Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, miércoles 15 de septiembre de 2021

Septiembre de 2013 y HUMBERTO ELIAS PRINCIPI, DNI M 5.780.724, vecino que fuere de esta ciudad, ocurrida el día 15 de Octubre de 2017, bajo apercibimiento de ley.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 27 de mayo de 2021.- I.- Proveyendo presentación de fecha 18/05/2021 a las 07:00 horas conf. Art 2 del Reglamento N I de Presentaciones Electrónicas en el contexto de Pandemia y Emergencia Sanitaria, por los futuros herederos Humberto José Principi y Olga Haydee Principi: 1.- Tener por cumplimentado lo ordenado en fecha 26/08/2019 punto 9. 2.Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del C.P.C., declárese abierto el juicio sucesorio de Virjinia Inés o Virginia Inés Saggini, DNI Nº 2.331.320, fallecida en fecha 14
de septiembre del 2013 y Humberto Elias Principi, DNI N 5.780.724, fallecido en fecha 15 de octubre del 2017
vecinos que fueron de la ciudad de Concordia, E.R. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un Diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art 2340 del Cod. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N 26.994, vigente a partir del 12/08/2015 y Art 728 del C.P.C. y C.. 4.- Sin perjuicio de lo denunciado a fs. 8/9 -Capítulo II, mandar denunciar estado civil de los causantes al momento del fallecimiento. 5.- Atento lo denunciado en el escrito promocional y lo acreditado con la partida de defunción de Ana María Principi, Hija de los causantes-, mandar denunciar si se inició el sucesorio y en su caso ante que Juzgado y sino mandar denunciar futuros herederos y sus domicilios a los fines de su citación.6.- Dése intervención al Ministerio Fiscal. 7- Librese oficio a la Dirección General del notariado, Registro y ArchivoSección Juicios Universales con sede en Paraná. Disposición Técnico Registral Nº 5 D.G.N.R.A. del 8/11/2006 en formulario 04.
8.- 9.- 10.- 11.- 12.- 13.- A lo demás oportunamente. Notifíquese, conforme Arts. 1 y 4 Acordada 15/18
SNE, Firmado: Alejandro Daniel RodríguezJuez Interino.
Concordia, 22 de junio de 2021 María Cecilia Malvasio, secretaria suplente.
F.C. 04-00021545 3 v./16/09/2021

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Concordia N 4, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Secretaría N 2 a cargo de la Dra. María Cecilia Malvasio, en autos caratulados: Escobar, Samuel Catalino s/ Sucesorio ab intestato - Expte. Nº 10502, cita y emplaza por 30 días corridos días a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del Señor SAMUEL CATALINO ESCOBAR, DNI
N 8.039.072, fallecido en fecha 11/02/2018, vecino que fuere de esta ciudad, bajo apercibimiento de ley.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 11 de Junio de 2021. Resuelvo: 1.Tener por presentada a Rosa Enriqueta Piriz, L.C. N 10.487.419; Sergio Javier Escobar, DNI N 21.952.380;
Silvio Hernán Escobar, DNI N 24.594.387; Iván Eduardo Escobar, DNI N 27.774.647; Gabriela Valeria Escobar, DNI N 29.170.031; Adriana Vanesa Escobar, DNI N 30.213.172; María Belén Escobar, DNI N 35.557.948;
Maximiliano Andrés Escobar, DNI N 36.599.747 y Lucas Gabriel Escobar, DNI N 40.163.936, todos por derecho propio con domicilio real en calle Alvear N 2852 de esta ciudad, con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Esteves, con domicilio procesal constituido en calle H. Yrigoyen N 795 piso 2, Dpto "D", documentación acompañada, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.- Por cumplimentado lo ordenado en fecha 28/05/21, tener por abonada la tasa de justicia y mandar agregar formulario y constancia de pago, que se acompañan. 3.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728
del C.P.C., declarese abierto el juicio sucesorio de Samuel Catalino Escobar, DNI N 8.039.072, fallecido en fecha 11/02/2018 vecino que fuera de la ciudad de Concordia. 4. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un Diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N 26.994, vigente a partir del 1/08/2015 y Art 728 del C.P.C. y C.. 5.- Sin perjuicio de lo manifestado en el escrito promocional, mandar denunciar estado civil del causante al momento del fallecimiento. 6.- Dése intervención al Ministerio Fiscal. 7.- Librar oficio a la Dirección General del notariado, Registro y Archivo Sección Juicios Universales con sede en Paraná Disposición Técnico Registral N 5

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/09/2021

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones4778

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/07/2024

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