Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/8/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 10 de agosto de 2021

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
39

Artículo Nº 4: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:
Gastronómica: Elaboración, producción, transformación y comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de servicio de catering, de concesiones gastronómicas, bares, restoranes, comedores, organización y prestación de logística en eventos sociales.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.
Capital - Acciones Artículo Nº 5: El capital social es de pesos doscientos cuarenta mil $240.000, representado por trescientas 300 acciones, de pesos ochocientos $800 valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado conforme a lo previsto por el artículo 44 de la Ley 27.349.
Artículo Nº 6: Las acciones que se emitan podrán ser ordinarias nominativas no endosables, escriturales o preferidas. Las acciones ordinarias pueden ser: de clase A que confieren derecho a cinco votos por acción, y de la clase B que confieren derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión, también podrán fijárseles una participación adicional en las ganancias. Las acciones que se emitan deberán indicar su valor nominal y los derechos económicos y políticos reconocidos a cada clase conforme artículos 46/47/48, Ley 27.349.
Administración - Representación - Uso de Firma Artículo Nº 7: La administración estará a cargo de/del/los señor/es María Laura Cumini, quien revestirá el carácter de administrador titular. En el desempeño de sus funciones y actuando en forma individual o colegiada, según el caso, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa. En este mismo acto se designa al señor José María Chini en el carácter de administrador suplente, con el fin de llenar la vacante que pudiera producirse. Los nombrados, presentes en este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley.
Artículo Nº 8: La representación y uso de la firma social estará a cargo de María Laura Cumini y/o José María Chini, en forma indistinta, en caso de ausencia o impedimento corresponderá a la reunión de socios, o en su caso al socio único la designación de su reemplazante. Durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa.
Reunión de Socios Artículo Nº 9: Todas las resoluciones sociales de la sociedad se asentarán en un libro de Actas que se llevará a tales efectos y las disposiciones se tomarán en un todo de acuerdo a lo prescripto por el artículo 53 de la Ley 27.349 y concordantes de la Ley 19.550. De las deliberaciones de las reuniones de socios deberán labrarse actas, las que resumirán las manifestaciones efectuadas, el sentido de las votaciones y su resultado, con expresión completa de las decisiones adoptadas. El quórum para cualquier reunión se forma con la presencia de socios que representen más de la mitad del capital social.
Las decisiones sociales que tiendan a introducir modificaciones en el contrato social deben ser tomadas por decisiones de más de la mitad del capital social. Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del contrato, la designación o revocación de administradores o representantes se adoptarán por mayoría del capital presente en la reunión. A los administradores y representantes legales se le aplicará lo normado por el artículo 157º LGS Fiscalización.
Artículo Nº 10: La sociedad prescinde de órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme el artículo 55, Ley 19.550.
Balance - Distribución de Utilidades Artículo Nº 11: El ejercicio social cierra el día 31 de agosto de cada año. A esa fecha confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.
Artículo Nº 12: Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán:
a El cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de la reserva legal.
b La remuneración del órgano de administración y representación, en su caso.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/08/2021

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones4805

Primera edición01/12/2003

Ultima edición08/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2021>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031