Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 45

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Granada, martes, 8 de marzo de 2022

del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en el Portal de la Junta, en la Sección de Transparencia, en el apartado de Publicidad Activa, accesible directamente a través de la URL: https juntadeandalucia.es/
organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/servicios/participacion/todos-documentos.html que permite el acceso directo a los documentos sometidos a información pública; asimismo, se encontrará disponible en las dependencias administrativas sitas en: Avda. Joaquina Eguaras, nº 2, 3 planta, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 22 de febrero de 2022.-El Delegado Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada, fdo.: Manuel Francisco García Delgado.

JUNTA DE ANDALUCÍA

NÚMERO 762

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTÓNOMO, TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA, CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES. GRANADA
RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2022, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR TÁJAR.
VISTO el texto del CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR
TÁJAR con código de convenio nº 18001852012002, adoptado entre la representación del Ayuntamiento y la de los trabajadores, presentado el día 21 de febrero de 2022 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,
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Página 3

ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar la inscripción del citado Convenio en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.
SEGUNDO.- Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Granada, 25 de febrero de 2022.-La Delegada Territorial, fdo.: Virginia Fernández Pérez.
CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL
DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR TÁJAR
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Convenio será de aplicación al personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Huétor Tájar.
Queda excluido del ámbito de aplicación del presente Convenio el personal laboral temporal contratado por el Ayuntamiento de Huétor Tájar en aplicación de programas de fomento de empleo, tales como PFEA, EMPLE@, AIRE o similar finalidad, financiados por otras Administraciones Públicas a través de subvenciones, que se regirán por su normativa específica.
El presente Convenio no resulta de aplicación al personal adscrito al Servicio de Ayuda a Domicilio y personal adscrito a Guardería Municipal, por estar sujetos a subvención y normativa específica, a excepción de los puestos recogidos en RPT. La regulación de los aspectos relativos a dicho personal será objeto de Adendas a este Convenio.
En lo no previsto en el presente Convenio se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en los términos de su artículo segundo y demás legislación aplicable. En el supuesto de que por imperativo legal o por resolución firme de la autoridad competente se anulará alguna cláusula del Convenio, quedará vigente el resto y sólo se renegociará la cláusula anulada, si alguna de las partes así lo solicita.
Artículo 2.- VIGENCIA.
El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente de su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Huétor Tájar, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre del año 2025, entendiéndose prorrogado anualmente si no media denuncia del mismo por alguna de las partes, notificada por escrito a la otra con un mes de antelación a su vencimiento o del vencimiento de cualquiera de las prórrogas, si las hubiera.
De no producirse denuncia en el plazo establecido en el párrafo anterior, el Convenio se considerará tácitamente prorrogado, por períodos anuales completos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento de Huétor Tájar reflejará anualmente en sus presupuestos la cuantía de las retribuciones de sus trabajadores en los términos del artículo 75 bis.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Si denunciado y expirado el presente Convenio las partes no hubiesen llegado a un acuerdo para la firma de otro o las negociaciones se prolongasen por un plazo que excediera la vigencia del actualmente en vi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha08/03/2022

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones5540

Primera edición01/06/2002

Ultima edición28/06/2024

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