Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 30 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 48

en adelante las CESIONARIOS convienen en celebrar el presente Contrato de Cesión de Cuotas Sociales que lo subordinan a la siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Que la CEDENTE, es titular de cincuenta 50 cuotas sociales en la Sociedad TERRAMAQ S.R.L., constituida mediante instrumento privado de fecha 05 de Abril de 2.010; y, que fuera inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio 249, Acta 249, Libro III de S.R.L. con fecha 06 de Mayo de 2.010; Registrado con copia bajo Asiento nº 28, Folio 204/207, Legajo XV, Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 06 de Mayo de 2.010
y adquiridas por la CEDENTE mediante contrato de Cesión de fecha 27 de abril de 2.012 e inscripta en el Registro Público de Comercio Asiento nº 48, Folio 438/441
del Legajo XV, tomo III de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 20-09-12. La CEDENTE, por este acto cede y transfiere con arreglo a derecho a favor de las cesionarios, la totalidad de su participación en la Sociedad ut-supra mencionada, correspondiente a cincuenta 50 cuotas sociales, de su exclusiva propiedad; que la CESIONARIO acepta de plena conformidad y adquieren en las siguientes proporciones: cuarenta y cinco 45 cuotas sociales adquiere la Cesionario Alejandra Raquel García Dávila y cinco 5 cuotas sociales la Sra. Arsenia Sanchez.- SEGUNDA: Las partes de común pactan que la presente cesión se efectúa por la suma de pesos quinientos mil $500.000.-, los que son abonados de la siguiente manera: 1.- La CEDENTE recibe de manos de la CESIONARIO Arsenia Sánches en dinero efectivo la suma de pesos cincuenta mil $50.000.- a su entera satisfacción, otorgando por el presente formal recibo y carta de pago; 2.- La CESIONARIA Alejandra Raquel García Dávila cancela la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil $450.000.- mediante la entrega del rodado marca TOYOTA HILUX 4x4 Cabina Doble SRV 3.0 TDI, tipo PICK UP, chasis 8AJFZ29G6116782, motor n 1KD-5118282, dominio JFB-591, entregando en este acto título y cédula del automotor, formulario 08 suscripto por el titular registral y formulario CETA, quedando con ello cancelado el precio de venta pactado.- TERCERO: La presente Cesión incluye los derechos y acciones de las ya mencionadas cuotas sociales, que las CECIONARIOS declara conocer y aceptar en un todo; y la CEDENTE le transfiere los atributos inherentes a las mencionadas cuotas sociales, subrogándolas y colocándolas en el lugar, grado y prelación de la CEDENTE; acepando las CESIONARIOS a su favor en las proporciones y condiciones referidas.- CUARTA: La CEDENTE, declara que no se encuentra inhibida para disponer de su bienes y que las mencionadas cuotas sociales no están embargadas, ni registran ningún gravamen interdicción o restricción, ni otros derechos personales, haciéndose responsables por tales afirmaciones.- QUINTA:
La CEDENTE manifiesta que ha notificado a los efectos legales al Socio FACUNDO MARTIN CORRADINI de la presente CESION quien prestó su conformidad. En ese contexto, la CEDENTE declara bajo fe de juramento y haciéndose responsable de cualquier reclamo que el Sr. CORRADINI fue notificada en persona de la suscripción del presente contrato de Cesión.- SESTA:
Las partes autorizan al Dr. Federico José Montalbetti, abogado del Foto Local, con domicilio en Avenida 19 de Abril nº 661-Tercer Piso-Departamento D de esta Ciudad Capital.- En prueba de conformidad firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintiún días del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciséis.- ACT. NOT. B 00224947 - ESC.
CLAUDIA ALICIA TRENQUE - TIT. REG. Nº 10 - S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10
de la ley 19550.San Salvador de Jujuy, 20 de abril de 2018.MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
30 ABR. LIQ. Nº 13883 $230,00.DECLARACION JURADA En mi carácter de apoderado de TERRAMAQ S.R.L.
CUIT nº 30-71138002-3 DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO que la firma posee domicilio en la sede central y administrativa en calle Olegario Andrade nº 897 del Bº Los Perales de esta Ciudad, con sucursal en ex ruta provincial nº 5 Km 103 de la Localidad de Las Lajitas Provincia de Salta.- Asimismo y en idéntico carácter de declaración jurada informo que las Socias ALEJANDRA RAQUEL
GARCÍA DÁVILA DNI 21.320.295 y ARSENIA SANCHEZ DNI 31.398.711
no se encuentran alcanzadas o incluidas en la nómina de personas Políticamente Expuestas Res. UIF 11/2011.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10
de la ley 19550.San Salvador de Jujuy, 20 de abril de 2018.MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
30 ABR. LIQ. Nº 13883 $230,00.CESION DE CUOTA SOCIETARIA. DESIGNACION DE GERENTES.
FIJACION DE DOMICILIO SOCIAL.- Entre los señores Javier Fernando Aguirre, argentino, D.N.I. N 28.073.340, mayor de edad, con domicilio real y fiscal en Avenida Almirante Brown N 2177, barrio Almirante Brown, y Adriana Raquel Guardiola, argentina, D.N.I. N 28.646.376, mayor de edad, con domicilio real y fiscal en Avenida Almirante Brown N 2177, barrio Almirante Brown de esta
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Ciudad, cónyuges en primeras nupcias entre sí, por una parte y en adelante denominados CEDENTES; y los señores Yanina Paola Caballero, argentina, D.N.I.
N 41.301.069, soltera, comerciante, mayor de edad, con domicilio real y fiscal en Pasaje 131 N 3165, 67 Viviendas del barrio Malvinas Argentinas de esta Ciudad y David Ramos, argentino, soltero, D.N.I. N 25.660.075, soltero, comerciante, mayor de edad, con domicilio real y fiscal en calle Antártida N 7, Barrio Alto Independencia de la Ciudad de Humahuaca, Departamento Humahuaca, provincia de Jujuy de tránsito aquípor la otra, y en adelante denominados cesionarios, convienen celebrar la presente Cesión de Cuota Societaria de COLORNET S.R.L., sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Los señores Javier Fernando Aguirre y Adriana Raquel Guardiola, CEDEN y TRANSFIEREN a favor de los señores Yanina Paola Caballero, sesenta 60 cuotas sociales, y de David Ramos, sesenta 60 cuotas sociales; es decir la totalidad de cuotas sociales que tienen y les corresponden de la razón social COLORNET S.R.L., franquiciado de Color Exacto, dedicada a la comercialización de pinturas automotor, y demás objetos contenidos en el contrato social.- SEGUNDA: El precio de la presente cesión surge de la diferencia entre activos y pasivos detallados en Anexo I y asciende a la suma de Pesos Treinta mil doscientos $30.200, pagadero de contado en el presente acto. Los bienes objeto de la compraventa son inspeccionados en el presente acto constatando las partes que los mismos se encuentran en perfecto estado de conservación y funcionamiento, no pudiendo alegarse por la parte de cesionaria ningún desperfecto, quedando los bienes en poder de la parte cesionaria en el local donde se encuentra sito en Avenida Almirante Brown N 1402 esq.
Zegada de esta Ciudad. En caso de verificarse diferencias tanto en activos como en pasivos, que no hayan sido tenidos en cuenta al momento de esta transferencia, las partes acuerdan su reconocimiento expreso.-TERCERA: La presente transferencia incluye la totalidad de mercaderías en existencia y la totalidad de los créditos y débitos a favor de la sociedad transferida, en planilla adjunta identificada como Anexo I, se lista el inventario de los elementos y mercaderías transferidas, como así también el detalle de las deudas y créditos objeto de la cesión. CUARTA:
En consecuencia la presente cesión comprende el activo y la totalidad de los pasivos, de acuerdo al detalle que se adjunta en Anexo I.- QUINTA: En consecuencia LOS CEDENTES transfieren a LOS CESIONARIOS todos los derechos y acciones emergentes que le corresponden y/o le pudieran corresponder, por lo tanto LOS CESIONARIOS subrogan en todos sus derechos y acciones a LOS CEDENTES y ocupan su mismo lugar, grado y prelación.- La presente cesión comprende el activo y el pasivo que a LOS CEDENTES le corresponden por su condición de titulares de las cuotas cedidas, en virtud de lo cual LOS
CESIONARIOS asumen todas las obligaciones fiscales y/o cargas impositivas y/o previsionales de las que la sociedad fuere deudora desde su constitución hasta la fecha.- Por su parte LOS CESIONARIOS, aceptan la presente cesión efectuada a su favor en los términos referidos.-SEXTA: La parte CEDENTE se compromete a realizar las gestiones necesarias para darle continuidad al vínculo entre COLORNET S.R.L. con el titular de la franquicia Axalta Coating Systems Argentina SRL.- SEPTIMA: LOS CEDENTES declaran que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes y que las cuotas sociales no registran embargos, ni gravámenes de ninguna naturaleza.- OCTAVA: DESIGNACION
GERENTE: Los señores Yanina Paola Caballero, y David Ramos, designan en éste acto al señor Javier Fernando Aguirre, D.N.I. N 28.073.340, como GERENTE, con todas las facultades acordadas en la Cláusula SEXTA del estatuto social.- En virtud de la designación efectuada por éste acto, el señor Javier Fernando Aguirre, acepta en forma expresa el cargo para el cual es designado.- NOVENA: Se acredita la existencia de "COLORNET S.R.L." y el carácter de socios de los señores Javier Fernando Aguirre y Adriana Raquel Guardiola, a merito de la siguiente documentación: 1.-Contrato Constitutivo de COLORNET S.R.L. de fecha 29 de Octubre de 2002, con firma certificadas por el Escribano Luis Enrique Cabrera Granara, Titular del Registro Notarial Nº 29 de esta Ciudad, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Folio Nº 255, Acta Nº 243, Libro II de S.R.L y bajo Asiento Nº 1, al Folio 1/8 del Libro: VIII, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; ambas en fecha 05 de Febrero de Dos mil tres; 2.- Escritura Pública Nº 41 de fecha 12 de Marzo de 2007 de Cesión de Cuotas Partes de Capital; 3.- Escritura Pública Nº 57 de fecha 22 de Marzo de 2007, ambas autorizadas por el Escribano Luis Enrique Cabrera Granara, Titular del Registro Notarial Nº 29 de esta Ciudad, ambas inscriptas en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 17, al Folio Nº 71/77 del Legajo X, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; en fecha 12 de Abril de Dos mil siete; 4.-
Instrumento privado de Cesión de Cuotas sociales y designación de gerente de fecha 13/11/2015, con firmas certificadas por el Escribano Guillermo Francisco Ricci, inscripta en el Registro Público de Comercio con copia bajo Asiento N 2, al Folio 20/37 del legajo XIX, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; en fecha 22 de Febrero de 2016.- DECIMA: El sellado del presente contrato será soportado en partes iguales por ambas partes.- DECIMO
PRIMERA. DOMICILIO: Los señores socios, manifiestan que constituyen como domicilio social, fiscal y legal en calle Saravia N 130, Barrio San Pedrito de esta Ciudad, el cual además constituirá, su sede social.- DECIMO SEGUNDA: Los actuales socios, declaran bajo juramento: -Que el origen de los fondos utilizados para la presente operación es lícito; -Que los fondos de los socios provienen de su trabajo; -Que conocen el contenido de la Resolución de la UIF N 11/11 y que no están incluidos y/o alcanzados por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; -Que la sociedad contará con sede social en calle Saravia N 130, Barrio San Pedrito de esta Ciudad; y - Que establecen como correo
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha30/04/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1234

Primera edición10/01/2018

Ultima edición12/07/2024

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