Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 14 de noviembre de 2023

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
47

CONTRATOS

GUALEGUAYCHU

SERVICIO GASTRONÓMICO DON JUAN S.A.S.
En la ciudad de Gualeguaychú, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los catorce 14 días del mes de Septiembre de dos mil veintitrés, se reúnen: 1 Renzo LEUZE, D.N.I
N 35.298.079, CUIT N 20-35298079-0, nacido el día 13/09/1990, estado civil soltero, nacionalidad argentino, sexo masculino, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Seguí N 280 de la ciudad de Gualeguaychú, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, República Argentina, por derecho propio; y 2 Juan Matías HERNANDEZ LAVALLEN, D.N.I N 36.762.622, CUIT N 20-36762622-5, nacido el día 25/02/1992, estado civil soltero, nacionalidad argentino, sexo masculino, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Los Timbues N 1513 de la ciudad de Gualeguaychú, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, República Argentina, por derecho propio; quienes resuelven: PRIMERO: Constituir una sociedad por acciones simplificada denominada SERVICIO GASTRONÓMICO DON JUAN S.A.S., con sede social en calle Seguí N
280, de la ciudad de Gualeguaychú, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos.
SEGUNDO: El capital social es de pesos UN MILLÓN QUINIENTOS MIL $. 1.500.000,00.-, representado por MIL 1.000 acciones, de pesos UN MI QUINIENTOS $. 1.500,00.-, valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B y con derecho a un voto por acción, que se suscriben conforme al siguiente detalle: 1 Renzo LEUZE, suscribe la cantidad de QUINIENTAS CINCUENTA 550 acciones, por un total de pesos OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL $825.000,00.-. 2 Juan Matías HERNANDEZ LAVALLEN, suscribe la cantidad de cuatrocientas cincuenta 450 acciones, por un total de pesos SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO
MIL $675.000,00.-. El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, y la totalidad en este acto.- TERCERO:
Aprobar las siguientes cláusulas por las que se regirá la sociedad, y que a continuación se transcriben:
DENOMINACIÓN - DOMICILIO - DURACIÓN OBJETO. ARTÍCULO 1º: La sociedad se denomina SERVICIO
GASTRONÓMICO DON JUAN S.A.S.. ARTÍCULO 2º: Tiene su domicilio social en la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, República Argentina; pudiendo establecer sucursales, establecimientos, franquicias, agencias y domicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero y fijarles o no un capital. ARTÍCULO
3º: La duración de la sociedad se establece en noventa y nueve años, contados desde la fecha del instrumento constitutivo. ARTÍCULO 4º: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país, las siguientes actividades: Elaboración, producción, transformación y comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de servicio de catering, de concesiones gastronómicas, bares, restoranes, comedores, organización y prestación de logística en eventos sociales. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. CAPITAL ACCIONES.
ARTICULO 5º: El capital social es de pesos UN MILLÓN QUINIENTOS MIL $. 1.500.000,00.-, representado por MIL 1.000 acciones, de pesos un mil quinientos $. 1.500,00.-, valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado conforme a lo previsto por el art. 44 de la Ley 27.349. ARTÍCULO 6º: Las acciones que se emitan podrán ser ordinarias nominativas no endosables, escriturales o preferidas. Las acciones ordinarias pueden ser: de clase A
que confieren derecho a cinco votos por acción, y de la clase B que confieren derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión, también podrán fijárseles una participación adicional en las ganancias. Las acciones que se emitan deberán indicar su valor nominal y los derechos económicos y políticos reconocidos a cada clase conforme arts. 46/47/48 Ley 27.349.
ADMINISTRACIÓN - REPRESENTACIÓN - USO DE FIRMA. ARTÍCULO 7º: La administración estará a cargo del Sr. Renzo LEUZE, D.N.I N 35.298.079, que revestirá el carácter de administrador titular. En el desempeño de sus funciones tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa. En este mismo acto se designa al Sr. Juan Matías

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha14/11/2023

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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