Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 12 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
49

Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Artículo 1.- Recházase el Recurso de Apelación Jerárquica interpuesto por la Sra. Alicia Beatriz Medina, DNI N
18.071.108, con domicilio procesal en calle Carbó 765 de Crespo, contra la Resolución N 1935/23 MS., en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes.Artículo 2.- Dése intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, en cumplimiento de la Ley Provincial N 5796, modificada por Ley 8738 y su Decreto Reglamentario N 5984/93 SGG., la determinación de la existencia de perjuicio fiscal, en los supuestos de responsabilidad patrimonial de los funcionarios y agentes públicos estatales, de conformidad con las constancias obrantes en las presentes actuaciones, luego de lo cual, se remitirán las presentes a la Fiscalía de Estado a los efectos de la promoción de las acciones legales que correspondan a los efectos del recupero de las sumas equivalente a los salarios abonados sin causa a la ex agente Alicia Beatriz Medina, DNI N 18.071.108, de acuerdo a lo manifestado en los considerandos precedentes.Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez -----DECRETO Nº 5026/23 MS
INICIO DE SUMARIO DE FIGUEREDO GULARTE, LUIS A. Y OTRO
Paraná, 7 de diciembre de 2023
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Fiscal de Concordia remite Denuncia Penal contra los Dres.
Luis Alberto Figueredo Gularte, DNI N 17.704.765 y Esteban Adolfo Aliso, DNI N 22.425.374, quienes cumplen funciones en el Hospital Delicia C. Masvernat de Concordia; y CONSIDERANDO:
Que conforme surge de la referida denuncia y de la documentación obrante en autos, el Sr. Mario Alberto Trinidad, relató los hechos que habrían llevado al fallecimiento de su esposa Clara Elena González, quien ingresó al nosocomio con dolores estomacales el día 26/08/2019, produciéndose el deceso de la misma el día 28/08/2019;
Que el fiscal que entiende en el proceso penal indicó que: Que el día 27 de agosto de 2019, el médico Luis Alberto Figueredo Gularte, desempeñándose como profesional interno de guardia del Hospital Delicia Concepción Masvernat de esta ciudad de Concordia, atendió a Clara Elena González, y actuando con negligencia, omitió prescribir los estudios de rutina laboratorio con enzimas cardíacas, ECG y Rx de tórax para detectar, diagnosticar y tratar en tiempo oportuno el riesgo para enfermedad coronaria de la nombrada que causó, finalmente, su fallecimiento el días 28 de Agosto de 2019, modificándose la calificación legal como: La conducta descripta tipifica prima en el delito del Homicidio Culposo art. 84 del Código Penal, imputándose a Luis Alberto Figueredo Gularte, la comisión del mismo en calidad de Autor Material art. 45 del Código Penal;
Que además y conforme nuevos elementos aportados a la causa. se amplía la calificación legal, imputándose al Dr. Esteban Adolfo Aliso, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo art. 84 del Código Penal, en calidad de Autor Material art. 45 del Código Penal;
Que al tomar intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dictaminó que de la documental agregada y del cual surge que a la paciente no se le habría realizado un electrocardiograma a su ingreso, no sólo para descartar o diagnosticar un síndrome coronario agudo SCA sino como parte de la práctica médica rutinaria, además de haberse omitido la prescripción de estudios complementarios de rutina y posterior alta médica;
Que conforme lo expuesto corresponde disponer la instrucción de un Sumario Administrativos a los Dres. Luis Alberto Figueredo Gularte, DNI N 17.704.765 y Esteban Adolfo Aliso, DNI N 22.425.374, por incumplimiento de los deberes establecidos en la Ley 9892, Artículo 30 Inciso 1- Prestar personalmente el Servicio con diligencia y eficiencia en las condiciones de forma, tiempo, lugar y modalidades que determine la Superioridad; 2-Ajustar su actuación a los principios científicos. Legales y éticos que rigen la respectiva profesión o especialidad. 4Desempeñarse con dignidad y decoro, tanto en el servicio como fuera de él y atender con solicitud y cortesía a

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/03/2024

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones4790

Primera edición01/12/2003

Ultima edición18/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31