Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 28 de abril de 2021

BOLETIN OFICIAL

no, soltero, mayor de edad, con domicilio en calle Manuel Alberti 138, 1 C, de la Ciudad de Paraná;
3 - Denominación Social: DOTA S.A.S.
4 - Domicilio: Córdoba 508, ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos;
5 - Duración: cincuenta 50 años;
6 - Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto la elaboración, producción, transformación y comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de servicios de catering, de concesiones gastronómicas, bares, restoranes, comedores, organización y prestación de logística en eventos sociales.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto;
7 - Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos cien mil $ 100.000,00 divididos en Cien 100 acciones de Pesos Un mil $ 1000,00 cada una que el socio aporta íntegramente en efectivo.
8 - Administración: Pueden ser administradores socios o no socios, estará a cargo del Sr. Franco Vartorelli DNI 35.295.470, quien revestirá el carácter de Administrador titularsocio, siendo el administrador suplente el Sr. Facundo Otegui, DNI 37.703.179 no socio a fin de llenar la vacante que pudiera producirse;
9 - Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura. Cuando quedare incluida dentro del inciso segundo del Art. 299 de la Ley 19.550 deberá designar síndicos titular y suplente;
10 - Fecha de cierre de ejercicio: 31 de enero de cada año.
Registro Público DIPJ Paraná, 15 de abril de 2021 Raiteri, José M., abogado inspector DIPJER.
F.C. 04-00016808 1 v./28/04/2021

FEDERACION
J. GIACOMELLI S.R.L.
Extractado de Constitución S.R.L. - Art. 10º LGS
Por Resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas DIPJER, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos el siguiente edicto:
1 - C o nstituyentes: Señores Giacomelli, Jorge Ignacio, DNI
29.556.128, nacido el 02/07/1982, de estado civil casado, domiciliado en Avda. Siburu 1670, Chajarí, Provincia de Entre Ríos; Giacomelli, Juan José, DNI 34.678.667, de estado civil soltero, nacido el 13/07/1989, con domicilio real en calle Uruguay 3345, Chajarí, Provincia de Entre Ríos; Giacomelli, María Sofía, DNI 30.788.857, de estado civil soltera, nacida el 06/08/1984, con domicilio real en la calle Entre Ríos 3175, Chajarí, Provincia de Entre Ríos; y Giacomelli, María Paula, DNI 32.505.238, de estado civil soltera, nacida el 09/01/1987, con domicilio real en la calle Bv. Gálvez 1439, Piso 7mo., Dpto. A, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
2 - Fecha del instrumento de Constitución: 19 de junio de 2020.
3 - Razón Social o denominación de la sociedad: J. GIACOMELLI
S.R.L.
4 - Domicilio de la Sociedad: calle 9 de Julio N 3285 de Chajarí, Provincia de Entre Ríos.
5 - Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la realización de actividad de comercialización y distribución de productos y bienes del siguiente tipo: Compra y venta, permutas, consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, lavado y engrase de vehículos a través de lubricentros, importación y exportación, representación y venta por mayor y menor e materias primas, repuestos, accesorios y componentes relacionados con la industria automotriz, motocicletas , maquinarias, motores y ciclomotores.
Podrá además realizar cualquier actividad complementaria a la antes referida y que coadyuve o se vincule a las anteriormente descriptas. Podrá igualmente solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales o municipales como así también de los Estados Extranjeros todo tipo de privilegio o concesión que tenga por fin facilitar o proteger los negocios sociales. Presentarse ante los mismos para cualquier tipo de licitación sea pública y/o privada o concurso de precios; convenir con personas físicas o jurídicas o grupos de personas la unión de intereses o cooperación.
Podrá también contratar o vincularse con los Bancos o Entidades Financieras sean Nacionales, Provinciales, Regionales, Municipales, Mixtos y/o Privados creados o que se creen o establezcan en el futuro, sean éstos de capital público, privado o mixto, con el fin de realizar por intermedio de sus representantes legales toda clase de actos y contratos que directa o indirectamente tiendan a favorecer el desarrollo de los negocios sociales.
A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, realizar contratos, tomar representaciones que se relacionen con su objeto, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
6 - Plazo de Duración: 99 noventa y nueve años
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7 - Capital Social: La sociedad tiene un capital social de $100.000
pesos cien mil, dividido en diez mil 10.000 cuotas sociales de diez pesos $10 valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: i Giacomelli, Jorge Ignacio suscribe tres mil trescientas 3.300 cuotas sociales que representan un capital de pesos treinta y tres mil $ 33.000, equivalentes al 33% del total; ii Giacomelli, Juan José suscribe Tres Mil Trescientas 3.300 cuotas sociales que representan un capital de pesos treinta y tres mil $ 33.000, equivalentes al 33% del total;
iii Giacomelli, María Sofía suscribe mil setecientas 1.700 cuotas sociales que representan un capital de pesos diecisiete mil $
17.000, equivalentes al 17% del total; y, iv Giacomelli, María Paula suscribe mil setecientas 1.700 cuotas sociales que representan un capital de pesos diecisiete mil $ 17.000, equivalentes al 17% del total.
Todos los socios integran el monto correspondiente a las cuotas sociales suscriptas en un 25%, comprometiéndose a integrar el saldo restante dentro de los dos 2 años desde la inscripción de la sociedad de conformidad a lo previsto en el Art. 149 de la Ley General de Sociedades 19.550.
8 - Órgano de administración: Gerencia Plural Indistinta: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de dos 2 Gerentes, quienes invisten este cargo para administrar la sociedad y representarla en forma indistinta, por el plazo de duración de la sociedad.
5.2. Duración en el Cargo: Los gerentes son reelegibles y permanecerán en sus cargos en tanto en la próxima Reunión de Socios se designen reemplazantes por mayoría absoluta del capital social.
Las únicas causales que podrán implicar que cesen en su cargo serán la remoción con causa o sin causa, la nueva elección de gerentes que pueda realizar la Reunión de Socios, la renuncia o el fallecimiento.
5.3. Competencia: Los gerentes tendrán el uso de la firma social, que en todos los casos deberá estar precedida por el sello de la sociedad, y con la única limitación de no comprometerla en operaciones ajenas al giro social, ni en fianzas o garantías favor de terceros. Los gerentes tienen plenas facultades para dirigir, gestionar y administrar la Sociedad en orden al cumplimiento de su objeto pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo contratos incluso aquellos para los cuales se requiera poder especial conforme lo dispuesto por el artículo 375 del Código Civil y Comercial aprobado por Ley 26.994; otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas, firmar contratos de locación o cualquier otro tipo de arrendamiento, por los plazos, importes y forma de pago que estimen más conveniente; efectuar operaciones bancarias vinculadas al objeto social con bancos, ya sean oficiales, privados o mixtos, del país o del exterior, de acuerdo con sus reglamentaciones o cartas orgánicas; promover querellas, transigir, hacer arreglos con los deudores de la sociedad, demandar y/o percibir todo lo que se deba a la sociedad o a terceros a quienes ella represente y efectuar cobros y pagos, aún los que no sean ordinarios de la sociedad y en general iniciar y proseguir hasta su total terminación todos los juicios en los que la sociedad sea parte, sea como actora o como demandada o tercera interesada, con todas las facultades que las leyes otorgan a los mandatarios generales o especiales a tal efecto; disponer la creación de agencias, filiales o sucursales donde lo creyere necesario; crear y suprimir representantes, así como los empleos que considere conveniente y necesario, nombrar empleados y despedirlos de acuerdo con la legislación vigente, fijando sus remuneraciones, habilitaciones y/o gratificaciones de acuerdo con las circunstancias; contratar el servicio de profesionales, asesores y peritos que estime necesario.
Queda expresamente prohibido a la Gerencia comprometer a la empresa en actos extraños a su giro, garantizando a terceros, suscribir documentos de favor y/o prestaciones a título gratuito.
5.5. Límites de sus Facultades: Los gerentes no podrán realizar ningún acto, ni operación, ni transmisión o renuncia de derechos, ni en definitiva celebrar ninguna clase de contrato, sin que el órgano de gobierno los autorice a ese efecto, estableciéndose que no existen en cabeza de los administradores de esta sociedad ninguna clase de facultad excluyente y exclusiva. El Sr. Jorge Ignacio Giacomelli y el Sr. Juan José Giacomelli aceptan el cargo de Gerente que les ha sido conferido en los términos y con los alcances previstos en el Estatuto.
9 - Organización de la Representación Legal: A cargo del Sr. Jorge Ignacio Giacomelli y el Sr. Juan José Giacomelli quienes aceptan el cargo de Gerente que les ha sido conferido en los términos y con los alcances previstos en el Estatuto.
10 - Fecha de cierre del Ejercicio: 30 de junio de 2020.
Registro Público DIPJ Paraná, 30 de octubre de 2020 Raiteri, José M., abogado inspector DIPJER.
F.C. 04-00016791 1 v./28/04/2021

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/04/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4800

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/08/2024

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