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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 1/4/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada
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Granada, viernes, 1 de abril de 2022
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Jefe Administrativo Contable Administrativo Oficial Administrativo Auxiliar Administrativo Caja Mozo Auxiliar Mayor Diplomado Auxiliar Diplomado Profesional de Oficio
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En prueba de lo anteriormente expuesto, ambas partes firman a las 10.45 horas en el lugar y fecha ut supra indicados.
En representación de la Empresa, fdo.: María del Carmen Zarco Ríos; en representación de los Trabajadores, fdo.: Concepción Morales Sánchez.
JUNTA DE ANDALUCÍA
NÚMERO 1.158
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA E INTERIOR
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GRANADA
Resolución, expte.: 14.328/A.T.
RESOLUCIÓN de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica denominada Planta Solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes de 337 kW de potencia nominal y 381,81 kW de potencia pico, instalada sobre las cubiertas de los edificios del hotel Impressive Playa Granada Golf situado en Urbanización Playa Granada, C. Rector Pascual 1 de Playa Granada, en el término municipal de Motril Granada Expte.
núm. 14.328/A.T. y E-5717/jar.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 23 de diciembre de 2021, Faltacen, S.L., con NIF: B83050138 y con domicilio social en C/ Rector Pascual Rivas Carrera, nº 1 de la Urb. Playa Granada, en Playa Granada en el término municipal de Motril Granada, solicitó la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto de la planta solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes de 337 kW
de potencia nominal y 381,81 kW de potencia pico, instalada sobre las cubiertas de los edificios del hotel Impressive Playa Granada Golf, situado en Urbanización Playa Granada, C. Rector Pascual 1 de Playa Granada en Motril Granada. Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, proyecto técnico y Anexo, acreditación para la representación de la sociedad y documentación justificativa del contrato de suministro del consumidor que va a realizar el autoconsumo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para aprobar
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B.O.P. número 63
la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por el Decreto 122/2021, de 16 de marzo, el Decreto 226/2020, de 29
de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la resolución de 9 de marzo de 2016
de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
SEGUNDO.- La Autorización Administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, RESUELVE:
PRIMERO.- Conceder la Autorización Administrativa Previa y la Autorización Administrativa de Construcción de la instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Peticionario: Faltacen, S.L., con NIF: B83050138 y con domicilio social en C/ Rector Pascual Rivas Carrera nº 1 de la Urb. Playa Granada, en playa Granada en el término municipal de Motril Granada.
Objeto de la Petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de la instalación denominada Proyecto de la Planta Solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes de 337 kW
de potencia nominal y 381,81 kW de potencia pico instalada sobre las cubiertas de los edificios del hotel Impressive Playa Granada Golf, situado en Urbanización Playa Granada, C. Rector Pascual 1 de Playa Granada en Motril Granada.
Características: La instalación fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes se realizará sobre la cubierta de los distintos edificios sobre unas estructuras soporte y estará formada por 858 paneles fotovoltaicos con célula mono-cristalina Canadian Solar CS3W-445MS de 450 Wp o similar, 5 inversores de 40 kW, 2 inversores