Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 21 de setiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

patrocinio letrado del Dr. Luis Sebastián Rivas, domicilios reales denunciados y procesal constituido, a quienes se les otorga intervención conforme a derecho. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Julián José Rivas, DNI N 5.825.155, vecino que fue de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- A lo demás oportunamente.- Firmado: Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente.
Concordia, 26 de noviembre de 2019 Alejandro Centurión, secretario suplente.
F.C. 04-00011221 3 v./21/09/2020
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 de la ciudad de Concordia, Dr. Diego Luis Esteves, Secretaría única a cargo de quien suscribe, correo institucional jdocyc6-con@jusentrerios.gov.ar, en los autos caratulados Fernández Angélica Teresa s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9099, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a los herederos y/o acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por la Sra. ANGELICA TERESA FERNANDEZ, MI Nº 5.211.806, fallecida en la ciudad de Mar del Plata el día 7 de febrero de 2011, vecina que fuera de esta ciudad.
Concordia, 7 de agosto de 2020.- Visto: Resuelvo 1.- Tener por presentados a los Sres. María Rosa Zanoff y Jorge Aníbal Fernández, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. Juan Cruz Pessolani, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, désele intervención. 2. Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito del certificado de defunción acompañado. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Angélica Teresa Fernández, DNI N 5.211.806, fallecida en fecha 07/02/2011, vecina que fuera de esta ciudad. 3. Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.- 5.- 6. 7. 8. 9. Notifíquese.. Fdo.: Diego Luis Esteves, Juez interino.
Concordia, 9 de setiembre de 2020 Natalia Gambino, secretaria.
F.C. 04-00011222 3 v./21/09/2020
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 1, Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez, Secretaría a mi cargo, de Concordia, en los autos caratulados: Raya Orlando Emiliano s/
Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13.261, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a herederos y acreedores de ORLANDO EMILIANO RAYA, MI N 5.826.003, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, fallecido en Concordia, en fecha 25 de mayo del 2020.
La resolución que así lo establece expresa: Concordia, 8 de septiembre de 2020. Visto lo peticionado Resuelvo: 1.- Tener por presentados a los Dres. Mariana Esther Pinedo y Martín Mazzola, en nombre y representación de María del Carmen Canovas, Germán Orlando Raya y Maximiliano Raya, en mérito a las facultades otorgadas en el poder acompañado, con domicilio denunciado constituido, por parte, se le otorga intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Orlando Emiliano Raya, DNI Nº M 5.826.003, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley -Art. 728 Inc.
2 CPCC y Art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. 4.- 5.- 6.- 7.- 8 A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 8 de setiembre del 2020 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00011239 3 v./21/09/2020
El Juzgado de Ira Instancia en lo Civil y Comercial N 3 de esta ciudad de Concordia, sito en calle Mitre N 28 - 2 Piso, a cargo del Dr. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente, Secretaría a cargo del Dr.
Alejandro Centurión, secretario suplente, cita por el término de treinta días 30, en autos: Fernández Claudio René s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 6946 - Año 2020, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento, ocurrido en fecha 26/08/2017 de CLAUDIO RENÉ FERNÁNDEZ, DNI N 11.686.488, nacido el día 03 de Septiembre de 1.995, hijo de Francisco Fernández
9

y María Ester Gómez,vecino que fuera de la cuidad de Concordia, E.R., quien era de estado casado en primeras nupcias con Gladys Jorgelina Bravo con 7 hijos.
A tal fin se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 26 de agosto de 2020. Visto: Resuelvo:
1.- Tener por presentados a Gladys Jorgelina Bravo, Diego Martín Fernández, Sebastián Fernández, Cynthia Soledad Fernández, Vanesa Paola Fernández, Marcelo Matías Fernández, Gisela Verónica Fernández y Mauricio Ramón Fernández, en ejercicio de sus propios derechos, con patrocinio letrado del Dr. Diego A. A. Cabrera, domicilios reales denunciados y procesal constituido, a quienes se les otorga intervención conforme a derecho. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Claudio Rene Fernández, DNI
N 11.686.488, vecino que fue de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 4.Librar oficio a la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos -Sección Juicios Universales con asiento en Paraná Disposición Técnico Registral N 5 D.G.N.R.A. del 08/11/2006. 5.-
6.- 7.- Dar intervención al Ministerio Fiscal. 8.- .. , 9.- A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente.
Mail institucional. jdocyc3-con@jusentrerios.gov.ar.
Concordia, 28 de agosto de 2020 Alejandro Centurión, secretario suplente.
F.C. 04-00011244 3 v./22/09/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de esta ciudad de Concordia, sito en calle Mitre Nº 28, 1º piso, a cargo del Dr. Julio Cesar Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial, Secretaría a cargo del Dr. José María Ferreyra, secretario, cita por el término de treinta días 30, en autos: Martínez Pass Laura Elsa s/
Sucesorio ab intestato, Expte. N 13275 - Año 2020, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento, ocurrido en fecha 06 de Agosto de 2020 de la Sra.
LAURA ELSA MARTÍNEZ PASS, DNI N 5.792.784, nacida el día 14 de agosto de 1948, quien falleciera el día 06 de Agosto de 2020, hija de Alberto Martínez y de Mayda Josefina Pass, vecina que fuera de la cuidad de Concordia, E.R., quien era de estado casada en primeras nupcias con el Sr. Juan Carlos Cresto, DNI 5.829.883.
Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 28 de agosto de 2020
Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Juan Carlos Cresto, Mayda Rosana Cresto, Laura Carina Cresto, Mariela Andrea Cresto, Enrique Tomás Cresto, María Caria Cresto y Juan Carlos Cresto, con el patrocinio letrado del Diego A.A. Cabrera, domicilio constituido en calle Rivadavia N 66 I de esta ciudad de Concordia, por parte se le da intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Laura Elsa Martínez Pass -MI N 5.792.784-, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de la causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, bajo apercibimiento de ley -Art. 728
Inc. 2 CPCC. y Art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. 3.- Dar intervención al Ministerio Fiscal -Art. 722 Inc. 1 del CPCC-. 4.- 5.- 6.-
7.- A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Mail institucional jdocyc1-conjusentrerios.lgov.ar Concordia, 9 de setiembre de 2020 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00011246 3 v./22/09/2020
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, de esta ciudad, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino, Secretaría a cargo de la suscripta, en autos: Guerrero Fernando Osear s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 10212 cita y emplaza por tres veces durante treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento ocurrido del causante FERNANDO OSCAR GUERRERO, DNI N
5.804.014, fallecido en fecha 18 de marzo de 2020, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice:
Concordia, 8 de julio de 2020.- 3.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del C.P.C.,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha21/09/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones4777

Primera edición01/12/2003

Ultima edición28/06/2024

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