Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, martes 7 de diciembre de 2021

NOTIFICACIONES

PARANA

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra. Sofía María Gracia Keller, Secretaría N 3 de la Dra. Celia Enriqueta Gordillo comunica a los clientes del Banco Santander S.A., que se encuentra en trámite el expediente caratulado Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur - PROCONSUMER c/ Banco Santander S.A. s/ Ordinario - Nº 35155, iniciado en fecha 03/08/2020. La clase está compuesta por todos los usuarios de cajas de ahorro y/o cuentas corrientes, titulares de tarjeta de débito y/o crédito que operan con la demandada Banco Santander S.A., de todo el país, hayan o no requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito el seguro de robo en cajeros automáticos y/o denominación análoga. El proceso colectivo tiene como objeto: a.- El Banco Santander S.A. cese de debitar, de modo mensual o de cualquier otra forma temporal que eventualmente establezca sumas de dinero en concepto de Seguro de Robo en Cajeros Automáticos y/o denominación análoga, a los usuarios de las cajas de ahorro y/o de las cuentas corrientes, titulares de la tarjeta de débito y/o crédito con las que opera el Banco, de todo el país, hayan o no requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito al régimen de dicho seguro por robo; como así también suprima dicho producto de su página web y de todo otro tipo de publicidad que eventualmente realice. b.- El Banco Santander reintegre a todos los titulares actuales o pasados alcanzados por el débito prealudido, todas las sumas debitadas en virtud del denominado concepto de Seguro de Robo en Cajeros 2 Automáticos, con más intereses a la fecha del efectivo pago; todo ello por el período no prescripto de cinco 5 años anteriores a la interposición de la demanda hasta la fecha de la pericia Conf. art. 2560 C.C.C. c.- Se imponga al Banco Santander S.A., para beneficio de cada uno de los usuarios afectados, la multa prevista en el art. 52º bis de la Ley de Defensa del Consumidor N 24.240
conf. modif. Leyes 26.361, la que para su graduación deberá tenerse en cuenta la gravedad de los incumplimientos, los perjuicios irrogados y los ilegítimos beneficios obtenidos por la accionada. Se hace saber la facultad que tienen los interesados de apartarse del proceso conforme el artículo 54 de la Ley N 24.240, que en su parte pertinente expresa:- La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones que el magistrado disponga;
Paraná, 10 de noviembre de 2021 Celia E. Gordillo, secretaria.
F. 05-00001113 3 v./09/12/2021

SENTENCIAS

PARANA

Se comunica la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Rubén Darío Mónaco, dispuesta en la sentencia que a continuación se transcribe, a sus efectos: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno Sentencia: I Declarar a RUBÉN
DARÍO MÓNACO, de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable de los delitos de promoción a la corrupción de menores reiterada y agravada por la edad de las víctimas y por la situación de convivencia y guarda y abuso sexual simple agravado por la edad de la víctima y por la convivencia en carácter de autor y en concurso real y condenarlo a la pena de doce 12 años de prisión de cumplimiento efectivo mas las accesorias legales Artículos 5, 12, 45, 119 primer párrafo e incisos b y f del párrafo cuarto y 125
in fine del Código Penal.- II Declarar a MARIA EUGENIA GUERRERO, de las demás condiciones personales consignadas en autos, autora material y responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la edad de la víctima, por la convivencia y por el vínculo en carácter de autora y condenarla a la pena de tres 3 años de prisión de cumplimiento condicional con mas la imposición de las siguientes reglas de conducta a cumplir por el lapso de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/12/2021

Nro. de páginas79

Nro. de ediciones4797

Primera edición01/12/2003

Ultima edición29/07/2024

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