ARTICULO 5.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 5730-S/2017.EXPTE Nº 721-247/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aceptase con retroactividad al 24 de febrero de 2.016, la renuncia presentada por la Dra. JORGELINA IBAÑEZ, CUIL 27-25776072-9, al cargo categoría A j-2, agrupamiento profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R 2-02-09 Hospital "Dr. Guillermo C.
Paterson", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2º.- Aceptase con retroactividad al 20 de junio de 2.017, la renuncia presentada por el Dr. MIGUEL ALEJANDRO GIAVAI, CUIL 20-25165135-4, al contrato" de locación de servicios, que detenta en la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, con funciones el Centro de Rehabilitación "Dr. Vicente Arroyabe", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3.- Designase al Dr. MIGUEL ALEJANDRO GIAVAI, CUIL 20-25165135-4, en el cargo categoría A j-2, agrupamiento profesional, Ley N 4418, en la U. de O.: R 2-02-09
Hospital "Dr. Guillermo C. Paterson", con retroactividad al 21 de junio de 2.017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 4.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley N 6001, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de "gastos en personal" asignada a la jurisdicción "R" Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-09 Hospital "Dr. Guillermo C. Paterson".ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

DECRETO Nº 5808-S/2017.EXPTE Nº 701-1513/12.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Rejerarquizar al Personal de Planta Permanente del Escalafón General de la U.
de O.: R1 Ministerio de Salud, individualizado en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.-La erogación emergente del presente Decreto correspondiente a Ejercicios Vencidos, se atendió con las partidas previstas en las Leyes de Presupuesto N 5692, N 5756, N 5794, N 5861, N 5877, y la pertinente al presente Ejercicio-Ley N 6001, se imputará a la partida que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6001, prevé en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R 1 Ministerio, la partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-78 "Regularización Decreto N 1135-G-12", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesoro.EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" correspondiente a la Unidad de Organización "L"
Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.-Las disposiciones del presente Decreto rigen con retroactividad al 1 de agosto de 2012.ARTICULO 4.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5734-S/2017.EXPTE Nº 721-1724/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N 721-1724/15, caratulado "SOLICITUD DE COMPRA DE ANESTESICOS N
de Pedido 3231", a la partida "L" Deuda Publica 3-10-15-01-26 para el pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, - Ejercicio 2.017 - Ley N 6.001, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme con las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5748-S/2017.EXPTE Nº 780-081/16.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5817-S/2017.EXPTE Nº 0721-01722/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adecuar a la Lic. Noelia Gisela Retamoso, CUIL 27-28877981-9, en el cargo Categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional Ley 4413, de la U. de O.: 2-02-09 Hospital "Dr.
Guillermo C. Paterson", a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.-La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida prevista en el presupuesto vigente Ley 6001 que a continuación se indica:
Ejercicio 2017:
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, "Gastos en Personal" asignada a la U. de O.: R2-02-09
Hospital "Dr. Guillermo C. Paterson", la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-37 "Adecuación Ley N 4413 y Ley N 5502", Unidad de Organización "K"
Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha07/05/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1235

Primera edición10/01/2018

Ultima edición17/07/2024

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